Resumen:
RESUMEN El uso ilícito y desmedido de sustancias alucinógenas es quizás una de las preocupaciones latentes del gobierno de Colombia en la actualidad, hasta el punto que ha sido resaltado desde años atrás como una problemática de salud pública. El consumidor de droga es una persona que debe ser considerada como un enfermo crónico, no puede ser privado de su libertad al llevar consigo la dosis considerada como mínima, pero sí requiere atención en salud y cuidado de parte del Estado y la sociedad. Por tanto, la búsqueda de una posible solución a éste problema implica que el paciente, adicto y dependiente a una sustancia alucinógena, permita conscientemente y autorice una valoración médica por parte de un grupo interdisciplinario donde se obtenga un diagnóstico preciso para su desintoxicación y una atención integral para el núcleo familiar que, de manera indirecta, resulta afectado por tal flagelo.
El presente trabajo analiza la normatividad, desde la ley que despenalizó el porte de la dosis mínima (Ley 1453 de 2011, reglamentada por el Decreto Nacional 079 de 2012, por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad y estudia además otras leyes paralelas que dan el sustento teórico-jurídico de este tema), hasta llegar al análisis de las sentencias que han generado una interpretación extensiva alrededor del porte y consumo de sustancias alucinógenas.