Resumen:
Para garantizar los derechos prestacionales a los miembros de la Policía Nacional, es preciso ampliar el espectro de sus legitimarios, introduciendo en la normatividad prestacional nuevos componentes, ya que no se tiene en cuenta la familia de crianza dentro del orden de beneficiarios, lo que originó desarrollar un análisis jurisprudencial, que permitió conocer la posición de las altas Cortes, cuando el causante hace parte de esta clase de vinculo. Mediante un rastreo normativo y jurisprudencial, se evidenció que los integrantes de éste modelo de familia, se ven impedidos en sus intenciones de reclamar a la Policía Nacional, las prestaciones sociales a las cuales creen tener derecho. Allí se da inicio a la necesidad de suplir el vacío jurídico en los estatutos prestacionales de ésta Institución y la obligación legal de regular y legislar sobre la materia.