ESTUDIO JURIDICO SOBRE LA TRATA DE PERSONAS EN EL CONTEXTO DEL EJE CAFETERO COLOMBIANO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

JACKELINE ALZATE

PABLO MARCELO ARBELAEZ

LUZ ADELA ARISTIZABAL

GERSON FAJARDO

KENYA MAYIBER RUIZ

 

 

 

 

 

 

 

 

UNIVERSIDAD DE MANIZALES

FACULTAD DE DERECHO

MANIZALES - 2004

 

ESTUDIO JURIDICO SOBRE LA TRATA DE PERSONAS EN EL CONTEXTO DEL EJE CAFETERO COLOMBIANO

 

 

 

JACKELINE ALZATE

PABLO MARCELO ARBELAEZ

LUZ ADELA ARISTIZABAL

GERSON FAJARDO

KENYA MAYIBER RUIZ

 

 

 

Trabajo de Grado presentado como requisito parcial para optar al titulo de Abogado.

 

 

 

Presidente de Tesis:

Dra. BEATRIZ MEJIA SERNA, Abogada.

Defensora de Familia.

 

 

 

UNIVERSIDAD DE MANIZALES

FACULTAD DE DERECHO

MANIZALES - 2004

 

AGRADECIMIENTOS

 

A todas aquellas personas y entidades como la SIJIN, Policía Nacional y  funcionarios de la Fiscalía General de la Nación a nivel Eje Cafetero, que participaron con entusiasmo en nuestra investigación y con ello aportaron a la construcción de esta tesis.

 

 A la Fundación Esperanza, cuya contribución hizo posible el enriquecimiento de este estudio.

 

A nuestra directora de tesis y a aquellas otras     personas que siempre nos apoyaron y creyeron en nuestro trabajo y compromiso.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONTENIDO

 

INTRODUCCIÓN                                                                       10     

 

1. DESCRIPCIÓN DEL ESTUDIO                                                    13

1.1 Antecedentes                                                                              13

1.2 Planteamiento del problema                                                  14

1.3 Formulación del problema                                                      17   

1.4 Objetivos                                                                            17

1.4.1 Objetivo General                                                                       17

1.4.2 Objetivos Específicos                                                         18

1.5 Justificación                                                                        18

1.5.1 Justificación Práctica y Social                                                      18

1.5.2 Justificación Teórica                                                           19

1.5.3 Justificación Metodológica                                                  20

1.6 Marco de Referencia                                                             20

1.6.1 Contexto del Delito                                                           20

1.6.2 Contexto Socio económico                                                  22

1.7 Aspectos de Metodología                                                              25

1.7.1 Tipo de Estudio                                                                 25

1.7.2 Fuentes de Información                                                      25

1.8 Etapas Metodológicas                                                           26

 

2. ASPECTOS GENERALES Y FACTORES QUE INCIDEN PARA QUE LAS PERSONAS SE VEAN INVOLUCRADAS EN LA TRATA DE PERSONAS  27

2.1 Antecedentes Históricos de la Trata de Personas                              27

2.2 Definición de la Trata de Personas                                          33

2.3 Definiciones Actuales                                                           36

2.4 Definición de la Trata de Personas en el Protocolo de las Naciones Unidas                                                                                  39

2.5 Factores que Contribuyen a la Trata de Personas                              42

2.5.1 Globalización de la Economía                                                      45

2.5.2 Migración y Feminización de la Migración                                      47

2.5.3 Discriminación en Razón del Género                                     49

2.5.4 Estrategias de Desarrollo: Crecimiento de la Industria del Entretenimiento Sexual                                                                       50

2.5.5 Leyes y Políticas Sobre Migración                                         51

2.5.6 Corrupción de las Autoridades                                             53

2.5.7 Prácticas Religiosas y Culturales                                          53

 

3. MODUS  OPERANDI  DE LAS BANDAS DE TRAFICANTES DE PERSONAS                                                                                  55

3.1 Proceso de Enganche                                                            56

3.2 Análisis de la Mujer                                                                      61

3.3 Introducción a la Droga y Preparación                                     62

3.4 Preparativos del Viaje y la Deuda                                           62

3.5 Envío al Exterior                                                                  64

3.6 Experiencias en el Departamento de Risaralda                         65

3.7 Control que Existe para Contrarrestar el Delito                         73

3.8 Operación Gaviota: Un Ejemplo del Modus Operandi                  74

3.8.1 Testimonios Sobre Modus Operandi                                      80

 

4. DIFERENTES  DIMENSIONES  DE  LOS  RIESGOS  A  QUE  ESTAN EXPUESTAS LAS MUJERES VICTIMAS DE LA TRATA DE PERSONAS     83

4.1 Situación en el Lugar de Destino                                            83

4.1.1 Pérdida  del  Control  Sobre  su Propia Vida - Conciencia de Engaño                                                                                83

4.2 La Adaptación o Tolerancia                                                    85

4.2.1 Inicio de una Nueva Vida                                                    85

4.3 Regreso al País de Origen                                                     88

4.4 Efectos Reales que este Tipo de Delito Produce sobre el Núcleo Familiar, la Sociedad y el País                                                      99

 

5. ENTREVISTAS EN  PROFUNDIDAD SOBRE TRATA DE PERSONAS   102

5.1 Entrevista al Intendente JAIRO ANTONIO TORO BEDOYA, de la Escuela de Carabineros Alejandro Gutierrez - Manizales                 102

5.2 Entrevista a la Sub Intendente DORA LILIANA RINCON CASTAÑO, del Grupo Humanitas - Manizales                                                       113

5.3 Entrevista a la Sub Intendente ADRIANA PATRICIA TAMAYO, Jefe Grupo Humanitas - SIJIN - Armenia                                         114

5.4 Entrevista a la Dra. OFELIA CORZO DELGADO, Fiscal Dieciséis Seccional - Pereira                                                               119

5.5 Entrevista al Sub Intendente ROLANDO ANTONIO SILVA MEDINA, Jefe Grupo Humanitas - SIJIN - Armenia                                               122

5.6 Entrevista al Dr. RAMIRO GARCIA LADINO, Fiscal Octavo Seccional - Armenia                                                                                     126

5.7 Entrevista al Dr. ELIO FABIO PARRA. Sub Oficial en Uso de Buen Retiro - Jefe de Policía Judicial - Manizales                                  129

6. MARCO JURIDICO ACTUAL DE LA TRATA DE PERSONAS               135

6.1 Constitución Política                                                            136

6.1.1Derechos Humanos Vulnerados en la Trata de Personas         137

6.2 Código Penal                                                                     139

6.3 Evolución Legislativa                                                           141

6.4 Circunstancias de Agravación Punitiva                                    142

6.5 Mecanismos para Comprender, Combatir y Prevenir la Trata de Personas                                                                                   142

6.6 Investigaciones y Acciones Represivas Frente a la Trata de Personas                                                                                        144

6.7 Países con Número Significativo de Trata de Personas             144

6.8 Legislación Internacional                                                              148

6.8.1 Ley 800 de Marzo 13 de 2003                                             148

6.8.2 Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, del 27 de Noviembre de 2000                                     148

6.9 Marco Normativo de Otros Países                                                   148

6.9.1 Italia                                                                              148

6.9.2 Ley de Protección de Víctimas de la Trata de Estados Unidos    153

6.9.3 Chipre                                                                             155

6.9.4 Estonia                                                                           155

6.10 Modelo de Legislación sobre Trata de Personas para los Países que tienen los Autores y las Víctimas de este Delito                                  155

6.11 Informe sobre Trafico de Personas 2003.  Otro paso hacia la Cooperación Internacional contra la Esclavitud Moderna                   158

 

7. ESTRATEGIAS Y ENFOQUES FRENTE A LA TRATA                       162

7.1 Enfoque Moralista                                                                162

7.1.1 Estrategias Represivas                                                              163

7.1.2 Estrategias Fortalecedoras o de Empoderamiento                  163

7.2 Enfoque Control del Crimen                                                  164

7.2.1 Estrategias Represivas                                                              164

7.2.2 Estrategias Fortalecedoras o de empoderamiento                  165

7.3 Enfoque de Migración                                                           166

7.3.1 Estrategias Represivas                                                              166

7.3.2 Estrategias Fortalecedoras o de empoderamiento                    167

 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES                                        170

GLOSARIO                                                                               176

BIBLIOGRAFIA                                                                         180

ANEXOS                                                                                  185

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ACEPTACION

 

 

 

 

 

______________________

NOTA DE ACEPTACION

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

__________________

JURADO Nº UNO

 

__________________

JURADO Nº DOS

 

__________________

JURADO Nº TRES

 

 

INTRODUCCIÓN

 

Colombia es un país de origen de personas víctimas de Trata de Personas, especialmente mujeres y niños a Asia (Japón, Singapur y Hong Kong), Europa Occidental (Holanda y España) y Estados Unidos. La mayoría de las víctimas son mujeres jóvenes que son objeto de tráfico con propósito de explotación sexual.

 

El Gobierno de Colombia satisface las normas mínimas para combatir el tráfico de personas, a pesar de la estrechez de recursos y un sistema judicial ineficiente. El Gobierno investiga activamente y ha encausado los casos de tráfico de personas. Entre 1998 y 2000, una unidad especial contra delitos sexuales parte de la oficina de la Fiscalía General, investigó 99 casos de tráfico de personas que dieron como resultado por lo menos 13 condenas de conformidad con los estatutos vigentes. La Policía Nacional rescató a 115 víctimas en Colombia y en el exterior entre 1999 y 2000. Los funcionarios del Gobierno y los representantes de las ONG’s reciben en el aeropuerto a las víctimas repatriadas. Las víctimas tienen acceso generalmente limitado a los servicios sociales del Gobierno. El Gobierno ha ordenado también a sus consulados en el extranjero que ofrezcan ayuda legal y social a las víctimas del tráfico de personas y ha contratado a 46 asesores legales y 16 trabajadores sociales para ayudar a las víctimas colombianas en el extranjero. También se participa en la prevención contra el tráfico de personas y se coopera estrechamente con otros gobiernos, organizaciones internacionales y ONG’s[1].

 

Con base en las anteriores y preocupantes manifestaciones, el objetivo general del presente estudio es analizar las actuales condiciones sobre la Trata de Personas en el contexto del Eje Cafetero colombiano y los mecanismos jurídicos que deben implementarse para comprender, prevenir y combatir este delito.

 

De tal modo y a manera de objetivos específicos, se planteó indicar los factores que están incidiendo para que las personas se vean tentadas o engañadas por las redes delincuenciales para involucrarse en  la Trata de Personas, identificar el Modus Operandi[2] de las bandas de traficantes, describir en sus diferentes dimensiones los riesgos a que están expuestas las mujeres víctimas de este delito, conocer la opinión y los conceptos de personas expertas en el tema de Trata de Personas, estudiar el marco jurídico actual que en Colombia cobija el delito de Trata de Personas y formular nuevos mecanismos para comprender, prevenir y combatir este delito.

 

La investigación desarrollada incluyó diversos datos de información secundarios y asociados con la temática objeto de análisis, mientras que en el caso de las fuentes primarias se recurrió a la consulta de diversas personas y expertos a través de la realización de entrevistas informales y en profundidad.

 

Se espera que el estudio sea de utilidad y de interés para referenciar una problemática que a esta altura se ha convertido en un verdadero flagelo social, y para que se arrojen nuevas luces sobre aspectos básicos como su comprensión, tratamiento y manejo.

 


 

1. DESCRIPCIÓN DEL ESTUDIO

 

1.1 ANTECEDENTES

 

La trata de personas es una de las formas de esclavitud moderna. En la actualidad es un tema prioritario en la agenda de los países de la Unión Europea, Europa del este y algunos países asiáticos. Infortunadamente aunque Colombia ocupa el tercer lugar de origen de la Trata de Personas en América Latina, el tema no es visible, y por lo tanto, cada día pueden ser más las personas vulneradas.

 

Aunque no es un problema nuevo, la Trata de Personas ha venido creciendo de manera vertiginosa en los últimos años, y comprenderlo, prevenirlo y combatirlo demanda cada vez mayores esfuerzos. De forma paralela,  sin embargo, la tensión de los gobiernos, de la Comunidad Internacional y de distintos sectores de la sociedad ha aumentado, generando espacios novedosos de discusión y análisis.

 

La ausencia de gobernabilidad del Estado colombiano, la crisis económica que se enfrenta, el desempleo, la situación de orden público, los fenómenos de la naturaleza que afectan a la población, el gran número de estudiantes que albergan ciudades como Pereira, Manizales y Armenia, aceleran el proceso de reflexión acerca de las posibilidades de buscar mecanismos eficientes para divulgar, y no dejar en la impunidad el gran número de delitos relativos a la Trata de Personas.

 

 

1.2 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

 

La Trata de Personas no es sólo una actividad ilegal, sino una violación infame de la libertad individual, integridad y formación sexuales, derechos inalienables como el derecho a la igualdad, el derecho a la libre elección de oficio, el derecho a la dignidad humana y la buena imagen, el derecho al buen nombre, el derecho a la intimidad, el derecho a la vida, el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

 

El interés de las personas por abrirse nuevos horizontes, sobrepasar la crisis económica y de violencia actual del país, las ha llevado a buscar una falsa salida aceptando propuestas de trabajo en otras ciudades o países extranjeros.  Muchas veces estas personas son víctimas de los vendedores de ilusiones, que mediante falsas promesas las engañan y envuelven en sus redes, hasta el punto de que después de caer en aquellas organizaciones les queda imposible evadir sus tentáculos.

 

Según información suministrada por la prensa colombiana, los lugares de reclutamiento más utilizados por las redes de traficantes de mujeres en Colombia son en su orden: el Valle del Cauca (Cali, Palmira y Buga); el Eje Cafetero (Pereira, Manizales y Armenia); Antioquia, Santander, Cundinamarca, Huila y la Costa Caribe[3].

 

Es pues el Eje Cafetero la segunda región con más índice de mujeres afectadas o víctimas de este delito: En 1995 en España hubo 55 casos de mujeres colombianas que trabajaban en la prostitución en contra de su voluntad. Provenían en su mayoría del Eje Cafetero[4].

 

En enero de 1998 fueron detenidos dos estadounidenses, un costarricense y un guatemalteco en el aeropuerto de Pereira cuando querían salir del país rumbo a Guatemala con dieciséis mujeres de entre 18 y 25 años.  De enero a diciembre de 1999 fueron deportadas e inadmitidas 451 mujeres[5].

 

A lo anterior debe sumarse el reciente escándalo que se originó tras el reportaje de una publicación española que acusó a la zona del Eje Cafetero colombiano como la mayor “exportadora” de mujeres hacia aquel país, noticia que no solo le dio la vuelta al mundo sino que generó una gran controversia a nivel internacional. 

 

Como existe una relación directa entre la Trata de Personas y la migración, tanto en el caso del desplazamiento interno de mujeres provenientes de las zonas rurales hacia las ciudades, como entre países y continentes, parece que las organizaciones criminales de Trata de Personas aprovechan la evidente intención migratoria de las colombianas para desarrollar sus estrategias de reclutamiento, involucrando cada vez más víctimas en el Tráfico Internacional de  Personas.

 

A partir del flagelo descrito, algunas consideraciones importantes son las que dan lugar al contexto del problema a investigar: La primera de ellas obedece a la deficiente normatividad existente que ayude a solucionar la Trata de Personas en Colombia, pues solamente se encuentra el Articulo 215 que regula este delito, consagrado en la Ley 599 de 2000.

 

Teniendo en cuenta que si bien existe una gran variedad de mecanismos jurídicos internacionales que contienen  medidas prácticas para combatir la explotación de las personas, especialmente las mujeres, no hay ningún instrumento universal que aborde todos los aspectos de la Trata de Personas.

 

Al no existir un instrumento de esa naturaleza, las personas vulnerables a la trata no estarán suficientemente protegidas;  pero el Derecho Internacional le ha dado mayor tratamiento jurídico con el Acuerdo Internacional para la Represión de la Trata de Blancas del 18 de Mayo de 1904.  Adoptado por las Naciones Unidas mediante el protocolo de 1948; la Convención Internacional para la represión del Tráfico de Mujeres y Niños, del 30 de Septiembre de 1921, ratificado por Colombia por la Ley 12 del 11 de Octubre de 1933; la Convención de las Naciones Unidas del 2 de Diciembre del año 1949  firmó el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena, que no fue ratificado por el Estado de Colombia;  hasta la Corte Penal Internacional[6], que le da competencia para conocer y juzgar casos de Tráfico de Personas a la Asamblea General de las Naciones Unidas; y posteriormente se  creó  el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar

la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional [7], de Diciembre de 2000.

 

De tal manera y en vista que se percibe un amplio margen de acción a nivel investigativo sobre la Trata de Personas, el presente estudio intenta explorar este penoso delito desde el punto de vista de analizar nuevos mecanismos jurídicos que sean de utilidad para comprenderlo, prevenirlo y combatirlo.

 

1.3 FORMULACION DEL PROBLEMA

 

De acuerdo al anterior registro, la pregunta de investigación puede formularse de la siguiente manera:

 

- ¿Cuáles son las actuales condiciones sobre la Trata de Personas en el contexto del Eje Cafetero colombiano y qué tipo de mecanismos jurídicos deben implementarse para comprender, prevenir y combatir este delito ?.

 

1.4 OBJETIVOS

 

1.4.1 Objetivo general. Analizar las actuales condiciones sobre la Trata de Personas en el contexto del Eje Cafetero colombiano y los mecanismos jurídicos que deben implementarse para comprender, prevenir y combatir este delito.

 

1.4.2 Objetivos específicos

 

- Indicar los factores que están incidiendo para que las personas se vean tentadas o engañadas por las redes delincuenciales para involucrarse en  la Trata de Personas.

 

- Identificar el Modus Operandi de las bandas de tratantes de personas.

 

- Describir en sus diferentes dimensiones, los riesgos a que están expuestas las mujeres víctimas de la Trata de Personas.

 

- Conocer la opinión y conceptos de personas expertas en el tema del delito de Trata de Personas.

 

- Estudiar el marco jurídico actual que en Colombia cobija el delito de Trata de Personas y formular nuevos mecanismos para comprender, prevenir y combatir este delito.

 

1.5 JUSTIFICACIÓN

 

1.5.1 Justificación práctica y social. Por medio del trabajo investigativo se pretende que los organismos oficiales y administrativos atiendan y confronten las situaciones que se están presentando con el delito de Trata de Personas, que ha sido poco investigado y se le ha restado importancia, ya que las herramientas jurídicas internas son insuficientes para afrontar de manera eficaz la problemática que encierra esta forma de grave violación a los derechos humanos ; esto posiblemente debido a que las víctimas no pueden dar anuncio a las autoridades por temor a que se tomen represalias en contra suya o de sus familiares. En muchos casos los tratantes tienen la dirección de familiares en Colombia, siendo muy fácil ubicarlos. La mayoría de las mujeres han recibido amenazas por parte de los tratantes y han experimentado tanto violencia física como psicológica.

 

Además, las mujeres tienen poca confianza en la justicia, conociendo la corrupción que hay a estos niveles en sus países de origen. Las cifras de denuncias que llegan a un juicio y después a una condena tampoco son muy alentadoras. Muy pocas denuncias logran que las redes de tratantes sean efectivamente desarticuladas y sus integrantes condenados, lo cual debe removerse a través de la búsqueda de nuevas alternativas jurídicas para enfrentar este flagelo.

 

1.5.2 Justificación teórica. El curso y resultados obtenidos por medio del trabajo de grado servirán para que otras personas continúen la labor emprendida por el equipo de investigación, ahondando o explorando la problemática objeto de estudio a través de ópticas similares o complementarias.

 

Igualmente, se estará brindando una importante fuente de referenciación a las autoridades para que atiendan y confronten las pocas denuncias que se presentan, además de convocar a los entes jurídicos del país para que sean fortalecidas las penas que se imponen a las personas que incurren en este delito.

 

En un sentido de divulgación y de difusión de este tipo de delito, también se tiene como propósito promover el conocimiento de la Trata de Personas con el fin de promover la cooperación de los ciudadanos para prevenir y combatir más eficazmente las redes de tratantes de personas.

 

1.5.3 Justificación metodológica. Finalmente debe anotarse que existe un importante interés metodológico en el estudio a realizar, ya que estuvo documentado por los conocimientos y experiencias de líderes de opinión, que fueron contactados a través de entrevistas en profundidad sobre el tema.

 

1.6 MARCO DE REFERENCIA

 

1.6.1 Contexto del delito. Las condiciones económicas, políticas, sociales y el conflicto armado en que se encuentra Colombia, han llevado a que miles de colombianos vean en la migración una posibilidad de huir de la violencia, el desempleo, el secuestro, entre otros, hacia otros países y continentes. Muchos de ellos piensan que en el extranjero encontrarán mejores oportunidades, pero pocos saben lo que les espera al pasar las fronteras.

 

Durante muchos años en Pereira, Manizales y Armenia, se vivió un ambiente de mucha tranquilidad y prosperidad,  esto debido a la bonanza cafetera, la cual trajo progreso, pues la gente invirtió en el café y en la industria regional. Se creía que a estas ciudades les esperaba un gran futuro. Por tal motivo mucha gente se desplazó de otras ciudades del país con el fin de encontrar una mejor calidad de vida. 

 

Las cosas empezaron a cambiar cuando entraron al país la broca y la roya. Estas plagas estaban acabando con el café, y se estaban perdiendo las cosechas. Así no había producción;  todos los cafeteros trataron de acabar con la plaga o al menos controlarla. Se invirtieron grandes cantidades de dinero en su erradicación, lo que trajo resultados negativos pues los caficultores vieron seriamente afectada su economía a causa que se destinó más dinero para erradicar la plaga que para aumentar la producción de café. Al disminuirse la producción, se disminuyó la mano de obra, llevando consigo un incremento del desempleo.

 

El panorama no podía ser peor cuando en enero 25 de 1999 se produjo el terremoto en el Eje Cafetero, el cual destruyó parcialmente las principales ciudades, afectando de manera significativa a la población y su desarrollo económico. Todas las esperanzas de una recuperación de la economía se fueron abajo,  el terremoto acabó con muchas vidas y con las ilusiones de mucha gente que creía que en estas ciudades estaba su futuro. Después de esta catástrofe natural, el desempleo aumentó considerablemente y esto trajo como consecuencia el incremento de la criminalidad. 

 

Los ciudadanos estaban devastados. No sabían que iba a ser de sus vidas, todos sus sueños se habían truncado de una manera intempestiva y abrupta.  Después de ocurrido el terremoto, gran parte de los habitantes de estas ciudades empezaron a emigrar hacia otros países en busca de nuevas oportunidades. La desesperación los llevó en muchas ocasiones a aceptar propuestas de trabajo sin indagar antes en qué consistía este.  A partir de este momento se empieza a incrementar el delito de la Trata de Personas, el cual está tipificado en Artículo 215 del Código Penal, que reza: “El que promueva, induzca, constriña o facilite la entrada o salida del país de una persona para que ejerza la prostitución, incurrirá en prisión de cuatro (4) a seis (6) años y multa de setenta y cinco (75) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales mensuales vigentes[8].”

 

1.6.2  Contexto socio-económico. Algo muy preocupante en el caso colombiano es la desigualdad que ha aumentado en los últimos años. Según un estudio de Fedesarrollo y el Departamento Nacional de Planeación publicado en diciembre de 1997, en 1996 el 20% más rico de la población recibió el 54% de ingresos, y el 20% más pobre recibió solamente el 6%[9].

 

La crisis económica de Colombia está influenciada por una crisis en el ámbito  internacional.  La  tendencia  a una globalización de la economía

con unas políticas neoliberales que causan empobrecimiento de amplios sectores sociales, sobre todo de las mujeres; la apertura económica como parte de las políticas de globalización ha afectado la industria nacional, al ingresar productos del exterior que son más baratos y hacen que las industrias nacionales no puedan competir; la globalización de la economía está causando rebajas en prestaciones y cambios en los sistemas de contratación. Cada vez hay más empleo temporal y subcontratación, sobre todo en sectores económicos donde trabajan muchas mujeres. Aquellas tienen cada vez menos posibilidades de encontrar un empleo en el sector formal, siendo empujadas a trabajar en el sector informal, como el servicio domestico, venta ambulante y la industria del sexo.

 

De otra parte, el desempleo en Colombia ha llegado a los índices más altos en la historia del país, y es uno de los más altos de América Latina. Según cifras del Departamento Nacional de Estadística (DANE), a finales de Junio de 1.998 se detectó en las siete principales ciudades un desempleo de 1.077.000 personas (15.8%) discriminado así: Cali 19.7%, Pasto 17.0%, Manizales 16.6%, Medellín 16.5%, Bucaramanga 15.8%, Bogotá 14.8%, Pereira 14.0% y Cúcuta 13.8%. También hay 1.4 millones de personas subempleadas, que trabajan menos de 32 horas a la semana o con ingresos insuficientes, o con un cargo subcalificado. El desempleo es aún más grave en la población femenina.  Las cifras de julio de 1998 del DANE indican que el 18% de las mujeres estaban desempleadas, frente a 11.3% de los hombres. Analizando esta situación, se ve que las ciudades más afectadas por la Trata de Personas presentan índices muy altos de desempleo. Este es el caso de Cali,  Manizales,  Medellín, Bogotá y Pereira[10].

 

El desempleo se da sobretodo en la población joven entre 15 y 19 años ya que existe un porcentaje de 41.9%; muchas de las mujeres tienen primaria incompleta, algunas buscan trabajo para terminar sus estudios y aportar a la familia, en varios casos siendo madres solteras;  en las mujeres entre 20 y 29 años el porcentaje de desempleo es del 24%, y tienen generalmente una educación intermedia, son cabeza de familia. Estos dos grupos son especialmente vulnerables de ser víctimas de trata de personas en el ámbito nacional e internacional[11].

 

La Central Unitaria de Trabajadores (CUT) presentó recientemente las siguientes cifras: en Colombia el salario de las mujeres son aún un 30% más bajos que el de los hombres.  El 82% del sector productivo femenino tiene ingresos menores a los dos salarios mínimos. La pobreza y la falta de oportunidades es la principal razón por la que muchas mujeres de diferentes lugares migran hacia las ciudades y posteriormente hacia el exterior[12].

 

El desempleo en ciudades como Manizales a diciembre de 2002 alcanzó el 0.182%, y en Pereira constituía el 0.157%. El número de mujeres en puestos ejecutivos y administrativos asciende al 31%, y el número de mujeres en puestos profesionales y técnicos alcanza el 44%. El 14.4% de las mujeres adolescentes entre 15 y 19 años son madres y 4.06% está en embarazo[13].

 

Finalmente debe anotarse que Colombia afronta un nivel de violencia política que en los últimos años se ha agudizado, aumentando el número de viudos y huérfanos.  De acuerdo con las últimas cifras, entre 1.995 y 1.998 en Colombia se registraron 1.171.000 desplazados internos, el 65% son mujeres y niños. Se presume que las redes de trata pueden aprovechar esta situación para reclutar mujeres jóvenes o menores de edad.

 

1.7 ASPECTOS DE METODOLOGIA

 

1.7.1 Tipo de estudio. El tipo de estudio correspondiente a la investigación es exploratorio, ya que como primer nivel del conocimiento, permitió ampliar la familiaridad de los estudiantes con el fenómeno observado, facilitando su comprensión y entendimiento para proponer alternativas que ayuden a confrontarlo en la realidad inmediata.

 

1.7.2 Fuentes de información

 

- Fuentes primarias. Como se mencionó anteriormente, se llevó a cabo una investigación de campo que permitió recolectar el conocimiento y la experiencia de líderes de opinión, lo cual hace alusión a personas que tienen amplio dominio sobre la temática de Trata de Personas, entre ellos, autoridades policiales y judiciales, funcionarios de extranjería,  profesionales del Derecho y otros.

    

- Técnicas de Recolección. Con el fin de adelantar el trabajo de campo mencionado anteriormente, se llevó a cabo la realización de una entrevista en profundidad, que arrojó resultados de interés para el estudio.

 

- Fuentes secundarias. En relación con este tipo de fuentes, el equipo de investigación recurrió a diversos centros de documentación en donde se encontraron registros, artículos, documentos y textos que permitieron la recolección de información escrita y analizada sobre la temática, esto además de la consulta que se hizo a través de la autopista de información de Internet.

 

1.8 ETAPAS METODOLOGICAS

 

·      Presentación del anteproyecto

·      Consulta de las fuentes secundarias

·      Consulta de las fuentes primarias

·      Elaboración del borrador del estudio

·      Reunión con el Director de Trabajo de Grado

·      Correcciones y ajustes del borrador

·      Presentación final

 


 

2. ASPECTOS GENERALES Y FACTORES QUE INCIDEN PARA QUE LAS PERSONAS SE VEAN INVOLUCRADAS EN  LA TRATA DE PERSONAS

 

2.1 ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA TRATA DE PERSONAS

 

A nivel internacional el tráfico de personas tiene raíces históricas; desde la constitución de las ciudades-estado, (la polis) etnias enteras eran trasladadas de un lugar a otro para ser sometidas a la esclavitud, o con el fin de establecer sobre ellas un mayor control político y militar.

 

En momentos de guerra o conflicto, las mujeres, concebidas como “cosa que pertenece al otro”, enemigo vencido, se constituyeron en botín de guerra importante y en muchas ocasiones fueron dedicadas al servicio sexual de los vencedores.  En diferentes culturas las mujeres fueron objeto de intercambio, de acuerdo con los intereses políticos o económicos de las élites o en los escenarios de mercado. En algunas regiones de Colombia todavía se tiene como tradición cultural, el intercambio de mujeres por objetos considerados de valor para los clanes o familia.

 

En el continente americano, el tráfico de grandes grupos humanos se remonta a la época de la conquista y la colonia[14]. Millones de indígenas fueron trasladados hacia distintas regiones para atender las necesidades ilimitadas de los huéspedes europeos, de los señores encomenderos, de los mineros, de los hacendados.  Millones de personas murieron víctimas de enfermedades,  de desarraigo, sufrieron la muerte o fueron atacadas por las armas de los españoles.

 

En menos de un siglo, cuando la población indígena había sido exterminada casi totalmente como en los Estados Unidos, millares de hombres y mujeres fueron arrancados de su tierra, de su cultura en el continente africano y fueron trasladados hacia distintas regiones de América para ser vendidos como esclavos y esclavas.  Miles murieron en la travesía.  Los que llegaron fueron sometidos a esclavitud, situación que permaneció por casi cuatrocientos años en este continente.

 

Se puede comprender mejor el fenómeno de ‘la trata de personas’ y la necesidad de una definición clara que no sea ambigua, si se remite al desarrollo histórico de la “Trata” y se entiende lo que ha significado el concepto para diversas personas, organizaciones y gobiernos a través del tiempo.  El término hacía referencia al comercio de mujeres blancas europeas en el siglo XIX a otros países europeos, al Medio Oriente, África y hasta Argentina en América Latina. Los primeros escritos en los que se hace referencia al comercio de mujeres datan del Siglo VI y las primeras referencias a la Trata provienen de los instrumentos de las Naciones Unidas[15].

 

El término “Trata” se utilizó inicialmente para hacer referencia a lo que se conocía como ‘trata de blancas’, el comercio de mujeres blancas provenientes de Europa alrededor del año 1900. La trata y la migración voluntaria de mujeres blancas provenientes de Europa a países árabes y orientales como concubinas o prostitutas se constituyó en una especial preocupación para los hombres y mujeres de la clase media europea, al igual que para los gobiernos.  El resultado fue la creación de un convenio internacional para suprimir la ‘trata de blancas’ en 1904.  En ese momento por “Trata” se entendía la movilización de mujeres para propósitos inmorales, es decir, la prostitución, y esta es la modalidad que más se acerca al fenómeno de tráfico conocido actualmente.

 

Inicialmente, esta definición requería que se cruzaran fronteras nacionales, pero ya para 1910, varió el sentido de reconocer que la Trata de mujeres podía también darse dentro de las fronteras nacionales. La Trata de mujeres se percibía como relacionada con la esclavitud, pero también como estrechamente ligado a la prostitución[16].

 

En el último siglo se tiene conocimiento de tráfico de mujeres desde la década de los cuarenta, creando grandes prostíbulos en las Islas del Caribe para “atender las necesidades sexuales de hombres solteros tales como marinos estadounidenses y holandeses, y trabajadores migrantes”[17].  Sin embargo, el fenómeno ha aumentado en grandes proporciones durante las últimas tres décadas, cuando las mujeres latinoamericanas, asiáticas y de Europa del Este fueron introducidas en la prostitución europea y asiática, especialmente Japón.

 

El vínculo entre la Trata y la prostitución se solidificó aún más en las décadas siguientes, más claramente cuando se adoptó en la convención de 1949. Posteriormente, a mediados del siglo XX, se introdujo el término tráfico de mujeres.

 

Los primeros casos de tráfico de mujeres involucran principalmente a las mujeres europeas que son llevadas a otros países. Sin embargo, en el caso de América Latina, el comercio de mujeres se remonta a la época de la conquista española, las “mujeres indígenas fueron utilizadas como ‘botín de guerra’, raptadas por los españoles como parte de su triunfo militar”[18].  Se considera esto como el inicio del comercio sexual en la región.  Durante la colonia se elaboraron las primeras normas de regulación y sanción de la prostitución y el proxenetismo, con penas que podían llegar hasta la muerte[19]. 

 

Durante este siglo, el tráfico de mujeres colombianas y latinoamericanas se hizo visible desde los años cuarenta. A finales de esta década, el gobierno colonial holandés de la isla caribeña de Curazao, estableció el prostíbulo Campo Alegre, hoy conocido con el nombre de ‘Le Mirage’.  El prostíbulo tenía como objetivo “atender las necesidades sexuales de los hombres solteros, tales como marinos holandeses, militares de los Estados Unidos y trabajadores migrantes de las multinacionales”.  Con el fin de “guardar el honor y la virtud de las mujeres locales”, solamente se permitía trabajar a mujeres extranjeras, a las cuales se les otorgaba un permiso por tres meses. Las primeras mujeres que migraron hacia la isla provenían de Cuba y Venezuela, después de la República Dominicana y Colombia. Algunas de ellas viajaban de forma independiente,  sabiendo  qué  tipo  de  trabajo tenían que desempeñar.

Otras fueron engañadas por intermediarios con distintas ofertas de trabajo y al llegar se dieron cuenta que tenían que trabajar en la prostitución. Desde esa fecha aproximadamente unas 25.000 mujeres han trabajado allí[20].

 

Este es un ejemplo de involucramiento de un Estado en la prostitución y el tráfico de mujeres, en este caso el estado holandés que legitimó, institucionalizó y promovió la migración para el trabajo sexual[21].  Esta situación se extendió a otros territorios holandeses en el Caribe, como Aruba, San Martín y Surinam.  Muchos de estos lugares se convirtieron en puente para pasar posteriormente a ejercer el trabajo sexual en Europa, especialmente en Holanda[22].

 

Esta experiencia fue decisiva para la región de América Latina, pues indujo a partir de los años sesenta y setenta un movimiento migratorio para el trabajo sexual a otras regiones del mundo. Informes de la INTERPOL de 1965 muestran que mujeres latinoamericanas fueron exportadas hacia Puerto Rico, los países del Mediterráneo y el Medio Oriente[23].  A partir de los años ochenta se incrementó la migración de mujeres latinoamericanas, y en particular mujeres colombianas hacia Europa Occidental[24].  Los países de destino han sido principalmente Holanda, España, Alemania, Grecia, Italia y Suiza.  En los últimos años se ha detectado un movimiento de mujeres colombianas hacia países asiáticos como Japón, Hong Kong, Singapur y Tailandia.

 

Infortunadamente, los gobiernos de algunos de los países de destino continúan identificando la Trata como la migración sin documentos,  particularmente para la prostitución. La respuesta de dichos gobiernos es predecible;  adoptan políticas de inmigración más estrictas, bajo el pretexto de combatir el “tráfico ilegal de personas”. Algunos países de origen objetan este enfoque porque viola los derechos de sus ciudadanos en el exterior. No obstante, algunos países de origen han adoptado políticas similares, a fin de evitar que las mujeres jóvenes salgan de su país, bajo la creencia errada de que están evitando la ‘Trata’.

 

La trata de personas es un tema que viene preocupando durante las últimas décadas a muchas instituciones del nivel nacional e internacional, especialmente por la manera como son vulnerados los Derechos Humanos de quienes son sus víctimas.  Así, organismos internacionales como las Naciones Unidas, organizaciones internacionales de derechos humanos, y organizaciones de mujeres han lanzado una voz de alerta a los países del mundo por el incremento de la esclavitud y la servidumbre en el planeta.

 

Una caracterización general del fenómeno de trata de personas establece que las víctimas del mismo en el ámbito internacional son hombres, mujeres, niños y niñas, quienes son traficados y traficadas con fines diferentes y en condiciones distintas;  en cualquier circunstancia significa una vulneración de los Derechos Humanos por la manera como atentan contra la dignidad de las personas, situación que resulta inaceptable e intolerable en cualquiera de los casos y en todas sus manifestaciones.

 

Por lo tanto, se puede observar que, históricamente, el concepto ‘Trata’:

 

·        Ha ignorado los derechos humanos de las personas víctimas de la Trata;

 

·        Ha sido utilizado por los moralistas para ensañarse contra las mujeres en la prostitución.

 

·        Ha sido utilizado por los gobiernos para detener la migración, particularmente de mujeres.

 

2.2 DEFINICIÓN DE LA TRATA DE PERSONAS

 

El Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de Personas especialmente mujeres y niños que complementa la convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, en su artículo 3, define para los fines del protocolo:

 

1. Se entiende por Trata[25] de Personas “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o

de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”.

 

2. El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación que se tenga la intención de realizar, no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en el numeral anterior.

 

3. La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño con fines de explotación se considerará “Trata de Personas” incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado a) del presente artículo.

 

4. Por niño se entenderá toda persona menor de 18 años.

 

El protocolo establece una distinción entre Trata y Tráfico de Migrantes, al que define como la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente un beneficio financiero u otro beneficio de orden material[26].

Hay diferentes enfoques para tratar el tema, y dependiendo del enfoque utilizado cambia la estrategia para luchar contra la trata de personas.  Estas diferencias hacen aún más difícil la lucha contra este flagelo a escala nacional e internacional. La mayoría de las definiciones existentes hacen referencia a la trata de personas con fines de prostitución, desconociendo otros tipos de trata como el destinado al servicio doméstico, matrimonios serviles y labores dentro de la economía informal.

 

Se ha hecho un análisis de los diferentes enfoques en la lucha contra la trata de personas, de las medidas que corresponden a cada enfoque y de las consecuencias que tienen directamente para las mujeres tratadas. Cada estrategia está basada en una percepción y definición específica sobre la problemática de la trata de personas[27].

 

En la legislación internacional la trata de personas es enfocado de distintas formas, por ejemplo, la Convención de las Naciones Unidas de 1949 sobre Represión del Tráfico de Personas y Explotación de Prostitución Ajena, concibe solamente al tráfico para propósitos de prostitución.  La Conferencia Mundial sobre los Derechos Humanos en Viena 1993, considera el tráfico de mujeres como una seria violación a los derechos humanos de la mujer.  La Resolución de  las  Naciones Unidas sobre el Tráfico de Mujeres y Niñas de 1994 incluye el tráfico de mujeres para trabajo doméstico, matrimonios serviles y trabajos forzados.

 

En 1996, la Alianza Global contra el Tráfico de Mujeres (GAATW) y la Fundación contra el Tráfico de Mujeres (STV) de Holanda, desarrollaron una definición con respecto al tráfico de mujeres, haciendo una división entre el proceso de reclutamiento, movilización y las condiciones de trabajo y vida en el lugar de destino.  Los elementos principales de la definición son violencia, engaño y prácticas abusivas.  La definición es la siguiente[28]:

 

“Tráfico de Mujeres:  Todos los actos en los que se utiliza el reclutamiento y/o transportación de una mujer, dentro y a través de fronteras nacionales, para trabajo o servicios por medio de violencia o amenaza de violencia, abuso de autoridad o posición dominante, cautiverio por deuda, engaño u otras formas de coacción.”

 

“Trabajo forzado y Prácticas esclavistas: La extracción de trabajo o servicios de una mujer, o la apropiación de su identidad legal y/o física, por medio de violencia o amenaza de violencia, abuso de autoridad o posición dominante, cautiverio por deuda, engaño u otras formas de coacción.”

 

2.3 DEFINICIONES ACTUALES

Apenas recientemente la comunidad internacional ha reconocido que existe la necesidad de ampliar el concepto de la Trata de Personas para que incluya, por ejemplo, el matrimonio forzado y el trabajo forzado[29].  

 

La oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Fondo de las Naciones Unidas para la infancia (UNICEF), la Relatora Especial de las Naciones Unidas para la Violencia Contra las Mujeres, la Organización Internacional para las MIGRACIONES (OIM) y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), todas han adoptado definiciones sobre la Trata de Personas que lo reconocen como un problema de Derechos Humanos que contemplan el trabajo forzado, la servidumbre y la esclavitud, y que no se trata de un problema que se limita a la prostitución.

 

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Organización Internacional para la Migración se refieren          a [30]:

 

“La Trata de Personas, como el reclutamiento, el transporte, el traslado o albergue, o el recibo de cualquier persona para cualquier propósito o en cualquier forma, incluso reclutamiento, el transporte, el traslado o albergue, o el recibo de cualquier persona bajo la amenaza o el uso de la fuerza o mediante rapto, fraude, engaño, coerción o abuso de poder para propósitos de esclavitud, trabajo forzado (incluso la servidumbre forzada o el cautiverio por deuda) y la servidumbre”.

 

La relatora especial sobre Violencia Contra la Mujer hizo las siguientes declaraciones con respecto a la definición de la Trata en su reporte a la Sesión Número 56 de la Comisión de Derechos Humanos:

 

“10. Actualmente no existe una definición de Trata acordada internacionalmente. El término “Trata” es utilizado por diferentes actores para describir actividades que van desde la migración voluntaria y facilitada pasando por la explotación o prostitución, hasta el desplazamiento de personas mediante amenazas o el uso de la fuerza, coerción, violencia, etc, con ciertos fines de explotación. Cada vez más, se ha reconocido que las caracterizaciones históricas de la Trata están caducas, mal definidas y no corresponden a las realidades actuales del desplazamiento y comercio de personas, ni a la naturaleza y dimensión de los abusos inherentes o incidentales en la Trata de Personas[31].

 

11. En lugar de aferrarse a viejas definiciones de los elementos constitutivos de la Trata, que se remontan a comienzos del siglo diecinueve, las acepciones de Trata se derivan de la evaluación de las necesidades actuales de las personas traficadas en general, y de las mujeres traficadas en particular. Las nuevas definiciones también deben estar específicamente elaboradas o formuladas para proteger y promover los derechos de las personas traficadas, con especial énfasis en las violaciones y protecciones concretamente relacionadas con el género sexual.”

 

2.4 DEFINICIÓN DE LA TRATA DE PERSONAS EN EL PROTOCOLO DE LAS NACIONES UNIDAS

 

El Protocolo de las Naciones Unidas contiene la primera definición internacional de ‘Trata de Personas’. Se requiere de una aproximada diferente a la contenida en la Convención de 1949, la cual solamente se centraba en la prostitución y consideraba que todo tipo de prostitución, fuere voluntaria o forzada, era Trata.

 

El Protocolo reconoce la existencia de la prostitución voluntaria y la prostitución forzada. Intencionalmente evita definir la frase ‘explotación de la prostitución de otros u otras formas de explotación sexual’ porque los delegados del gobierno para las negociaciones no pudieron ponerse de acuerdo sobre un significado común. Todos los delegados convinieron que la participación involuntaria y obligada en la prostitución constituiría Trata, pero la mayoría de los gobiernos rechazó la idea de que la participación voluntaria y no coercitiva de adultos en la prostitución constituye Trata.

 

Con el fin de asegurar el mayor número de firmantes del Protocolo, los delegados estuvieron de acuerdo en dejar la frase sin definición alguna y agregar en su lugar la siguiente explicación:  Los travaux préparatories deben indicar que el protocolo se dirige a la explotación de la prostitución de otros u otras formas de explotación sexual sólo en el contexto la trata de personas.  Los términos ‘explotación de la prostitución de otros’ u ‘otras formas de explotación sexual’ no están definidos en el Protocolo, lo cual no obra en perjuicio de cómo los Estados Parte se ocupan de la prostitución en sus respectivas leyes domésticas[32]”.

 

De esta manera, el Protocolo contra la Trata de Personas le permite expresamente a los Estados concentrarse únicamente en la prostitución forzada y otros delitos que involucran la fuerza o la coerción y no le exige a los gobiernos tratar todo tipo de participación adulta en prostitución como Trata.  Los gobiernos que desean enfocarse hacia los crímenes que involucran la fuerza y la coerción en prostitución y otras formas de trabajo ni siquiera necesitan incluir la frase “explotación de la prostitución de otros u otras formas de explotación sexual” en su legislación habitual. Los términos “trabajo o servicios forzados, esclavitud, servidumbre” cubrirán todas las situaciones incluyendo la participación forzada en la industria del sexo.

 

Por otra parte, el trabajo forzado, la esclavitud y la servidumbre están definidos en la ley internacional y tales definiciones pueden ser incorporadas dentro de la legislación interna de cada Estado parte. Considerando que “la explotación de la prostitución de otros u otras formas de explotación sexual” no están definidos en la ley internacional, los gobiernos tendrían que desarrollar definiciones claras para sus códigos penales.  Si ellos no definen la frase o la definen sin claridad, entonces las sentencias a traficantes se harán difíciles porque no sabrán qué es lo que tienen que probar. Unas definiciones claras por parte de la ley criminal son esenciales para el dominio de la ley y para los derechos del acusado.

 

Si un gobierno insiste en usar un lenguaje del tipo ‘explotación sexual’, se debe impulsar a utilizar la siguiente definición, de modo que quede claro que la explotación sexual, como cualquier otra forma de explotación laboral, requiere el uso de la fuerza o coerción, etc: “‘Explotación sexual’ significa la participación por parte de una persona en prostitución, servidumbre sexual, o en la producción de materiales pornográficos, como resultado de haber sido sometida mediante engaño, coerción, abducción, fuerza, abuso de autoridad, endeudamiento o fraude.  Aún en ausencia de cualquiera de estos factores, en los casos en que la persona participante en la prostitución, servidumbre sexual o en la producción de material pornográfico sea menor de dieciocho años de edad, se considerará que ha existido explotación sexual”.

 

En resumen, la Trata de Personas no se refiere a un caso de trabajo en sweatshops (fábricas de explotación), en el cual se les paga menos de lo debido a los trabajadores, se les exige más resultados de los normales y se les expone a condiciones difíciles, pero en el que dichos trabajadores son libres de ir y venir y de cambiar de empleo. Los derechos de estas personas son violados ante la ley laboral, y las condiciones económicas pueden obligarlos a permanecer en ese empleo, pero no son víctimas de la Trata.

 

La Trata de Personas involucra la manipulación criminal de personas que desean o necesitan migrar para tener una vida mejor.  Existe en donde se unen el crimen organizado (pequeño y grande) y la migración. Los migrantes son obligados por las complicadas y restrictivas leyes de migración a depender de terceros para que les ayuden a viajar. Si corren con fortuna, la persona es honesta; si no corren con fortuna, la persona resulta ser un tratante que utilizará todos los medios necesarios para asegurar la completa sumisión de la víctima a su voluntad.

 

La Trata de Personas es una práctica delictiva que lesiona en su esencia más pura los derechos humanos al vulnerar el derecho a la libertad, a la integridad física y moral de quienes son sus víctimas colocándolas en un plano inaceptable de esclavitud y servidumbre. Es una nueva forma de esclavitud que, lejos de erradicarse se incrementa en la medida en que se globaliza la economía, se legisla de manera permisiva y se toleran y promueven mensajes ambiguos y patrones de comportamiento que peligrosamente van deslindando los límites entre lo que enaltece la dignidad humana y lo que la degrada.  Es una violación infame de la libertad y de principios inalienables como el de la igualdad y el derecho a la libre elección de oficio[33]”.

 

2.5 FACTORES QUE CONTRIBUYEN A LA TRATA DE PERSONAS

 

El análisis de las diversas causas que llevan a la Trata de Personas ayuda a comprenderlo mejor y a implementar medidas de prevención para eliminar la Trata.  Las causas de  la Trata  son  variadas y complejas y se diferencian de un país a otro.  Una buena comprensión de por qué ocurre la Trata requiere no sólo de la consideración de los cambios sociales y económicos a nivel global y regional, sino también un análisis a nivel local, en los sitios en donde comienza el proceso de la Trata.

 

La Trata de Personas ocurre no sólo desde los países en vías de desarrollo hacia los países desarrollados, sino también, en forma creciente, entre países en vías de desarrollo. Con frecuencia, las personas son tratadas desde países en los que existen problemas económicos, ambientales o políticos, hacia países o regiones en donde aparentemente la calidad de vida para la persona común y corriente es mayor. Debe tenerse en cuenta que las rutas de la Trata son diseñadas y manipuladas por los tratantes. Por consiguiente, es inexacto sobregeneralizar que las víctimas siempre son tratadas de países subdesarrollados a países más desarrollados, puesto que no siempre es este el caso.

 

La Trata de Personas es una problemática en la que intervienen muchos aspectos que facilitan su existencia. Este fenómeno debe ser analizado desde diferentes ángulos, que nos permitan aproximarnos a la realidad que afrontan las mujeres en la sociedad colombiana y que las convierte en personas vulnerables para las redes de trata de personas.

 

La Relatora Especial sobre Violencia Contra la Mujer anotó lo siguiente en relación a las causas que constituyen la raíz de la Trata de Personas:

 

54. Las causas que constituyen la raíz de la migración y la Trata se entrecruzan en gran manera.  La falta de derechos reconocidos a las mujeres sirve como el factor causal primario en la base tanto de la migración  femenina  como  la  Trata  de mujeres.  Mientras que tales derechos encuentran expresión inevitable en constituciones, leyes y políticas, a las mujeres les sigue siendo negada la plena ciudadanía porque los Gobiernos no protegen ni promueven los derechos de la mujer (...) Al existir negligencia en cuanto a la protección y promoción de los derechos civiles, políticos, económicos y sociales de la mujer, los Gobiernos generan situaciones propicias para el florecimiento de la Trata de Personas[34].

 

Factores que con frecuencia contribuyen a la Trata[35]:

 

·        Pobreza y desempleo.

 

·        Globalización de la economía.

 

·        Feminización de la pobreza y de la migración.

 

·        Estrategias de desarrollo, por ejemplo, el turismo.

 

·        Situaciones de conflicto armado.

 

·        Discriminación en razón del género.

 

·        Leyes y políticas sobre la migración y el trabajo de migrantes.

 

·        Leyes y políticas sobre prostitución.

 

·        Corrupción de las autoridades.

 

·        Utilidades altas.

 

·        Participación del crimen organizado.

 

·        Prácticas culturales y religiosas.

 

A continuación se examinarán algunos de estos factores que contribuyen a la Trata de Personas.  La pobreza y el desempleo no se tratan en forma individual sino que se incluyen como factores relativos a la economía y migración.

 

2.5.1 Globalización de la economía. La economía colombiana atraviesa por una situación difícil, motivada por el fuerte déficit fiscal, la crisis de la industria de la construcción, las altas tasas de interés, el desempleo creciente, etc.  Todo parece indicar que la situación tiende a empeorar. 

 

La crisis económica de Colombia está influenciada por una crisis en el ámbito internacional.  La tendencia a una globalización de la economía, con unas políticas neoliberales, que causa empobrecimiento de amplios sectores sociales, sobre todo de las mujeres.  La apertura económica, como parte de las políticas de globalización, ha afectado la industria nacional, al ingresar productos del exterior que son más baratos y hacen que las industrias nacionales no puedan competir.  La globalización de la economía está causando rebajas en prestaciones y cambios en los sistemas de contratación. Cada vez hay más empleo temporal y subcontratación, sobre todo en sectores económicos donde trabajan mucha mujeres. Estas tienen cada vez menos oportunidades de encontrar un empleo en el sector formal, siendo empujadas a trabajar en el sector informal, como el servicio doméstico, venta ambulante y la industria del sexo[36].

 

La desigualdad crece, tanto a nivel interno como entre países. Esta desigualdad económica entre países, hace que el exterior aparezca, para miles de desamparados, como una alternativa cada vez más atractiva.  Por ejemplo, la desigualdad entre Japón a otros países es considerado como uno de los factores que aumentan la Trata de Personas[37].

 

En el país la pobreza cobija al 60% de la población, aproximadamente 20 millones de  colombianos se encuentran en condiciones de pobreza de los cuales 12 millones viven en indigencia o pobreza extrema.  UNICEF Colombia, estima que 6.500.000 niños viven en la pobreza, es decir el 38.9% de la población de niños.  El 17.5%, o sea, 1.137.500 de niños y niñas, viven en situación de miseria[38].

 

De acuerdo con el DANE (Departamento Administrativo Nacional de Estadística) la tasa de desempleo para el mes de marzo de 2003 fue del 13%.  Los anteriores datos indican la vulnerabilidad a la que está expuesta gran parte de la población colombiana a la Trata de Personas.

 

Según datos entregados por las Naciones Unidas, la gran mayoría de las víctimas de Trata son trasladadas a Alemania, Estados Unidos e Italia, en cuarto lugar de destino se encuentra Holanda y en el quinto lugar se ubica Japón.  La misma institución sostiene que 4% de las víctimas son hombres y el 50% son niños, en este tipo de población la Trata normalmente va dirigida a la explotación laboral[39].

 

En Colombia no existe el seguro de desempleo ni el sistema de seguridad social universal que se da en otros países, por ejemplo, en la Unión Europea.  Lo que hace que la situación de los desempleados sea más crítica y desesperante.

 

Analizando esta situación, se ve que las ciudades más afectadas por la Trata de Personas presentan índices muy altos de desempleo.  Este es el caso de Cali, Manizales, Medellín, Bogotá y Pereira[40].

 

2.5.2 Migración y feminización de la migración. Las reformas económicas han sido particularmente severas para las mujeres. Más y más mujeres son cabeza de familia y soportan el peso financiero de criar hijos. Esto es especialmente cierto en los hogares rurales en los que los esposos con frecuencia se desplazan a trabajar la mayor parte del tiempo en un pueblo o una ciudad y con frecuencia no envían nada de lo que ganan al hogar. Al mismo tiempo, los salarios de los hombres han bajado, por lo que mientras anteriormente un ingreso podía proporcionar el sustento de una familia, ahora se requieren dos.

 

En consecuencia, algunas mujeres buscan trabajo u oportunidades para sostener a sus hijos o a sus hermanos menores; algunas emigran para casarse; otras mujeres emigran para escapar de situaciones de violencia doméstica. Debido a su limitado grado de educación, las oportunidades y las opciones de empleo para las mujeres son extremadamente limitadas, tanto en su país como en el exterior. Las mujeres, especialmente las mujeres migrantes de los países en vías de desarrollo, encuentran entonces empleo en el entretenimiento, como trabajadoras sexuales, trabajadoras en fábricas y en empleo doméstico. Estas son las pocas opciones de empleo que están al alcance de ellas si desean migrar para buscar trabajo. La otra opción  es el matrimonio. Con mayor frecuencia, el matrimonio es la forma más sencilla de obtener status legal con el fin de vivir y trabajar en un país en el exterior.

 

Más directamente,  las restricciones en los canales para la migración obligan a las personas que se desplazan a asumir riesgos. Estas personas pueden requerir la asistencia de un agente que les ayude a encontrar ‘un buen trabajo’ en el exterior. Este proceso es costoso y puede ser peligroso. Agentes inescrupulosos e intermediarios podrían aprovecharse de sus clientes, las condiciones de trabajo y los salarios pueden no ser lo que se les prometió, o se podría acumular una deuda cuantiosa por la ayuda en la migración y la consecución del empleo[41].

 

2.5.3 Discriminación en razón del género. La discriminación por el género es una razón muy fuerte por la cual son las mujeres y niñas quienes constituyen la mayor parte de las personas tratadas.  La discriminación en razón del género se demuestra en el bajo status de las mujeres cuando se las compara con los hombres, especialmente en los países en vías de desarrollo, la carencia de educación para las niñas, la expectativa de que la mujer desempeñe ciertos papeles y que sea prácticamente la única responsable de sus hijos, al igual que la discriminación contra las mujeres en la participación política, la sexualidad, las costumbres y las prácticas sociales. La discriminación por el sexo se encuentra arraigada especialmente en la estructura del mercado laboral y en las oportunidades de empleo a las que pueden acceder las mujeres, pero también en nuestras sociedades patriarcales en general. Una perspectiva feminista para la protección de los derechos de las personas migrantes y traficadas es importante con el fin de asegurarse de que las acciones que se emprendan no obren para malversar o poner en peligro los derechos de las mujeres[42].

 

Hace falta una educación de género que refuerce la idea que las mujeres pueden ser más que solo madres. Antiguamente se enseñaba a las mujeres que su destino era ser esposa y buena madre. Esto se nota en el número de menores de edad con hijos, que es considerable. Es importante que las mujeres jóvenes tengan también otros sueños en la vida, con respecto a educación y trabajo por ejemplo. Además, se necesita un cambio de mentalidad en los hombres, para que también se sientan responsables de la crianza de sus hijos.

 

2.5.4 Estrategias de desarrollo: crecimiento de la industria del entretenimiento sexual. Ya se ha considerado el efecto de las estrategias de desarrollo, tales como la industrialización bajo la globalización. Indudablemente, la promoción del turismo sexual como estrategia de desarrollo también es un factor que contribuye a la Trata de Personas para propósitos de prostitución.  No se pretende equiparar el turismo sexual con la Trata. No obstante, existe una conexión entre el flujo de extranjeros relativamente pudientes en busca de sexo en los países en vía de desarrollo y el desplazamiento de mujeres hacia la industria del sexo para satisfacer esa demanda.  No obstante, una gran parte de dicho movimiento es voluntario y, por ende, no es ‘Trata’.

 

Los estudios revelan que el turismo sexual del exterior en algunos países pobres representa apenas un porcentaje pequeño del crecimiento de la industria del sexo y la Trata.  La abrumadora mayoría de los clientes en esos países son hombres locales, y la mayoría de las niñas o mujeres que son víctimas de la Trata de Personas provienen de las regiones más pobres del país o de países vecinos más pobres[43].

 

En  los  países  desarrollados  donde  el status económico de la mujer ha

mejorado, no hay suficientes mujeres que quieran trabajar voluntariamente en la industria del sexo. En consecuencia, la migración para trabajar en la industria del sexo se ha incrementado, pero el hecho de que el trabajo sexual es ilegal para los migrantes en la mayoría de países aumenta el riesgo de Trata de trabajadores sexuales migrantes.

 

Un informe de la Organización Internacional para las migraciones sobre la situación en el Japón, menciona la demanda de mujeres extranjeras como una de las causas del aumento del Tráfico de Mujeres hacia dicho país: ‘Existe una preferencia por mujeres extranjeras, porque requieren menos atención, su presencia atrae clientes al club, son más atractivas, etc.  Además, existe una demanda por suplir la falta de personas en empresas pequeñas y medianas y la industria del sexo[44].

 

En los países de Europa Occidental los hombres quieren mujeres diferentes, exóticas, como se evidencia en el siguiente testimonio:

 

Claudia:  “Por qué el alemán nos busca?. Es que tenemos esas ganas de vivir, tenemos como ese calor en la sangre, esas sonrisas que ellos no las tienen, precisamente por ello nos buscan a nosotras.  Y nosotras nos vamos más al lado humano. En este trabajo se tiene que utilizar la psicología, porque muchas de nosotras somos sus consejeras”[45].

 

En resumen, la demanda tiene dos aspectos: el primero, los estereotipos existentes con respecto a las mujeres extranjeras, y el segundo, la situación de dependencia en la que se encuentran muchas de estas mujeres, haciendo que sean más fáciles de abusar y explotar.

 

2.5.5 Leyes y políticas sobre migración. Los países de Europa Occidental y Norteamérica están restringiendo cada vez más el ingreso a sus países. En este sentido, el negocio de la Trata resulta atractivo en el momento que las mujeres que van a migrar encuentran dificultad para conseguir visa, falta de protección laboral para ilegales, etc. Las mujeres pagan más cuando es más difícil entrar a un país, siendo explotadas con más facilidad y aumentando la dependencia de los tratantes.

 

A pesar de la necesidad creciente de todas las modalidades de trabajo migrante, las leyes de inmigración en los países de destino no satisfacen la demanda. Existe una necesidad comprobada de mano de obra en ciertos sectores tales como el trabajo doméstico, el entretenimiento, las industrias agrícolas y de confección, porque dicho trabajo con frecuencia se paga más barato o se considera indeseable para los ciudadanos de los países desarrollados. Por lo tanto, existe una flagrante contradicción entre la necesidad de mano de obra y las políticas represivas contra la migración. Las mujeres de los países en vías de desarrollo que viajan solas son especialmente el blanco de los funcionarios de inmigración y con frecuencia se les niega la visa y el ingreso a otros países. El efecto resultante de las leyes y políticas represivas para la migración es que las personas que están desesperadas por viajar se inclinen más a utilizar agentes y a otros para facilitar su migración, algunas veces hasta valiéndose de documentos falsos y modalidades ilegales de viaje y de ingreso.

 

En las situaciones de conflicto armado, aun cuando las mujeres raras veces están comprometidas en combate activo, sí sufren los demás efectos del conflicto. Las mujeres son especialmente vulnerables al abuso sexual y al servicio doméstico obligado por parte de las fuerzas combatientes. Muchas personas se empobrecen y son desplazadas en razón de las guerras y los conflictos armados. Tienen que abandonar sus tierras a fin de sobrevivir y/o sostener a sus familias. La carencia de medios legales viables para migrar significa que las personas tienen que asumir riesgos enormes en la búsqueda de trabajo en el exterior. En muchos casos esto las ha llevado a caer en manos de tratantes[46].

 

2.5.6 Corrupción de las autoridades. La corrupción de las autoridades juega indudablemente un papel significativo al facilitar el proceso de la Trata de Personas. La Relatora Especial de las Naciones Unidas para la Violencia Contra la Mujer ha informado de altos niveles de participación y complicidad del Gobierno[47]. Hay funcionarios que aceptan sobornos de los tratantes a cambio de permitirles cruzar fronteras y podrían estar directamente involucradas algunas autoridades. Por ejemplo, existen informes de complicidad directa tanto de funcionarios birmanos como tailandeses en la Trata de Mujeres birmanas hacia Tailandia. Algunas mujeres informaron de casos en que fueron transportadas a Tailandia por policías uniformados, armados y con frecuencia en vehículos de la policía.  Una vez en Tailandia, los policías protegen los burdeles y son clientes de los mismos[48].

 

2.5.7 Prácticas religiosas y culturales. Prácticas religiosas y culturales tales como el ‘trokosi’[49] en Ghana o las similares ‘devadasi’ y ‘devaki’ en India y Nepal, muestran claramente cómo la Trata de Personas y las prácticas esclavistas pueden llegar a ser institucionalizadas y aceptadas por una sociedad, como una práctica cultural normal. El ‘trokosi’ fue declarado como una violación de los Derechos Humanos de la mujer en 1997 y en 1999 se le declaró como práctica ilegal en Ghana. Sin embargo, los tradicionalistas conservan la práctica y aún hoy miles de chicas y jóvenes mujeres continúan bajo el ‘trokosi’, la ‘devadasi’ y la ‘devaki’[50].


 

3. MODUS OPERANDI DE LAS BANDAS DE TRAFICANTES DE PERSONAS

 

Las  organizaciones dedicadas al comercio de personas poseen sus centros de operación principalmente en la región norte del Brasil, la región suroeste y central de Colombia (Eje Cafetero) y en la República Dominicana, países y sectores de donde proceden la mayoría de las mujeres dedicadas al comercio sexual internacional.

 

Estas mismas organizaciones han extendido sus campos de acción al Uruguay, Argentina, Venezuela y Panamá, que son empleados como países de tránsito para mujeres que van a Europa y otros continentes o para aquellas que están de regreso a sus países de origen.[51]

 

El fin primordial de los traficantes es la productividad laboral de las víctimas. Obtienen mayor lucro mediante la explotación sexual, dividiendo los pagos de los clientes con los intermediarios y con las propias mujeres.  Los servicios que las organizaciones ofrecen a sus víctimas son: hospedaje, alimentación, vestuario, atención médica, comunicación con la familia, trámite de documentos para salir del país, entre otros.  Estos gastos son sufragados posteriormente con el dinero que les corresponde de las ganancias.

 

Las organizaciones dedicadas a la trata de personas están integradas por  personas  que  tienen  conocimiento  en  cada una de las diferentes

[1]

tareas, tales como:

 

 

 

 

 

3.1 PROCESO DE ENGANCHE

 

- Aviso de prensa. Mediante aviso clasificado. Al llamar o contactarse, generalmente toman los datos y fijan una cita, normalmente estas se hacen en un centro comercial o en lugares concurridos con el fin de dar seguridad a la víctima.

 

- Academias de modelaje.  Estas se anuncian en la calle mediante volantes que se reparten a mujeres jóvenes y bonitas para engancharlas;  también mediante personas que estas organizaciones ubican  en ciertos sitios tales como centros comerciales, agencias de empleo, discotecas-tabernas, entre otras.  Estas personas esperan a la víctima, se identifican como empleados de una agencia de modelaje y convencen a la mujer.

 

- Colegios y universidades.  Las organizaciones tienen sus contactos en los colegios mediante profesores, ellos observan a la estudiante, descubren sus debilidades, problemas en el hogar y les insinúan una mejor vida.

 

- Agencias matrimoniales. Al llegar a la supuesta agencia, observan a la persona y la fotografían sin que ella lo sepa;  si les parece buena candidata la seleccionan y continúan el proceso de las fotos y promesas de un esposo en otro país, pero para conocerlo debe viajar a ese país.

 

- Damas de compañía. A los jóvenes se les informa a cerca de  trabajar en prostitución en sitios elegantes con clientes de un buen nivel económico.  No se les informa de la deuda contraída.

 

Otros métodos de reclutamiento son:

 

·        Por Internet

·        Establecimientos de bingo

·        Discotecas

·        Becas estudiantiles[52]

 

- Clases de oferta. El contacto está estrechamente ligado con lo que se le va a ofrecer a la persona que se contactó, es decir, con la oferta.  Aquí comienza a operar la creación del espejismo para la víctima.  Las ofertas que se hacen, siempre  se refieren a la  posibilidad de mejorar sustancialmente el proyecto de vida actual.

 

Buscan deslumbrar a las víctimas, planteándoles que en períodos de tiempo cortos podrán solucionar problemas actuales, así ilusionadas con la opción que se presenta deciden aceptar con prontitud. Las ofertas son de trabajo, de estudio o afectivas.

 

1. Ofertas de trabajo: Plantean la posibilidad de obtener un trabajo que no exige experiencia ni una formación académica particular.  Son para trabajos de baja calificación en servicio doméstico, actividades agrícolas, modelaje, cuidado de niños o ancianos, entre otros.  Las ofertas de trabajo siempre incluyen el logro de un beneficio económico que, de otra forma, la persona no lo podría lograr.

 

 Ejemplo:

Cuadro de texto: Importante empresa requiere personal para trabajar en Alemania, excelente salario, facilidades para viajar, préstamos hipotecarios, trámite de documentos y obtención de visa: Tel: 0000000
 

 

 

 

 

 


2. Ofertas de estudio: Las ofertas de estudio algunas veces se cambian también con una oferta de trabajo que le permitiría a la persona alternar ambas actividades.  Estas ofertas están dirigidas  la población joven.

 

Ejemplo:

Cuadro de texto: Se requiere personal joven para trabajar y estudiar en el exterior; requisitos: edad entre 18 y 25 años, ser bachiller y tener disponibilidad inmediata.  Tel: 0000000
 

 

 

 

 

 


3. Ofertas Afectivas-Matrimonio: Se refiere a ofertas para establecer relaciones de pareja en noviazgos o matrimonios con personas del exterior.

 

“Desde España y por medio  de Internet, un ciudadano español utiliza este servicio de comunicación para engañar mujeres colombianas, ganándose primero su confianza y luego haciéndolas viajar hasta la madre patria.  Una vez llegan allí, el comportamiento del hombre sigue siendo el de un caballero, pero pasado un tiempo las cosas cambian. Los abusos y maltratos son constantes y el “principie azul” se convierte en un “ogro” que se droga y toma absoluta potestad de la voluntad de su víctima”

 

4. Ofertas afectivas-adopciones: Se hace el ofrecimiento de conseguir una familia adoptante que proporcione una mejor calidad de vida a un niño en particular. 

 

·        La persuasión: Es un mecanismo crítico que opera durante toda la fase de reclutamiento y quizás durante toda la situación de trata de personas.  Se refiere a los diferentes argumentos que utilizan los tratantes  para convencer a las personas para que muerdan el anzuelo, caigan en el espejismo y actúen  a su merced.

 

En esta etapa de reclutamiento se garantiza que la persona acepte la oferta de los tratantes y acceda a seguir los pasos que le proponen para llegar al destino. El presentar una propuesta en particular implica que quien la recibe tome una decisión de aceptación o rechazo. Para este momento los tratantes conocen bien a la persona, su entorno familiar y social. Por lo tanto han identificado sus carencias económicas o afectivas para proponerle una solución, se apoyan además en la red de amigos y parientes para ejercer presión, se ganan la confianza de ella y si es necesario la de su familia también. Con buenos argumentos ofrecen llenar los vacíos económicos, emocionales y hasta intelectuales, facilitando la toma de decisiones  para que acepten y en caso positivo, los tratantes participan activamente en los preparativos que implica la aceptación.

 

El poder de persuasión es tal que llega a que algunas personas acepten viajar portando documentación falsa. Los tratantes convencen a las personas diciéndoles que es la única opción para los colombianos, argumentando que la entrada a los diferentes destinos  es muy difícil, que es necesario esconder la nacionalidad colombiana para que las personas acepten portar documentación falsa. Esto las expone a ser detenidas por las autoridades bien sea en Colombia o en el exterior.

 

3.2 ANÁLISIS DE LA MUJER

 

Se inicia con una prueba de fotografía en la que se analizan las características físicas de la mujer, se continúa con el estudio y análisis de la persona, desde su aspecto psicológico y cognoscitivo.

 

- Personalidad. Se trata de establecer su carácter, su personalidad, si es inestable, manejable, persona nerviosa, si se quiere ir de su casa, si tiene problemas, si se le puede inducir a consumir drogas, si ingiere licor.

 

- Grado de escolaridad. Qué grado de cultura intelectual y  académica posee, si puede representar un problema en el futuro; se buscan mujeres de bajo nivel de educación, que preferiblemente no dominen otros idiomas, de esta manera se limitará la comunicación con el cliente y posibles intentos de fuga con la complicidad del mismo.

 

- Posición socioeconómica.  Dos son especialmente buscadas: media  o baja. Casi nunca utilizan personas de clase alta, por que ellas serán en un futuro un problema.

 

- Experiencia. Se analiza la experiencia de la reclutada determinando si conoce métodos de activación sexual[53].  Se comprobó en una organización de Armenia (Colombia), que uno de los miembros era  quien calificada a las jóvenes, es decir que las accedía carnalmente, para valorarlas y luego se les explicaba  cómo mejorar sus tácticas en el arte del amor; eran entrenadas por otras mujeres que les daban toda clase de consejos y enseñaban las técnicas sexuales. También son puestas a trabajar en lugares reservados con el fin de adquirir mayor experiencia y perder el temor.

 

3.3 INTRODUCION A LA DROGA Y PREPARACIÓN

 

Una vez analizadas todas las aptitudes de la enganchada se le induce al consumo de drogas y de licor. En este período la persona ya no puede retirarse del negocio, ya que en ella se ha invertido dinero, tiempo y hay muchas expectativas.

 

3.4 PREPARATIVOS DEL VIAJE Y LA DEUDA

 

En el caso del tráfico internacional, una vez la persona toma la decisión de aceptar la oferta, los tratantes se encargan del trámite para la obtención o renovación del pasaporte y de la visa, si se requiere. Igualmente se encargan de la compra de los pasajes, la consecución de las respectivas cartas de invitación, del registro en un hotel en el que supuestamente se va a hospedar y entregan el dinero suficiente para demostrar el sostenimiento al ingresar en un determinado país.

 

Para financiar todo lo anterior, en algunos casos las personas contraen una deuda con los tratantes. Esta deuda se respalda con pagarés, letras de cambio o con la hipoteca de algún bien raíz de la familia o de algún conocido. En otros casos, hay un acuerdo verbal a través del cual la persona se compromete a pagar con el trabajo ofrecido.

 

A continuación se presenta el ejemplo de un pagaré firmado por una víctima de trata de personas.  En el caso de la  trata interna a la persona se le dan los pasajes, ya sea por vía terrestre o aérea, se le entrega el dinero que implica el desplazamiento, se le suministra la ropa necesaria y adecuada para el viaje y posterior trabajo. De la misma manera que en el caso de trata de carácter internacional, en algunos casos se adquiere una deuda que será respaldada con el trabajo que va a desempeñar[54].

 

“PAGARE A LA ORDEN

No.

 

Fecha de vencimiento:_______________________________________

 

PATRICIA PEREZ, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía No. 35.463.258 de Bogotá D.C, y/o JUANITA DOMÍNGUEZ, también mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía No. 35.258.269 de Cali, pagare(mos) incondicional, solidaria e indivisiblemente  a la orden de ROBERTO GOMEZ, mayor de edad , identificado con la cédula de ciudadanía  No. 19.958.236 de Cali, en la ciudad de Cali, país Colombia, o en la ciudad de Dusseldorf, país de Alemania la suma de CUATRO MIL SETECIENTOS DOLARES Moneda Legal Estadounidense (US$4.700,oo) que cancelaré(mos) de la siguiente forma:  1ra CUOTA de MIL DOLARES moneda Legal Estadounidense (US$1.000,oo), y que deberé(mos) cancelar finalizadas las dos (2) primeras semanas de trabajo en la fecha ________________________________________________, la fecha de inicio del contrato  de trabajo es el 25 de julio de 2003 en la ciudad de Dusseldorf, país Alemania, la 2da CUOTA  DOS MIL QUINIENTOS DOLARES moneda Legal Estadounidense (US$2.500.000,oo), a las cuatro (4) semanas siguientes  del pago efectivo de la primera cuota, fecha ________________________________________________,  la 3ra CUOTA  MIL DOSCIENTOS DOLARES moneda Legal Estadounidense (US$1.200.000,oo), a los tres (3) meses siguientes  contados a partir de la fecha de inicio del contrato de trabajo, fecha  de pago ___________________.  Si por cualquier razón, ya sea por fuerza mayor o caso fortuito es deportada la(s) deudora(s) a su lugar de origen (Cali-Colombia), se compromete(n) a cancelar por todo concepto de la obligación, la suma de TRES MIL DOLARES Moneda  Legal Estadounidense (US$3.000,oo) cantidad que deberá ser cancelada en la fecha ___________________.  Además de las sumas anteriormente descritas, a la(s) deudoras(s) se les entregará la cantidad de DOS MIL DOLARES Moneda Legal Estadounidense (US$2.000,oo),  que deberá devolver a la orden acreedora en el término de veinticuatro horas (24) de haber llegado a su destino en la ciudad de Dusselfor –Alemania, o en la ciudad de Cali-Colombia en igual tiempo si la(s) deportan.

En caso de mora en el pago de una cuota, se extinguirá el plazo y será exigible de inmediato el pago de la totalidad de la deuda pendiente, sobre la cual se causará a título de indemnización un interés moratorio del 4% mensual.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 622 del Código de Comercio Colombiano, o en su defecto la norma extranjera que le sea compatible, autorizo(mos) en forma permanente e irrevocable,  a llenar en este pagaré los espacios en blanco correspondientes a la forma y fecha de vencimiento y cuantía.

 

El pagaré podrá ser llenado, sin aviso previo, de acuerdo con las siguientes instrucciones: a) La cuantía será igual al monto de todas las sumas en Dólares Moneda Legal Estadounidense y que por cualquier concepto le esté debiendo a ROBERTO GOMEZ, el día que sea llenado;  b) el interés moratorio pactado en este pagaré se entenderá a su equivalente en la moneda legal extranjera arriba anotada;  c) La fecha de vencimiento será la del día en que el título valor sea llenado”.

 

 

3.5 ENVIO AL EXTERIOR

 

Es la etapa final de esta modalidad delictiva en la cual son enviadas las personas al exterior. La persona puede usar para ese efecto documentación legal o ilegal.

 

La documentación legal es cuando la víctima porta sus propios documentos, pasaportes y demás para lograr la visa de salida a otro país, casi siempre en puente, como se explicó anteriormente.

 

La documentación ilegal, utilizada en la mayoría de los casos, es utilizada  por la organización cuando la víctima carece de documentos y ellos los obtienen de manera fraudulenta.

 

Al llegar a su destino, a las víctimas se les despoja de sus documentos, se les cambia su identidad y se les obliga a cancelar el pago de una cuota. Así mismo deben trabajar para comer y se les restringe su regreso al país de origen.

3.6 EXPERIENCIAS EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA

 

En el Departamento de Risaralda, el CTI de dicha ciudad realizó el seguimiento a una red de trata de mujeres que operaba con personas en Manila, Japón y Miami, que cubrían todos los frentes[55]:

 

1) Consecución de las mujeres, trámite de documentos (pasaportes, visas).

 

2)  Acompañantes hasta el lugar de destino.

 

3) Encargados de la recepción y ubicación en clubes nocturnos, burdeles, etc.

 

Según el informe del CTI, el modus operandi, es el siguiente:

 

1) Generalmente mujeres mayores de edad, bien presentadas, esperan en las salidas de los colegios, centros comerciales, discotecas y otros sitios similares. Observan cuidadosamente a los estudiantes jóvenes, analizando su comportamiento. Una vez establecido el objetivo realizan seguimientos tendientes a establecer el lugar de residencia y cuáles son las amistades con el fin de obtener datos acerca de su ámbito familiar.

 

2) Después de estudiar rigurosamente a la víctima, se busca el acercamiento entablando diálogo con el propósito de lograr su confianza.

[1]

3) Acto seguido ofrecen contratos de modelaje con excelentes remuneraciones y la adquisición de ropa elegante (la que supuestamente deben modelar).

 

4) Una vez logran captar el interés de las jóvenes, les aconsejan que deben guardar silencio, en especial con sus padres y familiares, porque de lo contrario se daña el negocio.

 

Otra forma de captar víctimas, es el siguiente:

 

1) Generalmente mujeres, simulan la organización de excursiones al exterior, teniendo como verdadera intención la de reclutar a jóvenes estudiantes, prometiéndoles trabajo permanente como cuidar ancianos y niños.

 

2) Al llegar al país extranjero las jóvenes se encuentran con una realidad distinta, ya que son tratadas cruelmente, despojadas de sus documentos, amenazadas de muerte, de ser entregadas a las autoridades, o peligros para la familia.

 

3) Un número considerable de jóvenes son conscientes de lo que van a hacer y simplemente por necesidades económicas buscan hacer contactos con estas agencias, quienes las reciben y las envían al exterior, la mayoría de las veces con documentos falsos y en algunas ocasiones transportando estupefacientes.

 

4) Después de hacer el contacto, a las jóvenes reclutadas les hacen firmar letras de cambio por el valor de los gastos. Dichos documentos sirven para comprometerlas y obligarlas a pasar un porcentaje adicional  que tiene que entregar en el sitio de trabajo.

 

En algunos casos las personas que hacen la oferta han pasado por situaciones de trata, y en la actualidad se desempeñan para las redes de tratantes de personas haciendo contactos para captar nuevas víctimas. En el caso en el que el contacto lo haga una persona desconocida, busca impresionar a la víctima potencial mostrándose como prestantes empresarios, capaces de ubicar laboralmente a la persona en el exterior, con muchos ingresos[56].

 

Es importante conocer las formas de reclutamiento, pues la mimetización que logran los tratantes de personas en el entorno social, con la empresa fachada y otras estrategias como utilizar personas cercanas a la víctima a ganarse la confianza de sus familiares, impide la evaluación objetiva del riesgo haciendo que las personas caigan con mayor facilidad en las redes de los tratantes de personas: “imposible que me vayan a someter a una experiencia de trafico, pues la oferta me la está haciendo mi mejor amiga”.

 

A continuación se ilustran las modalidades de contacto:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


·        Un ejemplo de contacto directo individual por iniciativa propia.

 

Soy de nacionalidad colombiana, vivo con mis padres y tengo dos hijos.  Debido a la precaria situación económica por la que estaba atravesando con mi familia, decidí trasladarme a España con el objetivo de reunir dinero para enviarlo a mi familia, busqué un contacto en Colombia que me informó como trasladarme a España y trabaja allí en un club.  Al llegar a España el contacto me esperaba y me llevó a un club en León.

 

Debido a las precarias condiciones en las que me obligaban  a trabajar, decidí escaparme, logré contactar a la policía y puse una denuncia por amenazas, coacciones y contra los derechos de los trabajadores relativos a la prostitución. En el momento de abandonar el club mi deuda ascendía a 800.000 pesetas”[57].

 

En este caso vemos como la persona misma busca el contacto que le ayude a salir del país con el fin de mejorar su situación económica.  Aún así, se encontró con precarias condiciones laborales que no soportó y por ello se escapo.  Aquí  es importante tener en cuenta que esta persona sabía que iría a trabajar en prostitución, pero lo que no sabía desde antes eran las condiciones en que estaría. Este hecho constituye el engaño que junto con el resto de la situación configuran un caso de trata de personas.

 

·        Ejemplo de contacto individual directo por iniciativa ajena:

 

“Una amiga que trabajaba en un establecimiento de venta en comidas rápidas me dijo que tenía un amigo de Bogotá que mandaba niñas a Japón, para trabajar en restaurantes colombianos, atendiendo mesas o en la cocina.

 

Le dije que había oído que se llevaban las niñas a trabajar en prostitución pero ella me dijo que su amigo era muy serio y que no haría algo como eso. Yo le dije que siendo así me gustaría conocer un poquito más sobre su oferta. A los quince días el señor me llamó, le pregunté sobre las condiciones del viaje, que cuánto tenía que pagarle, el me dijo que 15 millones de pesos. Todo era tan bueno que yo acepté por que era amigo de mi amiga y yo confiaba en ella”[58].

 

En el ejemplo vemos que la persona no está buscando una oportunidad, pero una amiga suya le hace el ofrecimiento y acepta. La única duda que tiene se la manifiesta a su amiga respecto de una posible explotación en prostitución, pero ella la tranquiliza diciéndole que el amigo es serio y no haría una cosa de esas.

 

Este es uno de los hechos más difíciles de manejar a la hora de hacer prevención y de orientar la evaluación del riesgo por parte de la persona que está estudiando un ofrecimiento particular. La confianza que reina en el ambiente frente a la propuesta impide que se tome una decisión bien informada, no se busca información adicional, la información que aporta esa persona cercana a la posible víctima es confiable y suficiente.

 

·        Ejemplo de contacto Individual e Indirecto.

 

“Soy secretaria, chateando por Internet conocí a un austriaco, el vino a Colombia conoció a mi familia y nos casamos, cuando nos fuimos para Austria tuve mi primer hijo con él, me lo quitó y no supe más de mi hijo, me encerró y no me dejó salir.

 

Tuve dos hijos más con él y también desaparecieron, no se que hizo con ellos; logré escapar y regresar a mi país. He hecho gestiones para encontrar a mis hijos y no lo he logrado”[59].

 

Es una forma muy reciente de contactar a las víctimas de trata y generalmente se gana la confianza de la persona a través de intercambio por Internet.  En estos casos es muy difícil la evaluación del riesgo pues avanza una relación que va generando la suficiente confianza en la posible víctima y termina aceptando diferentes ofrecimientos por parte de un interlocutor virtual.

 

·        Ejemplo de contacto colectivo directo.

 

“Yo tengo deseos de viajar a otro país.  En la última reunión que fuimos el domingo, se reúnen con 360 desplazados, por el poblado se habla de gente que viaja. Nos gusta mucho asistir a estas reuniones. Allí me contaron de un viaje que estaban organizando para España. Otros se fueron para Francfort, se fueron como 30 personas, me explicaron que aquí les daban los pasajes y allá les descontaban a poquitos. A otros  los llevaban y les daban alojamiento y comida.  Dicen  que ellos están bien organizados. Las familias no eran muy grandes”[60].

 

A través de la convocatoria de grupos específicos, se contactan grupos de personas en especial para ofrecerles trabajo en cultivos, fábricas y construcción. En  estos casos responden a la oferta varias personas y entran en una especie de proceso de selección que conduce finalmente a

la toma de decisiones frente a la oferta. 

 

·        Ejemplo de contacto indirecto colectivo.

 

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Los tratantes de personas presentan avisos clasificados en prestigiosos medios de comunicación en los que aparecen diferentes ofertas.  Estas ofertas están generalmente ligadas a la existencia de empresas fachada con instalaciones que permiten a los tratantes realizar un proceso de selección.  Muchas de estas oficinas luego desaparecen como parte de magia.

 

El rapto y el robo constituyen otra  modalidad para captar víctimas y es precisamente a través del uso de la fuerza.  Este sería un reclutamiento en el que no se presenta la secuencia contacto-oferta-persuasión, simplemente se capta una persona a la fuerza, y se involucra en la cadena de trata.

 

“Yo vivía en el retiro, ya tenía tres hijos, un día en el bus me encontré con una mujer, mal vestida, con zapatos rotos me preguntó cuantos hijos tenía.  Yo le dije que tres, más el que estaba por nacer.  Ella me dijo que era madre comunitaria y me podía ayudar con el bebé que esperaba.  A los dos meses yo fui al Departamento, tuve mi niña y cuando tenía 45 días se apareció a mi pieza la misma mujer, dijo que ella estaba averiguando por gente para trabajar y se había encontrado otra vez conmigo. Me ofreció trabajo en una oficina y que llevara la niña.  Yo me fui con ella,  lleve la niña, cuando llegamos al centro me señaló un edificio que ahí era el trabajo.  Subimos a una oficina, cuando ella tocó la puerta se asomó un señor alto, barbado y me dijo que le entregara la niña; como yo no quería me dio una patada, yo caí y perdí el conocimiento. Cuando volví a levantarme ya ellos no estaban. La mujer era negra como yo, yo le dije que no parecía negra y ella me contestó que si era negra pero inteligente, no bruta como yo”[61].

 

3.7 CONTROL QUE EXISTE PARA CONTRARRESTAR  EL DELITO

 

La Policía Nacional ha establecido las siguientes acciones preventivas:

 

·        Presentaciones televisivas, socio-dramas, entrevistas a expertos, campañas de prevención.

 

·        Charlas y seminarios en colegios y universidades y asociaciones comunales.

 

·        Programas de sensibilización de la comunidad por parte de instituciones que trabajan en el tema.

 

·        Seminarios para el desarrollo de planes y objetivos institucionales de esta problemática en la SIJIN.

 

·        Programa por la vida y la esperanza.

 

·        Operaciones Especiales.

 

Es importante conocer el glosario de nombres con los que se identifica a los componentes de estas organizaciones delincuenciales, con los cuales enganchan a sus víctimas.

 

3.8 OPERACIÓN GAVIOTA: UN EJEMPLO DEL MODUS OPERANDI.

 

Para dar mayor comprensión al tema del modus operandi de las bandas de trata de personas, a continuación se relatará un caso específico denominado “OPERACIÓN GAVIOTA”[62].

 

- Información recibida el 04-04-00. Durante la primera semana del mes de abril del año 2000, en la ciudad de Cali, se recibió una información en la que una ciudadana ponía en conocimiento la existencia de una red de Trata de Personas que operaba entre Colombia, Panamá, España e Italia. Conformada por los ciudadanos colombianos Isabel alias “Chava”, Nancy, Nubia, Nelson, Lucero, Cielo y Martha, entre otros, que estarían ubicados en el municipio de Yumbo, Valle del Cauca, en los abonados telefónicos  6695472, 6695839,6696119 y 6570434, contando con manillas ubicadas estratégicamente en los países receptores y que dicha organización estaría enviando un promedio de 10 mujeres semanalmente a ejercer la prostitución en el exterior.

 

- Coordinaciones adelantadas. Se contacta a la fiscal, Jefe de la  Unidad de Reacción Inmediata (URI) de Cali y el Director Seccional de Fiscalías de Cali (E), para coordinar el inicio de la investigación, establecer el procedimiento investigativo a seguir y determinar reuniones de control de la investigación.

 

·        Con el Jefe Regional Administrativo de Avianca y Jefe de Reservas de Copa Airlines, para verificar las reservas de vuelos de las víctimas identificadas.

 

·        Con oficiales de cumplimiento de las casas de cambio Wester Unión y Titán Intercontinental, utilizadas para controlar el envío de dinero de las víctimas hacía los jefes de la organización.

 

·        Con el Jefe de Protección de Unitel y el Jefe de Seguridad de EMCALI, para la coordinación de la interceptación de 20 abonados telefónicos.

 

·        Con el Coordinador de Archivo de la Registraduría Municipal de Cali, para la consecución de las tarjetas biográficas de las víctimas e integrantes de la organización.

Se efectuó el planteamiento de la investigación denominándola “Operación Gaviota”.

 

- Desarrollo de la investigación

 

·        Comisión a la ciudad de Cali

·        Coordinación con la Dirección Seccional de Fiscalías de Cali y la Unidad de Reacción Inmediata (URI).

·        Localización de los lugares aportados en la información.

·        Ubicación de los comprometidos en la investigación.

·        Establecer inmuebles, lugar de residencia, de trabajo, movimiento económico de los integrantes.

·        Conocer el comportamiento migratorio de las personas sindicadas y de las víctimas.

·        Identificación, individualización y ubicación de las diecinueve personas integrantes de esta organización dedicada a la Trata de Personas.

·        Identificación e individualización plenamente de treinta víctimas de esta organización, quienes actualmente se encuentran en el exterior.

·        Seguimientos, vigilancias  y control permanente a cada uno de los integrantes.

·        Interceptación de veinte abonados telefónicos de la organización delictiva en Cali, Yumbo, Pereira y Medellín.

·        Interceptación de dos celulares, pertenecientes a los jefes de la organización.

·        Transliteraciones de conversaciones de las personas involucradas con la organización, obtenidas de las interceptaciones.

 

- Organización detectada y modalidad. Esta organización estaba compuesta  por 20 miembros en Colombia y cerca de 10 personas en el exterior, reclutaba  mujeres que eran enviadas para ejercer la prostitución en el exterior, donde eran recibidas y ubicadas en diferentes clubes y bares que manejaban los contactos de la organización en Panamá, España, Italia y Portugal.

 

Entre los modus operandi utilizados por esta organización se lograron detectar los siguientes:

 

·        Cartas de invitación. A través de la utilización de un documento que podía ser auténtico o falsificado, invitaban a la víctima a visitar a un familiar o conocido de los contactos manejados en el exterior para facilitarle la salida del país.

 

·        Como turistas.  Este método es empleado para dar apariencia de turista a la víctima, evitando levantar sospechas por parte de las autoridades de inmigración de cada país, contando con la participación de empleados de la agencia de viajes quienes le suministran un baucher hotelero y una ruta que facilite su ingreso al país de destino.

 

- Resultados. Durante el desarrollo de la Operación Gaviota se practicaron simultáneamente 16 allanamientos en las ciudades donde operaba la organización con los siguientes resultados, con 19 personas capturadas y la incautación de los siguientes elementos:

 

 

·        35 cartas de invitación.

·        18 pasaportes.

·        62 fotografías

·        52 letras de cambio por 10 millones de pesos para un total de $520.000.000

·        Agendas con listados de teléfonos.

·        Sellos de notarías españolas.

·        U$ 5.179 y dinero en efectivo colombiano.

·        16 certificados de tradición y libertad.

·        8 constancias de pago de letra de cambio por $2.000.000.oo cada una para un total de $16.000.000.oo

·        Comprobantes de cobro de giros para un total de $735.000.000 millones.

·        2 celulares.

·        Un maletín con documentación varia.

·        Documentos extranjeros.

·        Escrituras como soporte de pago de U$2.000

 

Dentro de la documentación incautada se pudo establecer que la organización manejaba un promedio de $1.200.000.000 en un período de tres meses.

 

- Conclusiones y recomendaciones. Es importante prestar atención a esta clase de investigaciones por considerar que esta modalidad delictiva va en alarmante crecimiento en nuestro país y el delito de trata de personas como tal, atenta contra la libertad sexual y la dignidad humana; derechos fundamentales de la persona.

 

Es prioritario pensar en la creación inmediata de alianzas estratégicas con policías e instituciones internacionales con el fin de fortalecer la actividad y capacidad investigativa y operativa frente al actuar delictivo de esta clase de organizaciones.

 

Son innumerables las narraciones de los casos de las víctimas del tráfico de trata de personas que acuden continuamente a nuestros consulados, entre otros al Japón, para buscar protección y apoyo  para regresar a territorio nacional. Los métodos de “engaño” utilizados por las mafias dedicadas a este tráfico, son disímiles. Las aparentes “colocas”, las aparentes ofertas de empleo, pasan por el de doméstica, camareras en hoteles de lujo, ayudantes en cruceros, enfermeras, niñeras, compañía para ancianos, vendedores de almacenes, modelos, meseras, ofertas de matrimonio, adopción de hijas, becas en colegios y universidades (especialmente en Estados Unidos), en las que se les crea por parte de estas organizaciones, expectativas sobre un futuro próspero y seguro.

 

Sus métodos de embaucación son tan increíbles, que la INTERPOL registró el viaje de muchas jóvenes como consecuencia de un pronostico o “lectura del futuro” realizado por parte de pitonisas que les auguran grandes éxitos, gracias a empleos que conseguirán en el exterior, donde abundaría el dinero y el confort en sus vidas. Posteriormente, cómplices de las “adivinadoras”, “hechiceras”, las abordaban de manera “coincidencial” ofreciéndoles empleos en el extranjero, los cuales como era de esperar, fueron aceptados en forma inmediata por jóvenes incautas. 

 

3.8.1 Testimonios sobre Modus Operandi. Sobre el particular se anotarán casos expuestos ante el señor Cónsul de Colombia en Japón y su asistente social[63].

 

- Jóvenes pereiranas de 20 años de edad detenidas en inmigración de Yujo: “...mis padres no tienen idea que yo estoy en Japón, ellos están convencidos que yo estoy estudiando con la beca en los Estados Unidos”.

 

- Joven colombiana en el consulado: “Fui contratada como interprete en una oficina muy elegante en Bogotá, por una señora que parecía muy responsable.  Me mostraron las fotos de los hoteles y de las niñas que trabajaban como interpretes. Nunca dudé, todo se veía tan serio; solo me exigían devolver el valor del pasaje aéreo en los primeros tres meses de trabajo y el salario era de dos millones de pesos.  Me hicieron examen de inglés y no tuve problema por que lo hablaba muy bien...Cuando llegué al aeropuerto, me trasladaron a una oficina muy pequeña en Tokio donde fui encerrada, inmediatamente me pintaron el pelo y fui brutalmente obligada a trabajar en prostitución, recibiendo clientes a diario. Como me negaba a trabajar, me pegaron horriblemente, siempre estaba obligada.  No paré de llorar y no podía dormir pensando como matar a esa señora que me había engañado...Logré escaparme y estoy aquí...Ayúdenme, han destruido mi vida”.

 

- Joven caleña de 28 años en el consulado: “...fui contactada por una señora Amparo en Bogotá, quien me ofreció trabajo de bailarina en Tokio y que me ganaría Y3.000.000 cada mes... Yo acepté porque era mi ilusión hacerme modelo y con ese dinero podría estudiar modelaje en Estados Unidos.  En el aeropuerto me recibió un japonés y me llevó a un apartamento en Shinjuhu y me encerraron 20 días, mientras llegaba Manilla Nakamura, él habla español muy bien. El me llevó obligada a ejercer prostitución en teatro. El me encerraba, me pegaba y me decía que si no trabajaba, mataba a  mi familia en Colombia. Yo no tuve otra salida que trabajar y pagarle por espacio de cuatro años todo lo que ganaba.  Me tocaba recibir hasta 30 clientes por día...”

 

- Joven de 20 años de Medellín ante el Consulado: “...Yo la llamé porque me dijeron que había una oportunidad de venir a Japón a trabajar en un almacén de venta de computadores, como vendedora...También me dijo que yo le debía tres millones de pesos por el pasaje para traerme, que cuando empezara a trabajar se los pagara... La primera noche me llevaron a la calle y me dijeron que tenía que trabaja ahí, lloré mucho...me ayudó a escapar una amiga...me golpearon y a mi amiga la patearon...yo le dije que yo no quería, pero ella me volvió a pegar, yo le dije que yo le pagaba su plata y me devolvía, que me dijera donde le consignaba mi madre en Colombia.  Ella me insultó y me dijo que yo no le debía 3.5 millones de pesos sino de yenes, que son como 80 millones de pesos...”

 

Como se puede apreciar, la presión e intimidación que ejercen las personas encargadas de reclutar, de recibir y de poner a trabajar a las mujeres, es muy fuerte. Estas personas muestran una realidad distorsionada, en la que las condiciones reales del viaje, del aparente trabajo y sus riesgos son ocultados.

 

Algo muy lamentable es que muchas de estas jóvenes, luego de haber durado años trabajando, sin dinero, enfermas, maltratadas, una vez han cancelado la deuda, logran efectivos contactos con la mafia y se transforman en manillas; y a manera de desquite continúan el sistema de crueldad utilizado sobre ellas por sus empleadores, contactando jóvenes en  Colombia, para repetir el proceso violento y traumático que ellas vivieron.


 

4. DIFERENTES DIMENSIONES DE LOS RIESGOS A  QUE ESTAN EXPUESTAS LAS MUJERES VÌCTIMAS DE LA TRATA DE PERSONAS

 

Al respecto existe la imperiosa necesidad de mostrar, en su verdadera dimensión, los riesgos a los que se enfrentan estas mujeres, informándole y mostrándole a la sociedad colombiana aspectos tales como:

 

4.1 SITUACIÓN EN EL LUGAR DE DESTINO

 

4.1.1 Pérdida del control sobre su propia vida – conciencia del engaño. Al llegar a su destino las personas comienzan a experimentar la pérdida de control sobre su vida. Se ven enfrentadas a culturas extrañas, con características muchas veces desconocidas. Son sometidas a condiciones de explotación, desarraigo y soledad en las que enfrentan su realidad y hacen conciencia del engaño[64]. Este es un momento crítico para las víctimas de la trata de personas, ya que es allí donde su sueño descubre su verdadera  cara convirtiéndose en la peor de las pesadillas.

 

La conciencia del engaño se puede presentar en cualquier momento, pero lo más común es que se presente al llegar a su destino.

 

 

 

 

Independientemente del momento en que ello ocurra, la primera reacción  de  la víctima es la de rehusarse a las exigencias de los tratantes, pero es aquí donde estos ponen en marcha sus estrategias de sometimiento; “las precarias y  difíciles condiciones a las que son sometidas. La vejación, humillación y el mal trato a que se exponen y que atenta contra su integridad física y la de sus familiares, con repercusiones psicológicas, generalmente de carácter irreversibles[65].

 

Cuando las mujeres llegan a los países de destino, en muchos casos les quitan los pasaportes, ellas quedan indocumentadas e indefensas ante la ley del país de destino. Las mujeres tienen que enfrentar violencia por parte de los tratantes y los clientes. Muchas son violadas antes de ser obligadas a trabajar en la prostitución, que parece ser una estrategia utilizada por los tratantes para destrozar la autoestima de la mujer. También amenazan a la mujer con hacerle daño a la familia en el país de origen[66].

 

Estas mafias mantienen el control tanto de las mujeres que explotan, como del giro que hacen a sus familias en Colombia. A manera de ejemplo, el DAS registró en 1998 un acto delictivo conexo a la trata de personas, realizado por una de estas organizaciones: la casa de los padres de una que había sido llevada a España fue asaltada por miembros del grupo de tratantes que les hurtaron todo el dinero que ella había enviado a sus padres.

 

Si bien es cierto que algunas mujeres saben de antemano cuál será la actividad que llevaran a cabo en Europa, Japón y otros países, desconocen su modus vivendi operandi y los altos costos económicos que tendrán que pagar a las mafias por miles de conceptos, por permitirles trabajar como prostitutas, sometiéndose a amenazas y a agresiones, en caso de no compartir los métodos y ante una reacción de inconformidad de la víctimas. Tanto documentos, como dinero y pasajes de regreso son retenidos.

 

Una opción es escapar. Las víctimas que deciden escapar son concientes de estar arriesgando su integridad física y su “libertad”. En el intento pueden sufrir lesiones físicas y si logran escapar quedan expuestas a la detención y deportación por parte de las autoridades extranjeras en vista de la falta de documentos de identidad y/o de los respectivos permisos de estadía y/o trabajo.

 

4.2 LA ADAPTACIÓN O TOLERANCIA

 

4.2.1 Inicio de una nueva vida. Como migrantes en muchos casos irregulares, las víctimas tienen que aprender a sobrevivir en culturas totalmente extrañas, con otro idioma, sin conocer a nadie, con otra moneda, con otras costumbres, con climas diferentes, sin un lugar en la comunidad, sin reconocimiento del Estado, sin identidad; descubren que su “sueño es ahora una “pesadilla” donde la lucha por la supervivencia ha relegado completamente las fantasías de una mejor vida.

 

Esta supervivencia hace que la víctima se resigne a someterse a hechos como la aceptación de una deuda que se quintuplica, en el mejor de los casos, por conceptos de tiquetes aéreos, trámites de documentos, hospedaje y alimentación, la cual difícilmente podrán pagar, y que en caso de irles bien, lo podrán hacer al cabo de cuatro o cinco años de trabajo “continuo y forzado”; someterse a numerosas relaciones sexuales al día; entregar gran parte  del producto de su trabajo, sino todo, a sus proxenetas, quedándole únicamente para alimentarse; jornadas laborales de trabajo interminables y terminan por caer en un estado critico de depresión que generalmente las lleva a buscar “salidas” como el alcohol y las drogas.

 

Los tratantes restringen el movimiento de las mujeres, muchas veces viven en el lugar donde trabajan, así el control del tratante es más grande. También las trasladan frecuentemente de una ciudad  a otra y de un país a otro. Así es difícil ubicarlas. Semejante control es un impedimento para que las mujeres puedan hacer contacto con alguna persona u organización que la pueda ayudar[67].

 

Las personas tratadas no existen en el entorno social y es difícil para ellas establecer algún tipo de relación con otras personas, pues no conocen el idioma, las jornadas de trabajo no permiten tiempo ni siquiera para el descanso, son discriminadas no solamente por su condición de migrantes, sino también, por el trabajo realizado. No tienen acceso a la salud. A las personas tratadas se les vulnera un sinnúmero de derechos: en la situación de explotación se atenta contra el derecho a la libre determinación en caso de someter a las personas a actividades denigrantes, el derecho a la salud, al descanso, al pago justo por la actividad realizada, el derecho a la libre locomoción, el retener sus documentos, el derecho a la libertad al mantenerlas en condiciones de cautiverio, al trato digno y a la integridad física[68];  igualmente las víctimas pueden ser criminalizadas por las autoridades en los países de destino, pues en apariencia, han violado la ley de extranjería, su situación migratoria es irregular por no tener documentos que acrediten su estadía o haber expirado este o por no tener permiso de trabajo; desconocen sus leyes, lo cual impide que reivindiquen sus derechos como inmigrantes y como víctimas. No consideran la opción de pedir ayuda o denunciar la situación de trata de personas. Desconocen la existencia de los consulados y de organizaciones sociales o humanitarias que son instancias a las que pueden recurrir en busca de orientación, ayuda o asesoría frente a la situación que están enfrentando.

 

Una pregunta muy común frente al problema es ¿por qué si estas personas la están pasando tan mal, no se escapan?.

 

Pues bien, hay personas que se enfrentan a dicho peligro, aunque conozcan los riegos que se pueden producir, solo por sentir algo de libertad. Es común que las víctimas de trata de personas regresen a su país de origen por la vía de la deportación, pues en algunos casos son capturados por la policía  en redadas. También es posible que logren conseguir apoyo de organizaciones, o en personas que las orienten en una forma de regreso diferente o talvez la permanencia en el país.

 

¿Por qué no todas estas personas escapan?. Los tratantes han puesto en marcha sus estrategias de control y sometimiento, han generado un gran temor por parte de la víctimas, las amenazan con denunciarlas ante las autoridades del país de destino, con hacerles daño  físico, tanto a ellas como a sus familiares, con contar a sus familias su verdadera situación, con empeorarles la situación actual, con venderlas a otras organizaciones criminales más crueles, entre otras. Las víctimas de trata de personas  han perdido el control sobre su vida. Este control ahora está en manos de los tratantes. Entonces, cualquier iniciativa que implique contrariar a los tratantes significa poner en riesgo su vida, su integridad física y la de sus familias.

 

A partir de la condiciones expuestas que experimentan las  víctimas de trata, se deduce la inmensa dificultad que enfrentan para movilizarse socialmente, para pedir ayuda, para exigir derechos -que desconocen- para liderar la búsqueda de su libertad. Además recordemos que las víctimas caen en la redes de tratantes movidas por el deseo de mejorar la calidad de vida del grupo familiar. Este sueño las llevó, en su momento a aceptar la oferta, por este sueño lo dejaron todo, su cultura, su familia, sus amigos[69]. Necesitan llenar la expectativa que dejaron en sus seres queridos, y la opción que les queda es “tolerar esta situación” hasta que decidan escapar o hasta que la red decida poner fin a la situación.

 

4.3 REGRESO AL PAÍS DE ORIGEN

 

Las mujeres víctimas de la trata de personas regresan a su país de origen por diferentes razones. Muchas son deportadas, por que se encuentran ilegalmente en el país de destino. En algunos casos se les ha vencido el contrato y tienen que regresar. Igualmente, hay mujeres que logran escapar de la situación de esclavitud. El regreso en caso de deportación es generalmente a través de la policía del país de destino y como se dijo en apartes anteriores con la ayuda de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) o a través de organizaciones  afines a la problemática  o eventualmente el Consulado Colombiano.

 

Aunque muchas mujeres víctimas de tráfico están felices de regresar a Colombia, a su familia, a su casa, todas tienen que enfrentar una serie de problemas, desde lo económico, lo psicológico, hasta lo jurídico y médico. Algunos de estos problemas son[70]:

 

·        Problema de alojamiento.  Las mujeres muchas veces no pueden o no quieren regresar directamente a sus casas, por miedo al rechazo de la familia, porque muchas veces llegan sin dinero o porque llegan a un lugar diferente de la ciudad de origen. La mayoría proviene del interior del país y llegan sin muchos recursos. Las mujeres que llegan deportadas del exterior son recibidas por las autoridades colombianas, quienes las entrevistan para llenar los registros correspondientes a la deportación.

 

En caso de que quieran presentar una denuncia, inicialmente las autoridades reciben la declaración  en el mismo aeropuerto. Después las dejan a su propia suerte puesto que no se cuenta con algún mecanismo de recepción especial para estos casos. Muchas  de estas mujeres llegan muy traumatizadas y agotadas, pues en algunos casos antes de la deportación han estado aproximadamente 72 horas detenidas, traen poco o nada de equipaje y muchas veces llegan en ropa de trabajo, o en otros casos, con ropa inadecuada para el clima[71].

 

Por otra parte la mayoría de ellas teme a la reacción de su familia cuando se entere de su situación. Existen casos en los cuales las mujeres regresan a su país de origen, a su familia, pero ésta, al descubrir la verdadera historia de su estadía en el exterior, la expulsa de la casa. Por consiguiente estas mujeres se encuentran en una situación de crisis, de emergencia y necesitan un lugar temporal para vivir mientras encuentran otra solución.

 

En Colombia existen muy pocos sitios de acogida, donde mujeres víctimas de algún tipo de violencia pueden alojarse temporalmente. Entre ellas están:

 

·        Las Hermanas Adoratrices

·        La Fundación Renacer

·        La Fundación Los Pisingos

·        La Fundación Vida Nueva

·        La Fundación EUDES

·        La Casa Sarita

 

En general, existen pocas posibilidades de alojamiento para las mujeres víctimas de trata que regresan a Colombia, especialmente en ciudades ubicadas al interior del país. Las posibilidades existentes, generalmente ofrecen acogida de emergencia por unos pocos días. En Bogotá por ser la primera ciudad donde llegan las mujeres, se necesita un lugar seguro y anónimo donde las víctimas puedan alojarse, estén protegidas y seguras por un tiempo indefinido[72].

 

·        Problemas jurídicos. Las mujeres víctimas de trata que denuncian a sus tratantes, encuentran que sus familiares no cuentan con protección ante las represalias de los tratantes. Además como muchas han salido del país con papeles falsos, al regresar enfrentan problemas con las autoridades. Otro problema es el contrato firmado, que en la mayoría de las veces no es legal, implicando una deuda que no saben como cubrir, la cual han garantizado con letras de cambio o en el peor de los casos, hipotecan la casa de un familiar. Al regresar a Colombia, muchas de estas deudas no han sido canceladas en su totalidad, y los tratantes siguen presionando  a las mujeres y sus familias para que paguen. En este sentido es importante  que estas mujeres reciban asesoría jurídica  para analizar la legitimidad de sus contratos y de sus deudas.

 

Por otra parte, un porcentaje mínimo de mujeres denuncia a los tratantes. Cuando la mujer decide denunciar  necesita el apoyo y la asistencia en el proceso judicial. Al denunciar, ella y su familia corren mayores riesgos de ser víctimas de represalias por parte de los tratantes, por lo tanto es importante analizar las posibilidades de protección a víctimas y/o a testigos[73].

 

Casi siempre, todas las mujeres víctimas de trata corren el riesgo de ser blancos  de  represalias  de  los  tratantes.  En  Colombia  existen varias

organizaciones  e instituciones especializadas en asesorías legales, aunque muy pocas personas conocen los aspectos jurídicos de la trata de personas. Sin embargo, existen varias entidades que se han especializado en la atención jurídica a las mujeres víctimas de violencia, como son:

 

En Bogotá:

 

·        El Centro Samper Mendoza

·        La casa de la Mujer de Bogotá

·        El Instituto Latinoamericano de Servios legales Alternativos ILSA

 

En Cali:

 

·        Corpomujer

·        La Unión de Ciudadanas de Colombia

·        Cer Mujer

 

En Medellín:

 

·        La ONG CERFAMI

·        La Casa de la Mujer de la Alcaldía de Medellín

·        El Centro Avise de la Oficina de atención a la Familia

 

·        Problemas sociales y psicológicos. Muchas regresan a Colombia después de una traumática experiencia en el exterior. Además, a menudo las víctimas experimentan rechazo de la familia y/o de la sociedad por su pasado en la prostitución.

 Los problemas sociales y psicológicos de las víctimas son múltiples. Han vivido un infierno, donde han tenido que soportar muchos abusos y actos de coacción y violencia. Además la mayoría de las mujeres no habían trabajado antes en la prostitución, por lo tanto, al impacto del abuso, la violencia y la coacción que han sufrido, tienen que sumar la vergüenza y la derrota frente a sus familiares y su entorno social.

 

Igualmente, al regresar a Colombia deben enfrentar la frustración de no haber logrado lo que se habían propuesto: ganar el dinero suficiente para satisfacer las necesidades de su familia. Asimismo, sienten vergüenza por el pasado y algunas veces no quieren que la familia y amigos se enteren que ejercieron la prostitución.

 

Estos problemas necesitan un tratamiento especializado, de psicólogos y trabajadores sociales conocedores de la problemática; por el momento no existen profesionales especializados, pero existen organizaciones e instituciones que ofrecen asistencia psicológica a una población con problemas similares: trabajadoras sexuales y mujeres víctimas de violencia sexual.

 

A continuación algunas entidades que ofrecen este servicio:

 

En Bogotá:

 

·        El Departamento Administrativo de Bienestar Social DABS

·        Fundación Renacer

·        La Casa de la Mujer de Bogotá

·        La Casa Sarita

En Cali:

 

·        La Unión de Ciudadanas de Colombia

·        Cer Mujer

·        Las Religiosas Adoratrices

·        La Fundación de Capacitación Femenina de la Hermanas del Buen Pastor

 

En Medellín:

 

·        La Corporación Vamos Mujer

·        La Corporación Mujeres que Crean

·        El Centro Integral de Promoción para la Mujer CIPROMU

·        La Casa de la Mujer de la Alcaldía de Medellín

·        El Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar y Sexual AVISE

 

En Pereira:

 

·        Fundación Ser Mujer

·        Las Hermanas Adoratrices

 

Las mujeres víctimas  de trata de personas necesitan una atención e intervención psicosocial de acuerdo a sus problemas específicos, por eso es importante que los especialistas que trabajen con estas mujeres tengan una capacitación e información apropiada sobre el tema y la situación.

 

·        Problemas médicos. El alto número de mujeres víctimas del delito de trata de personas que regresan al país tienen problemas físicos, los cuales necesitan atención médica. “La prostitución es un trabajo duro, que aparte del riesgo de enfermedades de transmisión sexual, también causa problemas como dolores de espalda y en las piernas, enfermedades vaginales y de la vejiga, igual que problemas relacionados con el frío que tienen que aguantar en algunos casos[74].

 

La salud de la víctimas de trata de personas, es uno de los aspectos más importantes dentro del apoyo y la atención que se le debe brindar, no solo por el riesgo de haber adquirido durante su cautiverio enfermedades de transmisión sexual o el VIH, sino, porque presentan otros síntomas, que son consecuencia de las condiciones de explotación a las que han sido sometidas. Es necesario un servicio médico profesional, que inspire confianza y este cubierto por el Estado. El servicio médico debe estar entrenado en el  tema de trata de personas. En Colombia existen centros de salud, hospitales y clínicas, también existen algunas organizaciones que ofrecen servicio médico, entre ellas están:

 

En Bogotá:

 

·        Las Hermanas Adoratrices

·        El Centro Samper Mendoza

·        El programa Vida y Esperanza de la Policía Nacional

·        La Casa Sarita del Club Michín

 

En Cali:

 

·        La Fundación de Capacitación Femenina FUCAF

·        La Secretaría Municipal de Salud Pública de Cali

 

Es importante capacitar al personal de salud, y buscar la creación de una red hospitalaria  que preste atención a las víctimas, por ello, se hace necesario sensibilizar a este sector, para que se pueda contar con ellos en el momento de brindar atención a una víctima.

 

·        Problemas económicos. La mayoría de las mujeres víctimas de la trata de personas son captadas por las redes debido a la necesidad económica. Las mujeres buscan la posibilidad de conseguir dinero para apoyar a la familia, pagar el estudio de los hijos o comprarse una casa. Han contraído deudas para viajar con la garantía de que en pocos meses ganaran lo suficiente para pagarlas y traer algo a casa. En la mayoría de los casos, el prometido “sueño dorado” no se hace realidad, al contrario, muchas mujeres regresan a Colombia sin un peso, y con gran parte de la deudas pendientes, en algunos casos estas deudas ascienden a cuarenta millones de pesos.

 

La deuda es considerada el factor predominante por medio del cual las redes ejercen presión sobre la mujer, en el caso eventual de que regrese antes de lo previsto, o escape sin cancelar la mayor parte del dinero, es nuevamente reclutada por la red y obligada a reiniciar el viaje. Aunque en muchos casos no son deudas legales, las mujeres no tienen conocimiento de ello, y sienten mucho miedo por las represalias. Para emprender nuevamente el viaje, las mujeres adquieren otra deuda con las redes, quedando a merced de éstas y hundiéndose cada vez más en un espiral de endeudamientos, que muy pocas veces terminan de pagar[75].

 

El Estado con el fin de  resarcir y prevenir  delitos como este, ofrece la posibilidad de capacitación y formación a las mujeres. La oferta de capacitación en Colombia es grande, existen cientos de instituciones que ofrecen capacitación en computación, secretariado, inglés, entre otros. Pero el acceso para los sectores populares medios de la población es limitado, los cupos en las entidades de carácter público son insuficientes para la demanda existente. En los claustros educativos privados hay cupos, pero los costos no están a la mano de la comunidad.

 

Las entidades mencionadas a continuación ofrecen capacitación, aunque su oferta es limitada  se debe analizar de forma más profunda si es realmente una alternativa para las víctimas de la trata de personas.

 

En Bogotá:

 

·        SENA

·        Universidad  Abierta y a Distancia UNAD

·        Instituto de Ciencias de Servicio Económico y familiar

·        Fundación FES

 

En Cali:

 

·        Centro  Cultural Popular Meléndez

·        Fundación de Capacitación Femenina FUCAF

·        Fundación Paz  y Bien

 

En Medellín:

 

·        Corporación Primavera

·        Corporación Casa Taller para la Mujer y el Niño

·        Escuela Nacional Sindical

·        Secretariado de Derechos Humanos de la Pastoral Social de la Arquidiócesis

 

En Pereira:

 

·        El Programa SICME de la Cámara de Comercio

 

El panorama sobre la difícil situación laboral en el país, sugiere la importancia de elaborar estrategias específicas para víctimas de trata de mujeres que regresan a Colombia. Para eso es necesario estudiar a fondo el mercado laboral y su dinámica[76].

 

La reinserción  económica de las mujeres víctimas de trata de personas no es una tarea fácil, debe ser abordada bajo parámetros claros que busquen una alternativa económica real que beneficie tanto a las mujeres como a sus familias. En este proceso de reinserción económica tienen que intervenir, por un lado, el Estado colombiano quien esta obligado por la Constitución Nacional y los acuerdos internacionales, a buscar mecanismos de apoyo a las mujeres víctimas de trata, y por el otro, ONG’s conocedoras de la realidad de las mujeres que puedan generar propuestas, asesorar, monitorear y evaluar la reinserción económica en diferentes aspectos. Al hacer un diagnostico compartido entre ONG’s y el Estado colombiano, permite ampliar la gama de posibilidades y alternativas que se le pueden brindar a las mujeres víctimas de trata en materia económica, al mismo tiempo que se da un tratamiento estructural a la problemática que enfrentan estas mujeres y dejamos de poner “paños de agua tibia” en una situación que afecta a la sociedad colombiana[77]. 

 

4.4 EFECTOS REALES QUE ESTE TIPO DE DELITO PRODUCE SOBRE EL NÚCLEO FAMILIAR, LA SOCIEDAD Y EL PAÍS

 

En Colombia aún no se ha establecido el número exacto de las personas que son y han sido sujeto de la Trata de Personas.  La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) estima que hasta 70.000 colombianos podrían ser víctimas cada año de la Trata de Personas[78].

 

La Trata de Personas trasciende la esfera de las víctimas, afecta a sus familias y a la comunidad que ve como sus miembros caen en las redes de tratantes.  Lo anterior implica que además de vulnerarse gran cantidad de Derechos Humanos, se afecte el entorno familiar y social, generando cambios en la vida cotidiana de su familia y su comunidad.

 

Los efectos de esta actividad sobre la familia suelen ser devastadores:

·        La desintegración del hogar y los distintos traumas causados a la familia, producidos en algunos casos por la sustitución de las madres por otro miembro de la familia, como abuelos o tíos, como resultado de la imposibilidad de un regreso a corto o mediano plazo, por la razón ya descrita.

 

·        El aumento de los hogares sin un miembro cabeza de familia, que al verse obligada a trabajar en el exterior, genera el abandono infantil.

 

Los efectos sobre la sociedad son:

 

·        El apartarse y separarse abruptamente de un entorno socio-cultural (amigos, costumbres, idioma, comida, música, entre otras).

 

Los efectos sobre el país son:

 

·        Son incalculables los perjuicios que fenómenos como la trata de personas, el tráfico de personas con fines de explotación económica y tráfico de drogas a través de personas correo, le han causado al país, no sólo  respecto a los ciudadanos colombianos que se ven expuestos a la discriminación y mal trato, a nuestra economía. La mala imagen de Colombia en el exterior como de una Nación de delincuentes, ha repercutido de manera notoria en las relaciones comerciales a nivel internacional, afectando las exportaciones de muchos de nuestros productos.

 

·        Las consecuencias para los colombianos que viajan al exterior, como resultado de la estigmatización de la sociedad colombiana, es traumática. El miedo del viajero de bien a ser vulnerado en sus derechos y a ser pisoteado por autoridades, es latente.


 

5. ENTREVISTAS EN PROFUNDIDAD SOBRE TRATA DE PERSONAS

 

5.1 ENTREVISTA AL INTENDENTE JAIRO ANTONIO TORO BEDOYA, DE LA ESCUELA DE CARABINEROS ALEJANDRO GUTIÉRREZ - MANIZALES

 

1. ¿Cuáles cree que son los principales determinantes o causas de la trata de personas?

 

R/ Dentro del delito de trata de personas se manejan varias hipótesis que pueden ser causas a nivel internacional y a nivel nacional, que son entre ellas la pobreza, las faltas de oportunidades, la violencia. Vemos en países de transito, en países de destino como están llenas de mujeres, de hombres, de niños que proceden precisamente de países en donde el conflicto está más agudizado. Tenemos que decir, desafortunadamente, que Colombia ocupa el segundo nivel, el segundo puesto a nivel Latinoamericano detrás de la Republica Dominicana y a un solo paso de alcanzar a Brasil. Precisamente por eso, por el conflicto, muchas personas, muchas mujeres, muchos hombres también, porque hay que hacer aclaración de que Trata de Personas en muchas instituciones, mucha entidades, muchas personas, creen que es solamente mujeres las que caen en este delito y no, no es del todo cierto, también hay hombres, hay jóvenes de sexo masculino que van a buscar fortuna y desafortunadamente caen en las redes del Tráfico de Personas.  Pero yo quiero mencionar una causa que en especial sucede acá en el eje cafetero que es como la zona de influencia de nosotros y es la ingenuidad de nuestras muchachas, por eso se han hecho muchos esfuerzos desde la Escuela de Carabineros Alejandro Gutiérrez, desde otras instituciones como Humanitas por ejemplo, de llevar unas charlas, unas conferencias a los colegios especialmente con los grados superiores, grados décimo, once y en algunas universidades, porque esa ingenuidad que todavía hoy siglo XXI tienen las muchachas las está transportando a ellas sin querer a un infierno. Ellas piensan que en el país del sol naciente, por ejemplo, o en España, o en Alemania, o en Holanda, que Holanda es uno de los países más receptores de colombianas, ellas piensan que allá se van a cumplir todos sus sueños, y mentiras. Ante esa ingenuidad de ellas y esos deseos de entre comillas salir adelante las lleva a que desafortunadamente caigan en estas redes de trata de personas.

 

2. ¿Cuáles cree que son las principales implicaciones o consecuencias de la trata de personas?

 

R/ En la investigación que he venido desarrollando me he encontrado con dos o tres tipos, pero yo quiero mencionar dos específicamente, uno que es el que le pasa a los adultos y otro que es el que le pasa a los niños de ambos sexos.  Una mujer que ha estado dos, tres, cuatro años ejerciendo la prostitución forzada y yo quiero hacer énfasis porque muchas personas piensan que trata de personas es igual a prostitución y eso no es cierto. Trata de personas es igual a prostitución forzada entre otras ocho finalidades del delito porque dentro de las modalidades del delito encontramos matrimonios serviles, trabajo de hombres, servidumbres por deudas y bueno otra serie de fines, pero muchas personas creen que es prostitución y no es del todo cierto.  Entonces, una muchacha que ha sido prostituta forzada, obligatoriamente para pagar la deuda o porque esta allá en estado de esclavitud, cosificada como digo en varias de mis charlas, que la persona ya deja de ser sujeto para convertirse en objeto, entonces cuando esta persona regresa al país, regresa con la autoestima totalmente por el suelo, la autovaloración que tiene hacia ella misma es muy mínima, entonces las implicaciones que tiene para la persona adulta es grande, de tipo psicológico, llegan enfermos, o llegan enfermas, con VIH, llegan con ETS, llegan con ganas de suicidarse, matrimonios (perdón) embarazos no deseados.  Para los niños  que han sido víctimas de la trata de personas es mucho más problemático las consecuencias, son mucho más problemáticas porque los niños crecen, en el caso de las niñas con un odio hacia los hombres terrible.  Los niños sufren una enfermedad que es que por ejemplo hacen del cuerpo en cualquier momento, eh no tienen un control de esfínteres, eh, también pues la autoestima de ellos, ellos van creciendo con una autoestima supremamente bajo y definitivamente pues nuestra niñez, nuestros niños de Colombia especialmente pues están creciendo en un ambiente tenaz.  Japón es la meca de los niños Colombianos, allá un empresario japonés puede pagar cualquier cantidad de dinero por un niño de ocho o nueve años,  que a uno a primero vista le parece como raro pero se ve desafortunadamente.  Y sobre todo existiendo en Japón una mafia como la Yakuza que definitivamente es de lo peorcito que tenemos en nuestro planeta.

 

3. ¿Que opinión tiene sobre el manejo general que se le da en nuestro medio al delito en mención?

 

R/ Lo del delito de trata de personas pasa una cosa muy curiosa, y es que yo no se si esta bien empleado y eso ustedes lo saben más que yo, incluso me pueden hasta corregir a mi, pero yo lo he dado, he dado por llamarlo el delito invisible por excelencia, cuando yo estoy en Armenia y en Pereira haciendo algunas entrevistas yo me encuentro con que por el aeropuerto de Pereira por ejemplo, salen niños y niñas que las autoridades y todo mundo saben a que va, pero que no se puede hacer nada.  A mi me contaba un compañero policía en Pereira, el me decía mire yo he tenido la oportunidad de hablar con ellas, van dos, tres niñas entre dieciséis, dieciocho años y yo se que van a ejercer la prostitución y que van a caer en estas redes, pero cuando les pido documentos están en regla, cuando les pido la visa, el pasaporte, sus documentos, el permiso incluso hasta de los padres, es más es que los familiares van y las acompañan hasta el aeropuerto, entonces uno como policía que hace.  Entonces eso es lo curioso de este delito, que se da, está entre nosotros, pero muy poca gente lo conoce. Nuestros jóvenes siguen cayendo en él, las redes, los integrantes de las redes siguen especializándose cada vez más y desafortunadamente pues es un delito en crecimiento, un delito que está moviendo en este momento según fuentes de la ONU entre siete mil y ocho mil billones de dólares al año, que es el tercero después del tráfico de drogas y después del tráfico de armas.

 

4. ¿Cuáles son las fortalezas y las debilidades en el manejo general contra la trata de personas?

 

R/ Fortalezas es que hay fundaciones, como la Fundación Esperanza, instituciones como fundación esperanza, que es una fundación de la cual he tenido muy buenas referencias, también la Defensoría del Pueblo, la creación del Comité Interinstitucional contra el delito de trata de personas, o sea se están haciendo algunas actividades para que la gente conozca, La Patria, la Etap, el Diario del Otún han sacado algunos artículos que tienen que ver con la trata de personas y el Grupo Humanitas y algunos miembros de la Fiscalía y del DAS están llevando charlas a los colegios.  Entonces una de las fortalezas es que ya estamos despertando de este letargo, no se les olvide que la esclavitud ha existido toda la vida desde el mismo nacimiento de la humanidad en la época Bizantina, en la del Imperio Romano, en Grecia, en la Edad Media, acá en Colombia acuérdense por la época de la Conquista, la época de la Colonia como eran las indias llevadas a España como tesoros de guerra y los africanos traídos de su país de su continente hacia el nuestro para con fines de esclavitud. Hoy desafortunadamente todavía vivimos esa nueva forma de esclavitud y desafortunadamente pues con seres humanos.  Entonces yo creo que una de las fortalezas es esa.  Desde los años cuarenta cuando las primeras mujeres se fueron para Curazao, hasta hoy, miles, miles, miles, de mujeres y hombres colombianos se han ido al exterior.  En este momento se calcula que entre 35.000 y 40.000 colombianos están siendo víctimas de la trata de personas en el exterior, que no son prostitutas, ni prostitutos, porque una prostituta se puede ir para el Japón y ella es prostituta y allá se está ganando su platica y cuando le da la gana se viene para Colombia.  En este caso, en este caso estamos hablando de una red que convierte a las personas en esclavos. Dentro de las debilidades está que muchas de nuestras muchachas cuando regresan, cuando se escapan allá de las manillas, de los contactos, de toda esta red, están acá en Colombia un día y se devuelven, porque acá encuentran el mismo país que dejaron cuando se fueron.  Entonces miren ustedes que, que esto se convierte en un círculo vicioso, incluso muchas de estas muchachas y muchos de estos señores que fueron algún día víctimas hoy son tratantes, hoy están llevando.  Entonces esa es una de las dificultades que encontramos nosotros, eh, la legislación en este momento ha sido un poquito benigna porque ha ampliado a través de la Ley 747 y de la cual quiero expresarme más adelante, pues han hecho algunas modificaciones al Código, se han visto algunos avances y eso está también dentro de las fortalezas.

 

5. ¿Que opinión tiene sobre el manejo jurídico que se le da en nuestro medio al delito mencionado?

 

R/ Específicamente hablando para nuestro país está la Ley 747, esta Ley deroga algunos artículos, modifica otros del Código Penal o Ley 599 de 2000.  De tal suerte que lo que en el Código se hablaba únicamente sobre prostitución en este caso se está hablando de otras formas como se da el delito, otras finalidades. Ya la Ley 747 coloca por ejemplo siete verbos rectores. Siete verbos rectores que van desde el que propicie, facilite, entonces miren que ya la persona que facilita la trata de personas también se va a ver involucrada en un delito.  No directamente el que está tratando, el que es tratante, el que es delincuente, no, sino también a la persona que facilite. De manera que esta Ley, que no se en este momento si ya está promulgada o  no, pero que de todas maneras se ha constituido en un buen instrumento a nivel nacional, ya marca la pauta para que esa persona que esta facilitando ese delito pues también sea juzgada. Anteriormente en Colombia, incluso la Ley 360 y el viejo Código Penal, la Ley 100 eran escuetos, desafortunadamente este delito era visto con otros ojos.  Ahora no se si de pronto por la presión de por ejemplo de la Fundación Esperanza o por todos los comunicados que ha emitido la Organización de las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Internacional para las migraciones, que son las tres instituciones a nivel internacional que más están luchando contra este delito, por obvias razones, migraciones, trabajo y Naciones Unidas.  Por ahí también la OEA a través de la Comisión Interamericana de Mujeres, pues se ha pronunciado en varias oportunidades.  De todas maneras lo importante es que, a partir de la promulgación si se ha dado o si se da de la Ley 747 que fue ya firmada en Julio de 2.002, pues se ha visto un avance significativo jurídicamente en nuestro país para acabar con este lastre, con este flagelo, que desafortunadamente es de los peores que he conocido a nivel del delito en nuestro país.

 

6. ¿Cuáles son los aciertos y los desaciertos jurídicos que se presentan en contra de la trata de personas?

 

R/ Yo creo que ya lo mencioné, yo creo que es precisamente ese adormecimiento jurídico que veníamos trayendo hasta digo yo, hasta la Ley 747, o sea que sin ser pues un experto jurídico acá en Colombia, pero yo diría que la Ley 747 hablando de trata de personas parte en dos la historia, porque a partir de la promulgación de esta Ley ya como le digo se verá mucho más o se convertirá en un instrumento jurídico que permitirá ojalá Dios quiera la rebaja de este delito en nuestro país, que es un delito en crecimiento, que todos sabemos que cada día en vez de bajar está en aumentando.

 

7. ¿Cree que existen referentes jurídicos internacionales que puedan servir para adoptarlos en nuestro medio y combatir la trata de personas?

 

R/ Claro que si, precisamente en mi trabajo que si Dios quiere saldrá a partir de mayo, estoy mencionando más de veinte tratados internacionales, veintiuno para ser más exacto. Yo quiero mencionar en este momento uno de los más importantes que es la Convención para Prevenir y Reprimir la Trata de Personas, es de las Naciones Unidas, que es el que está marcando la pauta, es aquel, es una convención que recoge algunos tratados de 1921, 1928, 1929 creo, y que actualiza pues en esto de la trata de personas.  También la OEA ha sacado también un muy importante protocolo desde, pero entonces este viene desde las mujeres, desde la Comisión Interamericana de las Mujeres que es, que me parece a mi es muy importante también mencionar, está la Declaración de los Derechos del Niño en donde se prohíbe tácitamente la esclavitud de los menores, está la Convención Americana de Derechos humanos que también prohíbe la trata de personas. Y a nivel nacional quiero mencionar algunas cositas, por ejemplo la Constitución Política de Colombia en el artículo 17 prohíbe la trata de personas, así está estipulado, prohíbe la esclavitud y la trata de personas, con base en eso es que pues se han hecho algunas regulaciones a nivel interno.

 

8. ¿Qué tipo de cambios, modificaciones, ajustes o innovaciones deben hacerse en materia jurídica para combatir el delito de trata de personas?

 

R/ Bueno en materia jurídica yo pienso que la Ley 747 está enfocada perfectamente en lo que está haciendo pues este delito, lo que significa este delito a nivel de nuestro colombianos, falta la promulgación y falta que se le de pues una muy buena divulgación para que la gente la conozca.  Como ya te mencione están mencionando siete verbos rectores que a mi me parece que es lo más importante que tiene la Ley, a parte pues del aumento de las penas obviamente, pero yo pienso que ya no se va a juzgar solamente al que transporte, o al que trate directamente a una persona, sino también al que facilite, y es que eso es lo importante que hay que ver en una norma, esos verbos rectores.

 

Si quieren les cuento unos dos casos: a mi me parece muy importante que la gente conozca la historia de Cyndi, Cyndi una muchacha pereirana, de 23 años, universitaria, mercaderista, trabajaba en una cadena de almacenes muy importante en esa ciudad, de pronto se le aparece en la vida un señor muy bonachón, muy buena gente, muy pispo, que le dice pues que, que ella es perfecta para lo que él necesita, una muchacha que modele ropa interior en Tokio, en Japón.  Pues ella con un buen sueldo, con un buen salario, con buen nivel académico decide y toma pues una decisión que le cambiaría su vida, decide irse para Japón y cuando llega a la capital nipona allí desafortunadamente es despojada de sus documentos, o sea que ya queda como ilegal.  Es llevada a una calle allí en Tokio donde es prostituída, ella ejerce la prostitución por dos años para pagar cien millones de yenes que le cuesta todo el papeleo y todo lo del viaje, y tiene un poquito de suerte.  Ella narra la historia y es conmovedora porque ella es muy rebelde cuando se da cuenta que tiene que ejercer la prostitución y ella sufre muchos castigos de tipo físico y pues obviamente de tipo psicológico.  Ella nos cuenta y es cierto porque también le he escuchado esa misma historia a varias muchachas que han estado allí, ella tiene que acostarse con entre veinte, veinticinco hombre por día con todos vejámenes que la mafia Yakuza implica pues estar ahí.  Ella digo que corre con un poquito de suerte entre comillas, porque ella la manilla la deja libre cuando ya se paga la deuda, entonces ella decide trabajar dos meses más como prostituta para recoger el dinero y volverse para Colombia.  Cyndi tiene esa historia, es una historia que le puede pasar a cualquiera de nosotros, a cualquiera de los que están viendo este video, pero ella quiere que se cuente esta historia y como un aporte más a que las muchachas no caigan en esto por muy tentadora que esté la oferta.  Ojo y a mi me gusta decir también que yo no estoy diciendo que todos los que se van para el exterior van a correr con esa suerte, no hay mucha gente que se va para el exterior y de verdad están cuidando niños, y de verdad están cuidando ancianos, y de verdad son taxistas, pero hay que poner mucho cuidado, porque la gran mayoría si corren el riesgo de caer en el delito de trata de personas, que repito, la muchacha que se vaya como prostituta al exterior eso es otro cuento, eso es otro cuento, pero cuando hay engaño, cuando hay engaño ahí si hay trata de personas, cuando hay esclavitud, cuando se cosifica a la gente, cuando se vende como mercancía, ahí si hay, ahí si, tenemos el delito de trata de personas.

 

9.  Alguna recomendación que Usted le pueda hacer a las personas que vean este video para que no sean víctimas de este delito.

 

R/ Claro que si, es de pronto la parte más importante de este video que de pronto se me estaba escapando.  Existen casas de modelajes en todo el país, es una actividad lícita, pero ojo, cuando se vayan por ejemplo a tomar fotografías tengan mucho cuidado porque ese es uno de los principales modus operandi que están utilizando las redes.  Estas redes tienen por ejemplo, uno de ellos que van por los colegios, por las universidades, que tú tan bonita, que tú tan linda, que, que cuerpo tan espectacular, que regálame unas fotos que yo trabajo en una empresa de modelaje, entonces las muchachas en ese momento si no están pilas se ve inmersa en este delito, porque una de las modalidades como te decía es, llevan ocho o diez fotografías y el jefe de la red dice esta me gusta y cuando él dice esta me gusta pues ahí queda marcado el destino de esta muchacha, entonces mucho cuidado cuando lleguen estas ofertas.  En los clasificados, en los clasificados aparecen cosas muy frescas, muy como muy directas, gane dinero con pocas cosas, no se, a Europa sin papeles. Mucho cuidado con los clasificados, en los clasificados hay muchos mensajes de estas redes y hay muchas personas incautas que caen en ellas.  Cuando vayan a pedir trabajo mucho cuidado, porque ahí también aprovechan de estos tratantes, porque es que existen, y quiero mencionarlo aquí en forma rápida, existen tres modalidades de la trata de personas, acuérdense uno es interno, otro regional y otro intercontinental o internacional y también a nivel interno vemos el caso de una muchacha también en Pereira que yo conocí, en el cual ella pidió trabajo y efectivamente le dieron trabajo pero se la llevaron para Popayán y en Popayán fue encerrada con llave, a trabajar, estuvo trabajando cerca de ocho meses sin paga, y salió pues, imagínense ustedes, ella era encerrada todo el día, no tuvo nunca médico, no tuvo nunca salario, ni una recreación, absolutamente nada, o sea que fue víctima de la trata de personas. A las muchachas de Pereira, Armenia y Manizales, se las están llevando para Villavicencio.  Acá a nuestro territorio están llegando muchachas y muchachos de la costa, los que son del Valle los están echando para Bogotá.  O sea las redes de trata de personas que trabajan a nivel interno, se los están llevando, los están distanciando de sus sitios de origen. Entonces, especialmente eso, tengan mucho cuidado cuando vayan a conseguir dinero, pero sobre todo cuando les lleguen esas ofertas tan tentadoras y que a primera vista parecen chéveres, parecen realidad, parecen..., pero no mentiras, hay que poner mucho cuidado. 

 

5.2 ENTREVISTA A LA SUB-INTENDENTE DORA LILIANA RINCÓN CASTAÑO, DEL GRUPO HUMANITAS - SIJIN - MANIZALES

 

1. ¿Cuáles cree que son los principales determinantes o causas de la trata de personas?

 

R/ Por lo general siempre es la necesidad, la falta de dinero, el escaso recurso que hay para que las mujeres consigan un trabajo, un empleo y así poder llevar la obligación. Por lo general acuden a las mujeres y siempre de bajos recursos, ellas son las que más buscan este tipo de salidas, una salida que ellas tienen.  Básicamente es la necesidad.

 

2. ¿Cuáles cree que son las principales implicaciones o consecuencias de la trata de personas?

 

R/ Las implicaciones que trae después de este grave delito, este grave delito que si vamos donde desafortunadamente donde más son afectadas las mujeres, aunque también hay hombres que también se meten con este delito es de pronto la parte psicológica.  Toda mujer que se mete en este delito de trata de personas siempre v a sufrir psicológicamente, porque por lo regular siempre las llevan a la prostitución, ellas se dedican a la prostitución, sea en otra ciudad, sea en otro país, ellas quedan destrozadas tanto física como psicológicamente.  Pensaría que esas son las implicaciones que trae este delito.

 

3.  Sub Intendente quiere hacer alguna acotación, algún agregado?

 

R/ Si, este delito acá en la ciudad de Manizales si lo hay, si lo hay, no se en que tanto porcentaje lo pueda haber, pero desafortunadamente se tiene que decir así porque mucha gente no denuncia este delito, les da temor, por qué?, porque por lo general siempre los amenazan, amenazas personales o amenazas a su propia familia. En el grupo humanitas manejamos más que todo es el abuso sexual en menores y mayores de edad, actos sexuales, violencia intrafamiliar y maltrato infantil.

 

5.3. ENTREVISTA A LA SUB-INTENDENTE ADRIANA PATRICIA TAMAYO, JEFE GRUPO HUMANITAS - SIJIN - ARMENIA:

 

1. Cual cree que son los principales determinantes o causas de la trata de personas?

 

R/ Haber, yo pienso que en Pereira los determinantes de la trata de personas es la ambición de la  juventud, es una cultura que se ha ido creando y si ustedes van ahora a los colegios, las niñas de noveno, diez y once, las proyecciones que ellas tienen apenas se terminen el colegio es de salir del país.  Y le van a mencionar irsen al Japón, irsen a España, irsen a Alemania.  Ellas ya pues, han sido, han sido, que le digo yo, han crecido en un medio que ha dejado muchos rezagos del narcotráfico, donde para ellas es muy importante tener el celular de moda, el pantalón de  moda, subirse en un carro bonito, y de pronto como acá ya lo del narcotráfico está pasando creen que la mejor solución es irse al extranjero y prostituirse porque es más fácil conseguir el dinero así que trabajando honestamente.

 

2. Cuáles cree que son las principales implicaciones o consecuencias de la trata de personas?

 

R/ La falta de valores, cada día va a ser más la falta de valores en las niñas que apenas empiezan a crecer, ya que van creando esas imágenes de las mamás, las tías, que van dejando, o se van perdiendo el valor, la dignidad, el respeto hacia ellas mismas y viendo esa como la manera fácil de salir de la pobreza.

 

3. Qué opinión tiene sobre el manejo general que se le da en nuestro medio al delito en mención?

 

R/ Bueno la organización la OIM que es la Organización para las migraciones ha venido realizando un trabajo que es concientizando, no solamente a los que tenemos que luchar contra ese delito, sino a las mismas que van a ser tratadas en el aeropuerto el Dorado.  Ellos han venido haciendo esa labor y tienen unos comerciales muy, muy interesantes, donde muestran  a que se van a someter las mujeres que son tratadas en otros países. 

 

4. Cuáles son las fortalezas y las debilidades en el manejo general contra la trata de personas?

 

R/ Bueno empecemos con las debilidades que creo que son más que las fortalezas.  Las debilidades es que una mujer que va a ser tratada desde que sale de acá ya sabe que es lo que va a ir a hacer y sabe a que se va a someter, es a la prostitución.  Y lo otro es que es un delito muy difícil de tipificar porque las pruebas son difíciles de conseguir, porque son grabaciones de líneas telefónicas, y cuando ellas se van a ir, ellas nunca quieren revelar quien es la persona que les está…, quien es el que la está tratando, quien les está prestando todos los medios para que se vayan y se prostituyan.  Con lo de los trabajos forzados, a veces son las mismas entidades los que las llevan a trabajar, y aparentemente todos los papeles son legales, todos los permisos están bien y después de que una persona este allá ya, encerrada y trabajando, ya es muy difícil para nosotros obtener esa información de cómo han sido tratados, cómo les está yendo, y de pronto en que derechos se les ha violado.  Yo pienso que son más las debilidades que tenemos que las fortalezas. Y es un delito que se tipifica con muy poquito, eh…, o sea la tipificación del delito es muy bajita, las penas son muy pequeñas.

 

5. Qué opinión tiene sobre el manejo jurídico que se le da en nuestro medio al delito mencionado?

R/ Pienso que las penas son muy bajitas para un delito que está vulnerando la integridad de las personas y que es muy difícil de comprobar.

 

6. Cuáles son los aciertos y los desaciertos jurídicos que se presentan en contra de la trata de personas?

 

R/ Bueno, el acierto es que al menos ya contamos con la Ley 747 que es donde se tipifica la trata de personas, y los desaciertos, pues las penas porque tenemos el ejemplo de Sony que fue capturado en Bogotá y era de la mafia Yakuza, quien trataba cantidad de mujeres y solamente se le impuso una pena de año y medio y ya está otra vez con su anterior trabajo.

 

7. Cree que existen referentes jurídicos internacionales que puedan servir para adoptarlos en nuestro medio y combatir la trata de personas?

 

R/ Si, como les decía antes la OIM es una organización internacional que hace una buena labor.  Suiza también tiene muchos tratados y convenios al respecto; de pronto con el Japón, con el Japón si es difícil, con el Japón es difícil porque para ellos la prostitución es delito si es de mujeres japonesas, más no si son de otro país, si son de otro país pueden ejercer la prostitución, las japonesas si es delito y si es prohibido para ellas.

 

8. Qué tipo de cambios, modificaciones, ajustes o innovaciones deben hacerse en materia jurídica para combatir el delito de trata de personas?

 

R/ Bueno pienso que las modificaciones deben ser en el aumento de las penas y control, que se ejerza un control sobre las mujeres que van a salir del país y que saben y van a ser tratadas, alguna forma de poder impedirles la salida del país.

 

9. Tiene algo que aportar, recomendaciones, algún caso que conozca que nos pueda ayudar?

 

R/ Pienso que la recomendación es empezar por las niñas que apenas están empezando a formarse, las niñas que apenas están empezando en las escuelas, inculcarle valores y el respeto por ellas mismas.  Hace poco tuvimos el caso de una mujer de 20 años que iba a ser tratada, las personas que la estaban enviando para España  le compraron la ropa, las maletas, le sacaron todos los documentos.  Se le mostraron videos, se le explicó que iba a hacer, que a lo mejor iba a ser vendida por la mafia Yakuza, que es la que negocia allá con las mujeres en el Japón.  Tratamos de convencerla por todos los medios posibles de que esa no era la mejor oportunidad de ella poder sacar a una niña, una bebé de un año adelante, más sin embargo ella se fue y estuvo tres meses, a los tres meses no como se escapó, se escapó y regresó y esta es la hora de que han pasado ocho meses y no ha querido decir nada de lo que le ocurrió, ni quienes la enviaron, porque desde allá son amenazadas con la familia, y desde que sepan que tiene una hija saben que es el punto más débil de uno como mujer, los hijos.

5.4. ENTREVISTA A LA DRA. OFELIA CORZO DELGADO, FISCAL DIECISÉIS SECCIONAL - PEREIRA:

 

1. Cuáles cree que son los principales determinantes o causas de la trata de personas?

 

R/ La necesidad económica son los casos que se tienen.  Nadie se va por placer sino para el sostenimiento de la familia, los hijos.  Es un problema que si el país no da empleo, las personas seguirán cayendo en el delito.

 

2. Cuáles cree que son las principales implicaciones o consecuencias de la trata de personas?

 

R/ Las víctimas de este delito también lo son de otro tipo de delitos, empezando por el secuestro, porque ellos llegan allá y son confinados, vigilados.  En segundo lugar el ocultamiento de documento público, le quitan sus documentos, visa, identificación, para que ellos no se puedan movilizar.  Hay casos en que se dan lesiones personales, se da la explotación, pues son engañadas cuando llegan al lugar donde son llevadas las víctimas. Junto con este delito se también el tráfico de drogas y rastrearlo es difícil porque las cabezas de estas bandas se encuentran en el exterior, y mientras estén fuera del país no hay nada que hacer.

 

3. Que opinión tiene sobre el manejo general que se le da en nuestro medio al delito en mención?

 

R/ El interés en este momento es atacar a las personas que hacen las conexiones. Las víctimas se van a pesar de saber que van a ser maltratadas, para hacer sus conexiones allá en el otro país, regresar a Colombia y después vuelven a viajar por la situación económica que presentan, y como allá siguen existiendo las fuentes de trabajo y el dinero, se seguirá dando el delito.  Desde que no se tenga un convenio internacional con los países donde se ejerce la prostitución de colombianos, no se está haciendo nada, pues la prostitución en esos países no es delito para las mujeres que llegan de otros países como Colombia.

 

4. Cuáles con las fortalezas y las debilidades en el manejo general contra la trata de personas?

 

R/ La dificultad no está en que no haya leyes, está en probar, está en la falta de colaboración por parte de otros países.  En estos casos se tiene que esperar a que el victimario entre a este país y vincularlo inmediatamente a un proceso penal, porque mientras este por fuera del país no se puede hacer nada.  Las embajadas nuestras o los consulados en otros países no ponen mucho interés en el asunto, en un consulado reciben denuncias sobre este delito pero las dejan guardadas, no informan inmediatamente a las autoridades respectivas de Colombia para poder tomar cartas en el asunto. La fortaleza podría ser el interés que en este momento está despertando el delito en las autoridades, por ejemplo España ya le está dando mucha importancia.

 

5. Qué opinión tiene sobre el manejo jurídico que se le da en nuestro medio al delito mencionado?

 

R/ Hay gente que se queja porque en la ley penal se de el principio de favorabilidad, ya que con el código anterior la pena era de dos años y con el nuevo código la pena aumento y esto se debe a que ahora el delito ha sido más tratado, ya no está tan tapado como antes, aunque lo realmente importante no es la cantidad de años a que se condene a una persona por este delito, sino que la pena sea efectiva.

 

6. Cuáles son los aciertos y desaciertos jurídicos que se presentan en contra de la trata de personas?

 

R/ En el derecho penal se tiene que regir única y exclusivamente por la Ley penal.  El artículo es una sanción penal, se debe mirar si tiene o no tiene aplicabilidad. En el caso del delito de trata de personas no se requiere de denuncia por parte de la víctima para poder iniciar la investigación, si se tiene conocimiento por parte de un funcionario de que alguien está incurriendo en este delito se debe iniciar la investigación oficiosamente, e inmediatamente ordenar labores de investigación a los técnicos del C.T.I o a quien corresponda.

 

7. Cree que existen referentes jurídicos internacionales que puedan servir para adoptarlos en nuestro medio y combatir la trata de personas?

 

R/ Al respecto hay tratados internacionales que son adoptados por Colombia teniendo en cuenta el bloque de Constitucionalidad y las normas legales.  No necesitamos importar artículos de otras legislaciones, si aquí tenemos, lo importante es saber aplicarlas.

8. Qué tipo de cambios, modificaciones, ajustes o innovaciones deben hacerse en materia jurídica para combatir el delito de trata de personas?

 

R/ Este delito no se acaba con represión, sino con condiciones de vida diferentes para las personas que se ven tentadas a salir del país.  La solución del problema jurídico es aparente, pero si no se soluciona el problema social, no hay nada.

 

5.5. ENTREVISTA AL SUB-INTENDENTE ROLANDO ANTONIO SILVA MEDINA, JEFE GRUPO HUMANITAS - SIJIN - ARMENIA:

 

1. Cuáles cree que son los principales determinantes o causas de la trata de personas?

 

R/ Bueno, a nivel departamento del Quindío de acuerdo a las investigaciones que se han adelantado y en diálogos que se han tenido con las víctimas de esta trata de personas, se ha podido establecer que la principal causa es la económica, las mujeres y hombres, porque no solamente son las mujeres las que son traficadas, viajan al exterior en busca de mejores oportunidades, en busca de conseguir dinero con el cual puedan enviarle a su familia, puedan sostenerla, puedan sacarla adelante, igualmente piensan en regresar y poder montar su negocio, poder traer buena cantidad de dinero, lo cual esas expectativas no son llenadas en el exterior, en la gran mayoría.

 

2. Cuáles cree que son las principales implicaciones o consecuencias de la trata de personas?

R/ Bueno, en primer lugar encontramos el desarraigo de la región, las costumbres que tienen las personas aquí en Colombia en cada una de sus regiones no las van a volver a encontrar en otro país, tales como por ejemplo alimentación, todo lo que es relacionado con vestuario, con sitios de diversión, compañeros, etc., no va a ser posible que vuelvan a tenerlos allá en esos países de destino, por los cuales es un desarraigo que afecta a bastante a estas mujeres y hombres víctimas de trata de personas.  Segundo se encuentra esa desvinculación del núcleo familiar, ya que estas mujeres abandonan a sus hijos, abandonan a su familia que está compuesta por generalmente su mamá o su papá de las cuales dependen económicamente.  Estas mujeres llegan a destinos como Japón y España a buscar medios económicos para enviárselos a sus familiares y poder que se sostengan económicamente durante el tiempo que vayan a estar en el exterior.

 

3. Qué opinión tiene sobre el manejo general que se le da en nuestro medio al delito en mención?

 

R/ A nivel de instituciones ha habido mucha preocupación por este gran flagelo que es el de la trata de personas.  Se han unido instituciones como la OIM, Organización Internacional para las Migraciones, la Fundación Esperanza, también colaborando mucho con lo que es la recuperación de las víctimas, los Grupos Humanitas, que fueron creados específicamente para combatir este flagelo ya que a partir del año 96, eh… 95-96 comienza ya a hablarse del delito de trata de personas y la necesidad de que haya grupos interinstitucionales creados para combatir este flagelo.  A nivel general hay una gran despreocupación por estos delitos, toda vez que hasta que no toca la puerta de cada uno de los Colombianos, no nos damos cuenta de que existe realmente esta problemática y de que hay que tomar medidas para poder combatir este flagelo que de verdad nos esta avanzando a pasos agigantados y no hemos encontrado como una unión entre instituciones y ciudadanía en general para poder erradicar este delito.

 

4. Cuáles son las fortalezas y las debilidades en el manejo general contra la trata de personas?

 

R/ Bueno, fortalezas, es muy importante tener en cuenta la unión que ha habido entre instituciones, ONG, organizaciones internacionales, para combatir, para prevenir, para ayudar a las víctimas de trata de personas, es una fortaleza muy grande ya que cuando se puede prevenir, se puede ayudar a la víctima y a la vez se puede combatir este flagelo se pueden obtener muy buenos resultados.  Tenemos grandes problemas que son los logísticos, no se cuentan con los medios necesarios para poder hacer los seguimientos, para poder adelantar las labores investigativas y de esta forma combatir mejor el delito de la trata de personas.

 

5. Qué estrategias posee el Grupo Humanitas para combatir o controlar este delito?

 

R/ Bueno, la principal y la que mayor resultado nos ha dado es la de capacitación en centros educativos, recordemos que es allí en estos sitios en donde las personas que hacen parte de las redes de trata de personas acuden para poder conseguir mujeres muy jóvenes, mujeres que necesitan sostener su hogares, mujeres cabeza de familia, entonces esa parte como más frágil y donde más fácil van a conseguir estas personas.  La principal estrategia que se ha desarrollado siguiendo con la capacitación es haber logrado llegar a los colegios, capacitar, primero lo que es la parte de profesores, se está capacitando lo que son los profesores para que ellos sirvan de multiplicadores de toda esta información a sus alumnos, segundo se ha también dado capacitaciones al personal de grado noveno, décimo y once, que son como los más ya próximos a salir de los colegios, los que tienen la mayor edad y las edades de que son más factibles de que sean víctimas de esta clase de delitos.  También tenemos otra estrategia que es la de capacitación en las universidades, ya que es allí donde está la mayor cantidad de población víctima de trata de personas, estos estudiantes universitarios muchas veces no tienen la forma de continuar adelantando esos estudios superiores, entonces ante la necesidad de medios económicos optan por aceptar estas invitaciones de las redes de trata de personas, fácilmente los envuelven y son sacados hacia destinos como Japón y España.

 

6. Tiene algo más que agregar, recomendaciones.

 

R/ Bueno, recomendaciones sobre todo, primero, cuando se conozca de una persona que vaya a ser víctima de trata de personas avisar lo más pronto posible a las unidades policiales más cercanas, al DAS, o a la Fiscalía General de la Nación, en primer lugar.  Segundo, se necesita esa inmediatez con el fin de que no vaya a ser demasiado tarde, muchas personas vienen a dar aviso ya cuando van a ser sacadas hacia el exterior y ya es muy poco lo que se puede hacer.  Tercero, si la persona es llevada hacia el exterior, hacia Japón o España, la principal recomendación que se da es acuda a la embajada más cercana de Colombia en esos países para que sepan de que está allá en ese país.  Que sucede, que tan pronto llegan allá van a quitarle todos los documentos de identificación, entonces se necesita al menos tener un registro de que esta allá el Colombiano, que está la Colombiana en el país, en caso de que suceda algo sea más fácil lograr la ubicación, o se tenga algún indicio de que ya llegó allá, de que está allá y se pueda localizar más fácilmente.  Como última recomendación está la de acudir a las embajadas de Colombia en esos países para que por intermedio de la Fundación Esperanza sean repatriados nuevamente hacia la ciudad de Bogotá, en Bogotá estas Fundaciones tienen sitios donde se les va a dar hospedaje, se les va a dar atención psicológica, igualmente también se les va a dar trabajo en donde va a ser más fácil la readaptación a nuestro país, la readaptación a su núcleo familiar y poder olvidar todo este camino que tuvo de la trata de personas y poder llevar una vida normal.

 

5.6. ENTREVISTA AL DR. RAMIRO GARCIA LADINO, FISCAL OCTAVO SECCIONAL - ARMENIA:

 

1. Cuáles cree que son los principales determinantes o causas de la trata de personas?

 

R/ La principal causa necesariamente se da al factor económico, siempre que hay trata de personas, ellas se van es porque desean un mejor futuro y consideran que van a obtener dinero de una manera fácil y cuando llegan allá pues se dan cuenta que el dinero no lo obtienen de manera fácil y por eso algunas víctimas se devuelven.

2. Qué opinión tiene sobre el manejo general que se le da en nuestro medio al delito en mención?

 

R/ Es un delito poco denunciado, si ustedes observan las estadísticas verán que son pocos, en comparación a los casos que realmente ocurren dentro del país, porque es mucha la gente que sale por este delito y lo que se denuncia es muy poco y generalmente cuando se denuncia es porque la persona le ha ocurrido alguna clase de problema.

 

3. Cuáles son las fortalezas y las debilidades en el manejo general contra la trata de personas?

 

R/ La debilidad está necesariamente en que el sujeto pasivo del delito nunca presta su colaboración porque es una persona que ha salido con el consentimiento y es una persona que se va y sabe a lo que va, que va a ejercer efectivamente en otro país y en consecuencia obtener su versión o versión real sobre los hechos es muy difícil, y una de las fortalezas es que el país se ha interesado últimamente por el tema, ha creado organismos ha nivel internacional y a nivel nacional donde se propende por restablecimiento de esta clase de conductas.

 

4. Que opinión tiene sobre el manejo jurídico que se le da en nuestro medio al delito mencionado?

 

R/ Haber, debería ser mucho más amplio, teniendo en cuenta que no solamente se trata de prueba obtenida a nivel nacional o a nivel regional, sino que tiene que trascender a organismos internacionales, por lo tanto es difícil a veces recopilar esa prueba, porque tenemos que valernos por ejemplo de los cónsules de otro país, hacer cartas rogatorias, inclusive es bastante demorado, a veces para traer por ejemplo a una persona, todo el proceso que implica, es decir, no es un proceso fácil sino es un proceso complicado de judicializar, como tal y llevar a feliz termino una sentencia condenatoria.

 

5. Cree que existen referentes jurídicos internacionales que puedan servir para adoptarlos en nuestro medio y combatir la trata de personas?

 

R/ Generalmente se trabaja sobre casos que ya han sido desarrollados y han sido investigados por otros países y por el mismo Colombia y raíz de eso se empieza a mirar la forma cómo  ellos operan, se trata como de seguir los pasos y decir… están actuando de una manera y se llega al conocimiento de algunos hechos de esta misma circunstancia.

 

6. Qué tipo de cambios, modificaciones, ajustes o innovaciones deben hacerse en materia jurídica para combatir el delito de trata de personas?

 

R/ Para evitar, darle mayor oportunidad a la gente de nuestro medio, porque no es un secreto que las personas aquí sean profesionales o no sean profesionales, no gozan de una posibilidad de desempeñarse laboralmente en ningún cargo, así sea que el desee o que no desee y desde el punto de vista jurídico poder agilizar las pruebas para poder derrotar a estas personas que están muy bien organizadas.

 

5.7. ENTREVISTA AL DR. ELIO FABIO PARRA, SUBOFICIAL EN USO DE BUEN RETIRO - JEFE DE POLICIA JUDICIAL:

 

1. Cuáles cree que son los principales determinantes o causas de la trata de personas?

 

R/ Los principales determinantes para este flagelo podríamos decir que son varios, dentro de ellos como principal la crisis social que se vive en el país, es una crisis en donde no hay oportunidades económicas, el índice de desempleo aumenta, entonces a las personas no les queda más sino entrar a comerciar con el cuerpo.  Aunado a esto pues se presenta el auge, por decirlo así, de personas que comercian, que trafican con estas necesidades de las personas y pienso que esas dos situaciones son las que concretamente llevan a que se presente este flagelo tal como lo hemos oído.

 

2. Cuáles cree que son las principales implicaciones o consecuencias de la trata de personas?

 

R/ Las consecuencias son principalmente, consecuencias de tipo jurídico creo que para todos, porque inclusive quienes son víctimas de este flagelo, buena parte de ellos sabemos que están siendo sacados el exterior, al extranjero y en muchas oportunidades llegan a los países de destino a trabajar como ilegales, ilegales en el sentido de la migración misma, e ilegales en el sentido del mismo trabajo que desarrollan, entonces tienen consecuencias jurídicas por supuesto de ese tipo.  Para quienes se dedican a fomentar, a patrocinar, a llevar a cabo estas actividades también tienen sus implicaciones penales, que las establece pues las normas en nuestro país y también es contemplado este delito en el extranjero.

 

3. Qué opinión tiene sobre el manejo general que se le dan en nuestro medio al delito en mención?

 

R/ En ese sentido últimamente las autoridades y en especial el legislador, se han dedicado a combatir desde sus ámbitos cada uno, esta situación, este delito, me parece que sin embargo hace falta más.  Si bien es cierto las autoridades judiciales investigan y adelantan los procesos tendientes a detectar, a poner en evidencia las bandas que estén dedicadas a este tipo de delitos, siempre bastará un poquito más, porque eventualmente hay situaciones en las que las investigaciones no progresan por diferentes motivos, muchas veces porque no hay la continuidad suficiente tanto en funcionarios que manejan los procesos, como en los mismos investigadores a nivel de los grupos que llevan a cabo la investigación.

 

4. Qué tipo de cambios, modificaciones, ajustes o innovaciones deben hacerse en materia jurídica para combatir el delito de trata de personas?

 

R/ Pienso que hay más que todo ajustes, de pronto la normatividad está y la normatividad como tal está dirigida, encaminada a lograr este objetivo, que es combatir ese mal, pero como lo mencione en la pregunta anterior, creo que lo fundamental es crear unos equipos de investigación, unos equipos inclusive a nivel fiscalía que manejen este problema con la profundidad que se debe dar y con una continuidad tal que permita lograr unos resultados de pronto a corto y mediano plazo que sean contundentes para combatir este flagelo, eso por uno lado, y por otro lado, pues sabemos pues que el origen está en la crisis económica y social que vive el país y frente a eso pues creo que las soluciones están por ese lado también y que por supuesto pues marchan muy lentamente hacia una solución de este tipo.

 

5. Qué estrategias posee la SIJIN para controlar o prevenir este delito?

 

R/ Las estrategias están encaminadas principalmente a desarrollar una labor investigativa tendiente a detectar las personas que están dedicadas a promover o promocionar por decirlo así este tipo de delitos.  Esas estrategias implican que los investigadores deben estar en permanente contacto con dos informantes acudiendo a los sitios donde se presenta este negocio de la prostitución porque indudablemente ese es uno como de los sitios por donde inicialmente arranca prácticamente este delito y entran las organizaciones a tratar de buscar las personas que eventualmente las van a dedicar a esta actividad.  Lo otro, pues estar en mucho contacto con la comunidad, porque no son pocos pues los casos en los que las mismas personas, los mismos familiares de las niñas sobre todo niñas de buena familia, niñas incautas, ingenuas, son llevadas mediante engaños a ingresar en este tipo de actividades, entonces es frecuente que se acerquen los familiares a informarle a los miembros de la  policía de los posibles viajes que van a llevar a cabo sus familiares, muchas veces con motivos no muy claros, entonces es donde los policías o los investigadores entran a verificar ese tipo de informaciones y a establecer quienes están detrás de esas actividades.

6.  Puede Usted comentarnos sobre algún caso del cual haya tenido conocimiento?

 

R/ A ver de pronto en el tiempo que yo estuve trabajando en la Sijin y cuando me desempeñaba como Jefe de la Policía Judicial, en conjunto con los investigadores que hacían parte del grupo de delitos contra la vida y la integridad manejamos algún caso que fue relevante en su momento en el que unas personas de aquí de la ciudad de Manizales estaban implicadas en este tipo de actividad, esas personas servían aquí más como unos intermediarios y como una especie de enganche para niñas, para jovencitas, regularmente niñas muy bien presentadas, niñas jóvenes y de pronto estudiantes que eran tentadas por el deseo de tener dinero, no es un dinero fácil, pero si es suficiente dinero para solventar sus necesidades.  Estas personas aquí en Manizales son intermediarios como lo dije ahoritica y regularmente vienen gente de otros países que se conectan con las personas de aquí y empieza la cadena allí.  Pudimos manejar la información de extranjeros que vienen acá, y efectivamente a través de las labores investigativas, se hace un seguimiento, se hace una vigilancia, se verifica que efectivamente los extranjeros llegan a nuestro país, en esa investigación, se hacen las entrevistas con esas niñas que van a integrar esos grupos de personas que van a ejercer la prostitución porque prácticamente eso es, aunque inicialmente lo disfrazan como una especie de trabajo en clubes, en salas de masajes, y de pronto en el extranjero también lo maquillan así de esa manera, pero realmente son centros de prostitución. En esta actividad se hace un seguimiento hasta Panamá, allá se verifica la entrada de las personas que ya se han visto aquí, que son entrevistadas aquí por parte del extranjero que las pretende llevar, las lleva allá, les pagan todo, les pagan los pasajes, les dan inclusive plata para dejarle aquí a la familia, les dan dinero para que compren ropa y lleguen bien presentadas, allí en el aeropuerto las recogen los proxenetas allá, las recogen en sus vehículos, las llevan hasta los apartamentos donde van a estar, al día siguiente los llevan a los clubes donde ya van a trabajar y efectivamente en ese día prácticamente le dan la instrucción de cómo manejar a los clientes y en la noche tranquilamente nosotros ya encontramos a estas niñas allí en las salas ejerciendo esta actividad.  Una vez allí ya los manejadores, por decirlo así, de esta actividad prácticamente se vuelven casi dueños de estas personas, ellos les indican que hacer y que no hacer, como moverse, a donde poder ir, inclusive llegan al extremo de retenerle los documentos y retenerle el dinero que hace parte de su trabajo.  Ya empiezan a plantearles que todo el dinero que ellos le han entregado y que han invertido en ellas tiene que ser reembolsado, porque eso no es una inversión, eso es un préstamo lo que ellos le han hecho y empiezan a pagarles regularmente unas sumas muy bajas, muy ínfimas para la labor que ellas desempeñan.  Entonces, prácticamente caen en garras de un pulpo que tiene muchos tentáculos, porque indudablemente que esta actividad delictiva de la trata de personas está cruzada con otras actividades delictivas y estas niñas son víctimas de amenazas permanentes en el evento de que traten de abandonar a estas personas o traten de regresarse al país, situación que se les dificulta de manera grave, pues porque prácticamente cuando  están trabajando ellas están indocumentadas.  En Panamá que fue donde se hizo esa actividad, permea también la corrupción y por eso estas personas tienen cierta protección de algunas autoridades para que no sean judicializados, no sean llevados a buen recaudo por parte de las autoridades.  Todo esto se corrobora con la entrevista que posteriormente se pudo hacer con unas menores que bajo esta modalidad habían ingresado a ese país y posteriormente fueron detenidas por las autoridades y tuvimos la oportunidad de pronto de dialogar con ellas, de conocer su caso y nos corroboran toda esta historia que yo les estoy contando, y todas estas consecuencias.  Igualmente también se pudo tener acceso a los expedientes que la Fiscalía en Panamá manejaba referente a ese caso de esas niñas en concreto y donde efectivamente vinculaban a las personas que para ese momento nosotros estábamos investigando, también las vinculaban por ese mismo hecho y donde esas menores pues eran las víctimas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

6. MARCO JURIDICO ACTUAL DE LA TRATA DE PERSONAS

 

“Es incomprensible que el tráfico de seres humanos tenga lugar en siglo XXI; incomprensible, pero cierto. El tráfico no deja indemne a ningún país, inclusive el nuestro”.

Colin Powell

 

El problema de la trata de personas en la actualidad ha tomado dimensiones que afectan no solo la parte económica de cada sujeto, sino también su dignidad humana y un gran número de derechos fundamentales. Las víctimas de la trata de personas se ven desprotegidas a causa de la ausencia de leyes que castiguen severamente a los tratantes de personas; además, al no ser denunciados estos delitos, aumenta la impunidad, y así, la oportunidad de los criminales para seguir delinquiendo.

 

Se trafica en el comercio internacional del sexo en situaciones de trabajo forzado, en todo el mundo, a mujeres, niños y hombres. Muchos son atraídos por las promesas de buenos empleos, ignorando que sus documentos de viaje les serán decomisados, que se los mantendrá presos de sus deudas o que estarán sujetos a palizas brutales. Los tratantes también secuestran y raptan a sus víctimas.

Los tratantes, quienes pueden actuar por su cuenta o ser miembros de redes criminales organizadas, emplean amenazas, intimidación y violencia para forzar a las víctimas a participar en actos sexuales o trabajar en condiciones comparables a la esclavitud, con fines financieros para los tratantes. Ningún país está inmune a la trata de personas. Un estimado reciente del gobierno de Estados Unidos indica que se trafican anualmente en todo el mundo, a través de las fronteras, de 800.000 a  900.000  personas,  y  que  de  18.000  a  20.000  de  esas víctimas son vendidas en Estados Unidos.

 

6.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA

 

La trata de personas, tal como se ha concebido y desarrollado en los diferentes instrumentos internacionales de protección de los derechos fundamentales, compromete la violación de diversos derechos y garantías de las personas como su libertad, el libre desarrollo de su personalidad, la igualdad, el reconocimiento de la personalidad jurídica, entre otros.

 

Estos derechos son reconocidos por nuestra Carta Política como principios y valores que hacen parte de la estructura social  y democrática del Estado, en la que el respeto a la dignidad humana, se convierte en uno de sus principales pilares.

 

A continuación se transcriben algunos artículos de la Constitución de Colombia en los que se consagra el respeto a la dignidad humana y la protección de los derechos fundamentales:

 

Artículo 1º:

Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales…. Fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”.

 

Artículo 12º:

“Nadie será sometido a desaparición forzada, a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”.

 

Artículo 17º:

“Se prohíben la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas”.

 

De lo dicho anteriormente, se puede explicar la existencia de prohibiciones tales como la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas. Obsérvese como la Constitución al contrario del desarrollo que hace el Código Penal, prevé que la trata de personas tiene diversas manifestaciones, mientras que la normatividad represora alude solamente al tráfico con fines de prostitución. Es decir, el desarrollo legal de este canon constitucional resulta insuficiente frente a la realidad del fenómeno analizado.

 

6.1.1 Derechos Humanos vulnerados con la trata de personas

 

- Derechos de primera generación, derechos civiles y políticos.

·        A la vida

·        A la no violencia

·        A la libertad y seguridad

·        A la intimidad

·        Al trato digno

·        A la igualdad y no discriminación

·        Al libre desarrollo de la personalidad

·        A la libre circulación

 

- Derechos de segunda generación, derechos económicos, sociales y culturales.

 

·        A tener una familia

·        Al trabajo y a escoger profesión

·        A la salud

·        A un nivel de vida adecuado

·        A la recreación

 

- Derechos de tercera generación, derechos colectivos.

 

·        A un ambiente sano

 

Así, las mujeres víctimas de la trata de personas, están sometidas permanentemente a toda forma de violencia, acoso sexual, explotación sexual, desatención en salud y la  maternidad, condiciones de hambre y pobreza, desigualdad de oportunidades para el desarrollo de su personalidad, prejuicios sexistas, penas, tratos crueles inhumanos y degradantes, violándose sus derechos humanos de manera permanente.

6.2 CÓDIGO PENAL

 

Actualmente Colombia avanza hacia una normatividad penal armónica con las disposiciones del Derecho Internacional en relación con la trata de personas.

 

La Ley 360 de 1997 introduce algunas modificaciones acerca de este delito, estas empiezan, desde la denominación del título que recoge las conductas constitutivas de lesión a la libertad sexual; ahora el bien jurídico tutelado supera la tradicional concepción moralista (pudor sexual) hasta llegar a la definición de libertad sexual y dignidad humana, aspectos muchos más cercanos a la protección de la persona entendida en todas sus dimensiones.

 

La interpretación de los derechos vulnerados con ocasión de cualquiera de las conductas previstas en el título XI, es mucho más consonante con los principios y valores reconocidos en la Carta Política. La apreciación de los hechos punibles allí recogidos como una transgresión a la libertad y la dignidad humana, involucra a la víctima como persona sujeto de los principios y valores en los cuales descansa el Estado Social de Derecho.

 

La Ley 360 de 1997 además de agravar las penas en la mayoría de los casos, suprimió el Código Penal vigente en los aspectos que tenían un alto grado de valor moral en la penalización, como los ya anotados, así se ve en la reforma introducida al Artículo 308 que requería para la materialización del delito de inducción a la prostitución que se tratara la víctima de persona honesta. Igualmente se suprimió el Artículo 307 que preveía extinción de la pena cuando el agente contraía matrimonio con la víctima.

 

Mediante la Ley 747 de 2.002 se incluyeron algunas modificaciones y adiciones al Código Penal. Esta Ley contiene la definición y las penas para el delito de trata de personas, así como las circunstancias de agravación punitiva para este delito.

 

Artículo 188ª.

“Trata de personas. El que promueva, induzca, constriña, facilite, financie, colabore o participe en el traslado de una persona dentro del territorio nacional o al exterior recurriendo a cualquier forma de violencia, amenaza o engaño, con fines de explotación, para que ejerza prostitución, pornografía, servidumbre por deudas, mendicidad, trabajo forzado, matrimonio servil, esclavitud con el propósito de obtener provecho económico o cualquier otro beneficio, para sí o para otra persona incurrirá en prisión de diez (10) a quince (15) años y una multa de seiscientos (600) a mil (1000) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la sentencia condenatoria”.

 

A partir del Artículo 188ª. Se puede concluir que:

 

- El delito puede ser cometido por cualquier persona. La participación de la persona puede ser al promover y/o inducir y/o constreñir y/o facilitar y/o financiar y/o participar en el traslado de la persona víctima del delito.

 

- Por estar ubicado en el Título Tercero: De los Delitos contra la libertad individual y otras garantías, en el Capítulo 5: De los delitos contra la autonomía personal, queda claro que se vulneran con este delito la libertad, la autonomía y la dignidad humana de la víctima.

 

6.3 EVOLUCIÓN LEGISLATIVA

 

El artículo 311 del Código Penal, antes de la modificación de la Ley 360 de 1997, se denominaba Trata de Mujeres y Menores, pero esta Ley resultaba muy limitante. El actual artículo 311 del Código Penal, dispone "Trata de personas: El que promueva, induzca, constriña o facilite la entrada o salida del país de una persona para que ejerza la prostitución, incurrirá en prisión de dos a seis años y multa equivalente a multiplicar por una cantidad de setenta y cinco a setecientos cincuenta el valor del salario mínimo legal mensual vigente".

 

En la Ley 599 de 2000, el Código Penal establece dos tipos penales diferentes, en los artículos 188 y 215, el primero forma parte del capítulo de delitos contra la Autonomía Personal y el segundo es parte del capítulo del proxenetismo.

 

También está vigente el decreto 1974 de 1996, por el cual se crea el Comité Interinstitucional para la Lucha contra el tráfico de Mujeres, Niñas y Niños.

 

6.4 CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACIÓN PUNITIVA

 

La Ley 712 de 2002 contempla las siguientes circunstancias de agravación punitiva con el fin de garantizar un mayor castigo a los delincuentes:

 

• “Cuando se realice en persona que padezca inmadurez psicológica, trastorno mental, enajenación mental y trastorno psíquico, temporal o permanente, o sea menor de 18 años.

 

Como consecuencia la víctima resulte afectada en daño físico permanente y/o lesión psíquica, inmadurez mental, trastorno mental en forma temporal o permanente, o daño en la salud de forma permanente.

 

• El responsable sea cónyuge o compañero permanente o pariente hasta el tercer grado consaguinidad, segundo de afinidad y primero civil.

 

• El autor o partícipe sea servidor público.

 

Parágrafo: Cuando las conductas descritas en el artículo 188ª se realicen sobre menor de doce (12) años se aumentará en la mitad de la misma pena”.

 

6.5 MECANISMOS PARA COMPRENDER, COMBATIR Y PREVENIR LA TRATA DE PERSONAS.

 

Una forma para comprender este delito, sería que se destinara un capítulo especial al tema de trata de personas y dentro de él se prevean todas las posibilidades de trata que de acuerdo a los estudios, tratados, convenciones y declaraciones internacionales se han identificado a nivel mundial, y se contemplen esas modalidades o usos como tipos autónomos o circunstancias de agravación, que permitan cercar el camino de los tratantes de personas.

 

El aspecto represivo también es un punto que se debe tratar con más cuidado, pues a los tratantes parece no importarles las penas a las cuales se pueden ver sometidos; es por esto que se deben aumentar las penas y las sanciones previstas en el Código Penal; además, se debe perseguir más a los delincuentes, y esto se puede hacer a través de cooperación entre naciones, mediante un trabajo conjunto con las autoridades de emigración, tanto del país emisor como del país receptor de mujeres, preparación de las autoridades de policía para saber detectar los casos y suministrar una ayuda oportuna y eficaz a la víctima, una asistencia social, psicológica y médica a las personas objeto de este delito.

 

Otra forma para contrarrestar este delito, es el control que ejerce la Policía Nacional, mediante acciones preventivas tales como:

 

• Presentaciones televisivas.

 

• Charlas y seminarios en colegios y universidades.

 

• Seminarios para funcionarios del Estado, para desarrollar planes y objetivos tendientes a la prevención del delito.

 

• Programas de sensibilización de la comunidad por parte de instituciones que trabajan en el tema.

 

• Programa por la vida y la esperanza.

 

• Operaciones especiales.

 

Se deben adoptar medidas educativas, sociales y culturales, que le permitan a la comunidad conocer los riesgos a los cuales están expuestos.

 

6.6 INVESTIGACIONES Y ACCIONES REPRESIVAS FRENTE A LA TRATA DE PERSONAS. En Colombia existe la INTERPOL, la cual es la Organización Internacional de Política Criminal; actualmente es una subdirección de la Dirección Operativa del Departamento Administrativo de Seguridad. Esta organización del Estado, es la encargada de desarrollar a nivel nacional e internacional, junto con otras naciones, las operaciones tendientes a la identificación de las redes de tratantes; por medio del estudio de estas se puede establecer la forma de operación de las bandas, para así poder organizar la operación adecuada y llegar a desmantelarlas y capturar a los delincuentes.

 

6.7 PAISES CON NUMEROS SIGNIFICATIVOS DE TRATA DE PERSONAS

 

 

 

 

 

 

 

 

LISTA 1

LISTA 2

LISTA 3

Alemania, Austria, Bélgica,  Republica Checa, Colombia, Republica de Corea, España, Francia, Hong Kong, Italia, Benin, Dinamarca, Emiratos Árabes Unidos, Ghana,  Lituania, Macedonia, Mauricio, Marruecos.      

Albania, Angola, Arabia Saudita, Armenia, Bahrein, Bangladesh, Belarus, Bolivia, Brasil, Brunei, Bulgaria, Burkina faso, Burundi, Camboya, Camerún, Canadá, China, Congo, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Guinea Ecuatorial, Eslovaquia. 

Belice, Bosnia y Herzegovina,  Myanmar, Cuba, Republica Dominicana, Georgia, Grecia, Haití, Kazajstán, Liberia, Corea del Norte, Sudan, Suriname, Turquía, Uzbekistán.

 


 

LISTA 1

LISTA 2

LISTA 3

Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia, Suiza, Taiwán. 

Eslovenia, Estonia, Etiopía, Filipinas, Finlandia, Gabón, Gambia, Guatemala, Honduras, Hungría, India, Indonesia, Israel, Jamaica, Japón, Kenya, Kuwait, Kirguistan, Laos, Letonia, Líbano, Malawi, Mali, México, Moldoba, Mozambique, Nepal, Nicaragua, Níger, Nigeria, Pakistán, Qatar, Rumania, Rusia, Rwanda, Senegal, Servia, Sierra Leona, Sudáfrica, Sri Lanka, Tayikistán, Tanzania, Tailandia, Togo, Uganda, Ucrania, Venezuela, Viet Nam, Zambia   

 

Los países incluidos en la lista 1 se ajustan completamente a las normas mínimas. Estos países penalizan la trata, procesan a los autores del delito y prestan servicios de protección a las victimas. Por otra parte, los gobiernos patrocinan o coordinan campañas de información, y hacen cuanto este a su alcance para detener la práctica de la trata de personas.

 

Los países de la lista 2 no cumplen totalmente con las normas mínimas pero llevan a cabo esfuerzos significativos para ajustarse a las mismas. Por ejemplo algunos países prestan poca o ninguna asistencia a las victimas, aunque enjuician a los autores; pero presentan deficiencias en la prevención de la trata.

 

Por último, los países incluidos en la lista 3 no cumplen completamente con las normas mínimas, ni llevan a cabo esfuerzos relevantes para ajustarse a las mismas. Sin embargo, algunos de los países incluidos en estas listas pueden estar comenzando  a adoptar medidas concretas, si bien las mismas no tienen entidad suficiente como para justificar su inclusión en la lista 2; de acuerdo con lo estipulado en la ley los países de esta lista podrán ser objeto de ciertas sanciones, en particular, la suspensión de carácter no humanitario o no relacionada con el comercio. Por otra parte los Estados Unidos se opondrán a la prestación de toda ayuda que se preste a estos países en el seno de las instituciones financieras internacionales.

 


6.8 LEGISLACIÓN INTERNACIONAL

 

6.8.1 Ley 800 de marzo 13 de 2003. Por medio de la cual se aprueban la “Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional” y el “Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional”, adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el quince (15) de noviembre de dos mil (2000).

 

6.8.2 Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, del 27 de noviembre de 2000. Por medio de esta Convención se pretende combatir eficazmente la trata de personas, mediante la utilización de instrumentos jurídicos que permitan la desarticulación de estas redes de tratantes, estos instrumentos son: la penalización de la trata de personas, su tentativa, la complicidad, y la protección a las víctimas de este delito.

 

6.9  MARCO NORMATIVO DE OTROS PAÍSES

 

6.9.1 Italia. La legislación italiana enfrenta el problema de la trata sólo en el contexto de las normas penales de la prostitución y en las disposiciones que regulan la inmigración.

 

En cuanto a lo que es específico de la prostitución, Italia posee una vieja Ley de hace cuarenta años: la denominada Ley Merlín, por el nombre de la parlamentaria socialista que la propuso (n. 75 del 20 de febrero de 1958, “Abolición de la reglamentación de la prostitución y lucha contra el aprovechamiento de la prostitución ajena”).

 

Aprobada en 1958, la ley dispone la eliminación de las casas cerradas, hasta entonces controladas por el Estado; despenaliza el delito de la prostitución cuando sea ejercida privadamente y veta la explotación de la prostitución ajena[79].

 

Sobre la base de las disposiciones  allí contenidas, se penalizan hechos como:

 

• La propiedad, el ejercicio o el arriendo de una casa en donde se ejerce la prostitución.

 

• Cualquier forma de participación en las actividades mencionadas.

 

• La tolerancia ante el desarrollo de actividades de prostitución en locales abiertos al público o utilizados por el público.

 

• El reclutamiento de personas y la permisividad de la prostitución; la incitación a la prostitución, sea que suceda de manera privada o de formas públicas.

 

• La explotación de la prostitución de cualquier forma por parte de un sujeto diferente al que la ejerce.

 

En resumen la ley afirma todo y su contrario. La prostitución en sí misma no es un delito, pero no puede ser ejercida en un recinto cerrado ni en un lugar abierto al público o utilizado por el público. La prostituta puede ser acusada de “seducción”, el cliente de “favorecimiento” y el propietario de la habitación o una amiga que la hospede de “aprovechamiento de la prostitución ajena”.

 

La ambigüedad deja espacio para interpretaciones lesivas para la posición de la prostituta, sobre todo en el caso específico de las “extranjeras”, las más vulnerables. De hecho, aún cuando tienen permisos de estadía en orden, las mujeres extranjeras permanecen indefensas y fácilmente chantajeables bajo amenazas de denuncia.

 

Una dura batalla para la modificación de la ley fue emprendida en la mitad de la década de los ochenta por el “Comité para los Derechos Civiles de las Prostitutas”. Las reivindicaciones del Comité eran, y son aún las siguientes:

 

• La eliminación del delito de seducción y de encubrimiento.

 

• El agravamiento de las penas previstas para la explotación de la prostitución.

 

• La abolición del Art. 1 de la ley que prohíbe el ejercicio de la prostitución en recintos cerrados.

Con respecto al tema específico de la trata, además, la Ley Merlín declara como delitos:

 

• La incitación a transferirse a un lugar o a un Estado diferente al propio para ejercer allí la prostitución y el facilitamiento de la partida.

 

• La actividad en organizaciones nacionales o extranjeras destinada a reclutar personas con destino a la prostitución o a su explotación, o el encubrimiento respecto a tales organizaciones.

 

Tales delitos, añade la Ley, son penalizables también si se cometen en territorio extranjero, si bien el caso del “delito de incitación” se precisa que dicho delito es castigado “en cuanto lo prevean las convenciones internacionales”.

 

Esta última disposición, aún tomando en consideración la transferencia de personas de un país a otro para el ejercicio de la prostitución, tiene sólo validez como declaración de principio contra el viejo fenómeno de “trata de blancas” y por esto resulta inadecuada con respecto a las dramáticas connotaciones asumidas hoy día por el tráfico de personas.

 

La legislación que se encamina a una conclusión en Italia se ha caracterizado por un intenso debate parlamentario y por la presentación de diferentes propuestas de ley; sin embargo, a la fecha presente no se ha llegado aún a una reforma pretendida por la partes. Las propuestas van desde la reapertura de las “casas de tolerancia” gestionadas por las administraciones públicas hasta la introducción de formas de gestión privada, individual o asociativa que contemplen la tasación de réditos; y hasta la despenalización completa, acompañadas de actividades de prevención y tutela.

 

Algunos diseños de leyes parlamentarias y uno de iniciativa gubernamental, además, han propuesto introducir en el código penal la figura jurídica de la “trata de personas” en su más amplia y completa acepción.

 

En 1998 se aprobó el texto único sobre la inmigración, una ley muy discriminante y contradictoria que todavía en su artículo 18 establece que, cuando en el curso de las operaciones de la policía, indagaciones o procedimientos judiciales por los delitos previstos por la ley sobre la prostitución (artículo 3 Ley Merlín), o bien que cuando en el curso de  intervenciones asistenciales de los servicios por parte de los entes locales se verifiquen situaciones de violencia o de grave explotación en relación con un extranjero y surjan peligros concretos a su integridad, por efecto de tentativas de sustraerse a los condicionamientos de una asociación dedicada a uno de los antedichos delitos o de las declaraciones dadas en el curso de las pesquisas preliminares o del juicio, pueda ser concedido un permiso de estadía especial de seis meses de duración, renovable en un año o por un tiempo mayor necesario por motivos de justicia.

 

El decreto actuario define en el Artículo 27 los procedimientos para la solicitud del permiso, los sujetos jurídicos que pueden solicitarlo y las modalidades de la concesión.

 

Para la sociedad civil y para los expertos que han expresado una valoración sobre la nueva normativa quedan aún riesgos abiertos y nudos no resueltos. Según Ana María Gianmarino (Jefe de la Oficina Legislativa del Ministerio para la Igualdad de Oportunidades) los principales nudos a resolver son dos: si la descripción de la figura debe ser referida al tráfico de mujeres o en general al tráfico de personas, o si debe ser caracterizada sólo como explotación sexual, o si debe prever otros fines ilícitos no sólo de naturaleza sexual.

 

6.9.2 Ley de Protección de víctimas de trata de Estados Unidos. Los Estados Unidos es un país de destino  y de tránsito de víctimas de trata. Las mujeres víctimas son introducidas en los Estados Unidos no solo con fines de explotación sexual, sino también de trabajo forzado y servidumbre doméstica, los cuales llevan implícitos infracciones a las leyes laborales y de derechos humanos.

 

La trata de personas en los Estados Unidos se verifica no solo a nivel internacional, es decir de país a país, sino también entre estado y estado, encontrándose entre las víctimas tanto extranjeros que residían regular o irregularmente entre el territorio, como víctimas de nacionalidad estadounidense.

 

La ley define las formas graves de trata de personas como: a) La trata sexual en la que se induce a la realización de actos sexuales con carácter comercial mediante la fuerza, el fraude o la coacción, o si la víctima es menor de 18 años; o b) La captación, la acogida, el transporte, el suministro o la obtención de una persona para prestar su trabajo o servicios mediante el uso de la fuerza, el fraude o la coacción, con el objeto de someterla a servidumbre o esclavitud por deudas.

 

La ley de protección de las víctimas de la trata, tiene por objeto luchar contra la trata de personas mediante la penalización de los tratantes y la protección de las víctimas; también prevé la realización de una evaluación de los esfuerzos realizados a nivel nacional por los países de origen, transito o destino de las víctimas de las formas graves de trata de personas, a cuyos efectos se determinan unas causas mínimas para la eliminación de la trata de personas. En la ley sobre  protección de las víctimas de trata se observa que la política de los Estados Unidos es aplicar ciertas sanciones a los países que: no se ajusten a las normas mínimas para la eliminación de la trata, y que no estén desplegando esfuerzos significativos  para  ajustarse  a  estas  normas a cuyos efectos el departamento de estado elabora un informe anual.

 

En cuanto a la asistencia, la ley distingue entre la que se presta fuera del territorio de los Estados Unidos y la que se presta en su territorio. Para el primer caso se prevé el establecimiento de programas e iniciativas en terceros países para asistir a las víctimas en su integración, reintegración o asentamientos seguros. Para el segundo caso las víctimas de trata de personas tendrán derecho a los mismos beneficios que tienen los solicitantes de asilo, también  se contempla que las autoridades federales autoricen la presencia continua de toda persona de la cual se determine que es víctima de la trata. Mientras se encuentre bajo la custodia de las autoridades federales, las víctimas gozaran de condiciones de alojamiento apropiadas, asistencia médica y serán objeto de toda medida necesaria para garantizar su seguridad, proteger su identidad y la de sus familiares.

 

6.9.3 Chipre. El gobierno de Chipre ha ratificado mediante su ley N° 57/83, el Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. La eliminación de la discriminación contra la mujer es parte de  la política gubernamental, en particular desde 1.985, año en que el gobierno de Chipre ratificó la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, mediante su ley N° 78/85, que desde entonces, ha constituido el marco general de la política gubernamental en la esfera de las cuestiones de la mujer.

 

6.9.4 Estonia. Estonia se adhirió al Convenio para la Represión de la trata de personas el 10 de marzo de 1.936.

 

6.10 MODELO DE LEGISLACIÓN SOBRE TRATA DE PERSONAS PARA LOS PAÍSES QUE TIENEN LOS AUTORES Y LAS VICTIMAS DE ESTE DELITO.

OBJETIVOS

DEFINICIÓN

Protección para la seguridad de las víctimas 

Una vez que se identifican a las víctimas de trata, las autoridades deben suministrarle protección razonable para evitar que sean recapturadas por los tratantes, contra amenazas que reciba la víctima o sus familiares, y asegurar que las víctimas puedan recurrir a un abogado o a personas apropiadas para elaborar un plan de seguridad.  

Protección a testigos

Las víctimas que sean testigos ( o testigos potenciales) tendrán derecho a ser incluidas en los programas de protección para las víctimas de actividades del crimen organizado ( reubicación,  nueva, identidad, nueva residencia, permisos de empleo, confidencialidad).   

Privacidad  de las víctimas

Derecho a la confiabilidad de sus identidades.

Información

Las víctimas serán informadas de sus derechos legales por ejemplo el enjuiciamiento de los tratantes, el retorno a su país de origen y los procedimientos de inmigración legal al país. 

Presentación en el proceso

Las víctimas tendrían la oportunidad si lo desean de presentarse en el proceso de una manera que no perjudique su propia situación jurídica.

Asistencia a las víctimas

Por ejemplo, alojamiento adecuado y seguro, asistencia psicológica y médica, oportunidades de empleo, formación y educación, asistencia jurídica. 

Condición migratoria

Las víctimas recibirán un permiso temporario para permanecer en el país durante el enjuiciamiento de los tratantes en caso de que la víctima consienta en colaborar con la investigación o enjuiciamiento.

Las víctimas podrán recibir un permiso permanente si han colaborado con la investigación o enjuiciamiento.

Retorno al país de origen.

En condiciones de seguridad, y de ser posible en colaboración con organizaciones internacionales y ONG’s.

Niños víctimas de trata.

 

 

Consideraciones especiales en términos de derechos, privacidad, alojamiento, cuidado y asistencia, en especial cuando se trate de niños testigos. 

Consentimiento

En el procedimiento penal no podrá alegarse el consentimiento prestado por  la victima en las condiciones  de coacción previstas en la definición de trata. ( esta disposición no pretende colocar la carga de la prueba en la victima).   

Sanciones

Trata de personas: multa y/o pena de prisión hasta 20 años e indemnización a las víctimas.

Tráfico con fines de prostitución: multa y/o pena de prisión de hasta 10 años.

Destrucción, confiscación, apropiación o posesión de un pasaporte o documento de identificación o de migración de otra persona en los delitos de trata de personas o tráfico con  fines de prostitucion: multa y/o prisión de hasta 5 años.

Impedir o restringir la libertad de movimiento de una persona:  multa y/o prisión de hasta 5 años.    

Fuente: Estados Unidos, comunicaciones del Departamento de Justicia (1-11-00) y del Departamento de Estado (12-3-03).

 

6.11 INFORME SOBRE TRÁFICO DE PERSONAS 2003. OTRO PASO HACIA LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL CONTRA LA ESCLAVITUD MODERNA. El Departamento de Estado de Estados Unidos emitió el 11 de junio de 2003 el tercer informe anual sobre Tráfico de Personas, resultado de una encuesta de alcance mundial sobre el comercio de seres humanos.

 

El Tercer Informe Anual sobre Tráfico de Personas (Trafficking in Persons Report, 2003), emitido por el Departamento de Estado, es el informe más abarcador sobre los esfuerzos de los gobiernos de todo el mundo para combatir formas graves de tráfico de personas o "esclavitud moderna". El Informe se emite de acuerdo a lo dispuesto por el Congreso bajo la Ley de Protección a las Víctimas del Tráfico (división A de la Ley Pública 106-386, aprobada en octubre de 2000).

 

El Informe indica si un país está decidido a ser "un país de origen, tránsito o destino de un número significativo de víctimas de formas graves de tráfico". Los países decididos a tener un número significativo de víctimas son colocados en el informe en una de tres filas, según los esfuerzos que haga el gobierno para combatir el tráfico. Los gobiernos que cumplen plenamente con las normas mínimas de la Ley 106-386 para la eliminación del tráfico son colocados en la Fila 1. Aquellos que hacen esfuerzos significativos para cumplir son colocados en la Fila 2. Finalmente, los países cuyos gobiernos no hacen esfuerzos significativos para cumplir son colocados en la fila 3.

 

• Más de 100 de los países que aparecen en el informe cumplen plenamente con las normas mínimas de la Ley 106-386, o realizan esfuerzos significativos para hacerlo.

 

• En el 2.003, por primera vez, los gobiernos de los países anotados en la fila 3 enfrentaron sanciones potenciales, inclusive la terminación de la ayuda no humanitaria, no relacionada con el comercio. Estas sanciones se hicieron efectivas el 1º de octubre de 2003 y están sujetas a posibles dispensas.

 

• Este Informe incluyó a 30 países que no estaban en el informe del 2.002. Esto refleja más y mejor información sobre el alcance y magnitud del tráfico, y una participación mayor con otros países.

 

• En muchos casos se han ampliado también los relatos por países para incluir datos adicionales sobre medidas contra el Informe, inclusive estadísticas sobre ejecución de las leyes

 

• Este Informe trasmite la dimensión humana de la tragedia del tráfico a través de relatos de víctimas, y fotografías e información sobre "mejores prácticas" gubernamentales.

 

Durante la preparación del Informe y a través de la participación de la Oficina del Tráfico con gobiernos extranjeros y organizaciones internacionales y no gubernamentales a lo largo de todo el año, salió a luz una cantidad de esfuerzos innovadores contra el tráfico. Muchos de estos esfuerzos son particularmente dignos de mención porque demuestran medidas contra el tráfico, de bajo o ningún costo, que son sostenibles.

 

Estos esfuerzos son encomiables y el gobierno de Estados Unidos continúa ampliando la ayuda programática a las ONG’s, organizaciones internacionales y gobiernos comprometidos a trabajar para combatir con decisión la trata de personas. En los últimos dos años el gobierno de Estados Unidos ha invertido más de US $100 millones en programas para atender la prevención, protección y ayuda a las víctimas, y el encauzamiento de tratantes de 92 países del mundo.

 

Según datos entregados por las Naciones Unidas, la gran mayoría de las víctimas de Trata son trasladadas a Alemania, Estados Unidos e Italia, en cuarto lugar de destino se encuentra Holanda y en el quinto lugar se ubica Japón.  La misma institución sostiene que 4% de las víctimas son hombres y el 50% son niños, en este tipo de población la Trata normalmente va dirigida a la explotación laboral[80].

 

En Colombia aún no se ha establecido el número exacto de las personas que son y han sido sujeto de la Trata de Personas.  La Organización Internacional para las Migraciones estima que hasta 70.000 colombianos podrían ser víctimas cada año de la Trata de Personas[81].

 

Colombia es uno de los más afectados por esta problemática.  En América Latina, ocupa el segundo lugar “después de Brasil, con el mayor número de personas, particularmente mujeres y niños, enviados con estos propósitos delictivos desde su territorio hacia los continentes Europeo y Asiático”[82].


 

7. ESTRATEGIAS Y ENFOQUES FRENTE A LA TRATA[83]

 

En el mundo se han desarrollado diferentes estrategias y enfoques para luchar contra la trata de personas. Los enfoques se han basado en la percepción individual y política del Estado. Organizaciones Sociales, ONG’s y conceptos propios frente al fenómeno de la trata y esto ha producido estrategias que son un plan que permite enfrentar el delito.

 

Los enfoques más comunes son:

 

7.1.Enfoque Moralista: Es el que relaciona directamente la trata de personas con la prostitución, equiparando estos dos fenómenos a un mismo nivel y desconociendo otros fines y formas de la trata de personas, dicho enfoque mantiene el estigma social para la prostitución, percibiendo a las mujeres que se prostituyen como malas y/o víctimas y sostienen que toda la prostitución es a la fuerza por lo menos debido a la pobreza o a otras circunstancias, si no explícitamente a través de las actividades de los agentes tratantes. La estrategia represiva moralista se preocupa principalmente por mantener a las personas fuera de la prostitución.

 

Para cada uno de los enfoques, encontramos dos  tipos de estrategias a seguir,  por  un  lado  están las estrategias represivas y por otro lado las

 

 

fortalecedoras o de empoderamiento. Para cada una se presentan las posibles consecuencias.

 

7.1.1. Las estrategias represivas a seguir son:

 

·        Suprimir la prostitución.

·        Negar toda posibilidad de gestión de la mujer, considerándolas a todas como víctimas.

·        Criminalizar a todos los involucrados, incluso a los hombres que acuden a las prostitutas.

·        Llevar a cabo batidas o pesquisas en  prostíbulos.

·        Generar más leyes anti-prostitución (anti-trata).

·        Llevar a cabo programas de rescate y rehabilitación de manera unilateral.

 

Las posibles consecuencias de llevar a cabo estas estrategias represivas son:

 

·        Aislamiento, estigmatización y marginalización de la mujer.

·        Mayor dependencia de terceros que actúan como protectores.

·        Mayor riesgo de violencia y abuso.

·        Se estimulan la corrupción y el abuso por parte de los legisladores.

 

7.1.2 Por el contrario se pueden establecer las estrategias fortalecedoras o de empoderamiento:

 

·        Entender y aceptar el trabajo sexual como una ocupación de carácter legítimo.

·        Realizar trabajo de información y educación sobre los derechos de las (los) trabajadoras (res) sexuales.

·        Reconocer la posibilidad de gestión de mujeres, hombres, niñas y niños.

·        Fortalecer los derechos políticos y civiles de quienes trabajan en la industria sexual.

·        Aumentar el espectro de posibilidades de las mujeres en la prostitución, incrementando el acceso a los recursos.

·        Capacitación, empleos.

·        Movilizar y organizar a las trabajadoras del sexo para su auto representación y participación a todo nivel: formación de políticas, condiciones de trabajo, entorno social, entre otros.

 

Las posibles consecuencias o resultados para este tipo de estrategias son:

 

·        Crecimiento de la autoestima de las y los trabajadores (ras) sexuales.

·        Incremento de la autonomía.

·        Mejores y más seguras condiciones laborales.

·        Participación en comunidad/sociedad.

·        Des-aislamiento y des-marginalización.

·        Finalización de la estigmatización.

 

7.2 Enfoque control del crimen: Combatir el crimen sin tener en cuenta los derechos de las víctimas, y en muchos casos las víctimas contratadas como criminales, migrantes ilegales o que infringen la ley.

 

7.2.1 Las estrategias represivas a seguir son:

·        Aplicar leyes criminales y sensibilizar al sistema judicial.

·        Concentrarse en la detección y prosecución de los criminales envueltos.

·        Instituir castigos más severos para crímenes conectados con la industria del sexo.

 

Las posibles consecuencias/resultados de las estrategias mencionadas son:

 

·        El eje es combatir el crimen.

·        Los intereses de las víctimas pasan a un segundo plano, las víctimas solo interesan como testigos en el proceso.

·        Re-victimatización de las mujeres por parte del sistema judicial, el cual, generalmente no es benévolo con las mujeres, prostitutas y migrantes.

·        El temor a ser interceptados lleva a  los tratantes y también a las víctimas a vivir clandestinamente, de modo que ni tienen acceso a los servicios sociales y de apoyo.

 

7.2.2. Por el contrario se pueden establecer estrategias fortalecedoras o de empoderamiento:

 

·        Ayudar a las mujeres a entender sus derechos, tanto civiles como en  medio de procesos criminales.

·        Implementar programas comprehensivos de asistencia a víctimas, incluyendo asesoría y apoyo legal.

·        Organizar su autoprotección/defensa.

·        Llevar a cabo juicios y pleitos de acción de clase.

Posibles consecuencias/resultados por la implementación de las estrategias señaladas anteriormente:

 

·        Apoya los intereses de las víctimas.

·        Crecimiento de la auto-confianza.

·        Sacar los casos de la esfera de lo individual e informar y sensibilizar al público.

 

7.3. Enfoque de migración: Ve la trata de personas como un problema meramente migratorio, creado por la migración irregular o ilegal, desconociendo que muchas de las víctimas llegan por vías legales y que la trata de personas no se presenta exclusivamente en el  paso de fronteras.

 

7.3.1. Las estrategias represivas a seguir son:

 

·        Detener la migración ilegal.

·        Vetar agencias/agentes tratantes.

·        Prohibir la migración a las mujeres y jóvenes.

·        Controles fronterizos más estrictos.

·        Castigo y deportación inmediata de los migrantes ilegales.

 

Las posibles consecuencias/resultados de las estrategias mencionadas son:

 

·        Pone a las mujeres en manos de los tratantes.

·        Estimula la corrupción y el abuso por parte de los policías de fronteras, funcionarios de inmigración, entre otros.

·        Fortalece el rol y el poder de los intermediarios.

 

7.3.2. Por el contrario se pueden establecer las  estrategias fortalecedoras o de empoderamiento:

 

·        Crear posibilidades de migración legal para todo tipo de trabajo, incluido el trabajo sexual.

·        Simplificar los procedimientos de inmigración y hacerlos más transparentes.

·        Respetar los derechos de los migrantes, haciendo caso omiso de su estatus legal.

·        Reconocer y dar la remuneración justa por el trabajo realizado por las mujeres migrantes.

·        Pactar un estatus de residencia independiente para compañeros (inmigrantes) de inmigrantes nacionales/residentes.

 

Las posibles consecuencias/resultados de las estrategias mencionadas son:

 

·        Amplía las posibilidades de sitios de trabajo para los trabajadores migrantes.

·        Fortalece los derechos de los migrantes.

·        Reduce el poder de los intermediarios, mandos medios y “tratantes”.

 

Por último, existen las estrategias contra la violencia y el abuso, que se basan en el fortalecimiento de los derechos humanos y en particular los derechos de las mujeres y los niños como grupos más vulnerables. Este enfoque es esgrimido principalmente por las ONG’s, junto con un llamado para que existan códigos criminales más claros y un cumplimiento más estricto y no discriminatorio de las leyes existentes, en combinación con el suministro de apoyo práctico en lo social, lo médico y lo legal.

 

Encontramos las estrategias basadas en los derechos para hacer frente a la trata de personas. Estas se pueden clasificar en tres categorías:

 

1. Prevención de la trata

2. Represión y persecución de los tratantes; y

3. Protección a los Derechos Humanos de las personas objeto de la trata.

 

La prevención se realiza por medio de la promulgación de las leyes, políticas y prácticas que se hagan cumplir y que mejoren la condición de las personas y los faculten para ejercer todos sus Derechos Humanos.

 

En el corto y mediano plazo, una estrategia de prevención debe incluir:

 

·        La capacitación en Derechos Humanos para toda la población.

·        La intercesión para el desarrollo de oportunidades económicas, incluso las oportunidades de migración legal para trabajar.

·        La eliminación de la discriminación de las mujeres en todos los ámbitos, particularmente en el mercado laboral.

·        La reforma a las políticas y leyes restrictivas de inmigración y la creación de canales legales de migración laboral para las mujeres.

A este enfoque se le ha denominado de reivindicación y defensa de los Derechos Humanos y las estrategias desarrolladas son de empoderamiento las cuales buscan:

 

·        Auto-representación de las víctimas.

·        Prioridad de los Derechos Humanos.

·        Co-responsabilidad de los gobiernos.

·        Utilización de la definición de la trata de personas.

·        Penalización contra la trata.

·        No-discriminación & Revictimación.

·        Diferencias entre niñ@ y adult@s.

·        Combatir las causas de raíz.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

 

1. Cabe destacar la labor que ha realizado Colombia, en cuanto a la prevención y la represión de la trata de personas, la colaboración que ha tenido por parte de otras naciones, tales como: España, Japón, Holanda. Resultado de esta cooperación entre autoridades de Colombia y Japón, culminó con el rescate de más de 400 mujeres Colombianas en situación de explotación sexual en Japón, sanción del líder de la operación en Japón y sus colaboradores deportados a Colombia.

 

2. Lamentablemente, hay una ausencia de cooperación entre personal de la policía y migración, y las investigaciones que se han adelantado en contra de los delincuentes, raras veces terminan en condenas; se puede decir que, Colombia es un país en donde reina la impunidad.

 

3. Son muy pocos los países que se han preocupado por combatir este flagelo, y aun más, hay naciones en donde ni siquiera conocen de la existencia de la trata de personas, y tienden a confundirla con el tráfico ilícito de migrantes. Otros países que han reconocido el delito, poseen leyes inadecuadas, que en poco ayudan a la prevención y represión del delito.

 

4. Integrar los derechos humanos en las actividades contra la Trata significa reconocer la responsabilidad de los gobiernos de proteger y promover los derechos de todas las personas que se hayan bajo su jurisdicción.  Esa responsabilidad se traduce en la obligación legal de los gobiernos de trabajar para eliminar la Trata y otras formas afines de explotación.

 

5. El tema de la Trata de Personas colombianas es poco conocido, el impacto que genera en determinadas regiones del país, su incidencia sobre la población más vulnerable, y las implicaciones sociales y culturales que está generando, refuerza la idea de fortalecer políticas de prevención que involucren al Estado, la sociedad y los medios de comunicación.

 

6. Las víctimas de la trata de personas que regresan al país de origen, ya sea voluntariamente o como consecuencia de un procedimiento de expulsión, tienen que enfrentarse a multitud de problemas.  La falta de apoyo adecuado y de oportunidades a su regreso implica un riesgo añadido de que se repita el abuso o la explotación, incluyendo la posibilidad de volver a ser tratada.  Por lo tanto, la prestación de servicios adecuados para su reintegración es esencial para acabar con el círculo vicioso de la Trata de Personas.  Es necesario que el estado colombiano incluya información, capacitación y entrenamiento a funcionarios del sistema judicial, diplomático y policial sobre los Derechos Humanos de las mujeres, la protección de la víctima, métodos de reclutamiento, aspectos jurídicos, legislación internacional, entre otros; así estarán capacitados para brindar una ayuda adecuada a la víctima y luchar eficazmente contra la Trata de Personas.

 

7. Las medidas para combatir la trata de personas deberán siempre dirigirse contra los criminales y no contra aquellas personas que han sido víctimas de tales prácticas.  En demasiadas ocasiones se juzga a la víctima en lugar de al criminal, minando así la confianza de la víctima en la posibilidad de que el sistema legal haga justicia.  Por esto, son necesarias medidas que apoyen a las víctimas y les presten asistencia para que informen a las autoridades y actúen como testigos, medidas que garanticen un tratamiento justo por parte del sistema penal, así como la seguridad e integridad de las víctimas de la Trata de Personas.

 

8. Es necesario organizar talleres de información dirigidos a potenciales víctimas, mujeres jóvenes, escuelas, universidades, asociaciones de barrios, sindicatos, grupos de mujeres, grupos étnicos, grupos religiosos y el público en general.  Es importante incluir información jurídica sobre las leyes de migración, sobre los métodos utilizados por los tratantes para reclutar mujeres.  Suministrar la mayor cantidad posible de información a quienes vayan a salir del país por primera vez, para que su decisión de emigrar sea consciente, reduciendo así los riesgos para que las mujeres caigan en manos de los tratantes.  Además, es importante incluir información sobre organizaciones de apoyo en el exterior donde las mujeres puedan recibir ayuda.  La información debe estar basada en datos suministrados por mujeres víctimas de este delito, en lo posible se debería utilizar directamente la experiencia de ellas, involucrándolas en las campañas como educadoras para advertir con su experiencia a otras mujeres; elaborar material informativo que recoja sus historias, para que sus testimonios puedan mostrar los efectos de la trata de personas, e ilustrar sus vivencias como mujeres migrantes en otros países y culturas.

 

9. El trabajo informativo de la Trata de Personas debe estar dirigido a formar multiplicadores, tanto del movimiento popular, las escuelas y colegios como de entidades gubernamentales.  Se deben organizar cursos de capacitación para maestros de primaria y secundaria, líderes del movimiento de mujeres, adolescentes, entre otros, y desarrollar un trabajo conjunto entre instituciones, fundaciones, ONG´s y los multiplicadores para difundir la mayor cantidad de información posible en el territorio colombiano.

 

10. Se hace necesario desarrollar talleres de sensibilización, de información y educación dirigidos a los periodistas, medios de comunicación, tanto a nivel nacional como local, con el objetivo de analizar el papel que aquellos pueden jugar en la problemática de la trata de personas.  Procurar que los diferentes medios de comunicación emitan constantemente información objetiva, seria y veraz sobre la trata de personas, de esta manera se puede llegar a un grupo más amplio de la población, igualmente acceder a medios de comunicación alternativos como el Internet para la divulgación de información.

 

11. La trata de personas es un delito transnacional, por lo tanto Colombia debe implementar mecanismos jurídicos que faciliten llevar y traer denuncias, traslado de pruebas y personas que son requeridas por otro país.  Por otra parte, el estado colombiano debe estar en contacto con las ONG’s que trabajan la problemática de Trata de Personas y, en especial, con aquellas que manejan casos de mujeres y/o menores colombianos, igualmente, el estado debe velar por los intereses de los colombianos que se encuentran en el exterior, y particularmente de las mujeres víctimas de trata, facilitando todos los mecanismos necesarios, para que su repatriación esté dentro del marco de los Derechos Humanos y la dignidad de la persona.

12. Es indispensable que el estado colombiano ratifique los instrumentos internacionales relacionados con el tema, tales como: El Convenio de las Naciones Unidas de 1.949 para la Represión de la Trata de Personas y de la Prostitución Ajena; los relacionados con la proscripción de la esclavitud, entre otros.  Que se realicen jornadas de análisis y difusión de los instrumentos normativos, tanto nacionales como internacionales a fin de generalizar su conocimiento y aplicabilidad, así como para identificar los vacíos y presentar las propuestas adecuadas.

 

13. El tratamiento del problema no debe ser únicamente a nivel represivo, sino que deben adoptarse medidas que tiendan a contrarrestar o desestimular las causas que faciliten la Trata de Personas, tales como las condiciones socio económicas. Son necesarias también normas para la atención a la víctima en materia de salud física y psicológica, además de posibilidades de capacitación que le permitan ejercer otras actividades.

 

14. Las medidas no deben ser solamente a nivel de disposiciones legales, sino de dinámicas de seguimiento sobre la efectividad de las normas que permitan revisarlas y mejorarlas.

 

15. Por ultimo, consideramos que una forma de prevenir eficazmente la Trata de Personas es ofrecer garantías económicas a la población más vulnerable.  Invertir en capacitación y formación de la población activa laboralmente para que puedan competir en el mercado de trabajo.  Por otra parte es importante crear posibilidades de empleo estable para las víctimas de la Trata de Personas tanto a nivel interno como a las que regresan del exterior.  El estado colombiano debe proporcionar subsidios para que las mujeres puedan cubrir sus necesidades básicas durante el proceso jurídico y hasta que consigan ubicarse en un puesto de trabajo.  Para poder acceder al mercado laboral, las mujeres pueden ser capacitadas a través de cursos de formación laboral.


 

GLOSARIO

 

COBRADORES: están encargados de cobrar cada día la cuota establecida por la “Manilla”, y si no es cancelada maltratan a las jóvenes con brutales palizas.

 

CONTACTOS EN COLOMBIA: se encargan de las amenazas y presiones a las familias de las jóvenes cuando estas se escapan de la red de trata de personas sin cancelar la deuda impuesta por sus empleadores o “Manillas”.

 

CONTRATISTAS: quienes les informan los detalles del viaje, les proporcionan los documentos falsos y el pasaje aéreo.

 

ENCOMENDEROS: durante la colonización española en América, el que por concesión de autoridad competente tenía indios encomendados.

 

EXPLOTACIÓN SEXUAL: es la participación por parte de una persona en prostitución, servidumbre sexual o en la producción de material pornográfico como resultado de haber sido sometida mediante engaño, coerción, abducción, fuerza, abuso de autoridad, endeudamiento o fraude. Aun en ausencia de cualquiera de estos factores, en los casos que la persona participara en prostitución, servidumbre sexual, o en la producción de material pornográfico, sea menor de edad se considerará que ha existido explotación sexual.

 

INSTITUCIONALIZAR: transformar algo en institucional.  Hacer que algo adquiera carácter de institución.

 

LEGITIMAR: justificar la verdad de una cosa o la calidad de una persona  o cosa conforme a las leyes.  Habilitar a una persona para un oficio o empleo.

 

MANILLA: son los tratantes, tienen en su negocio intermediarios colombianos y japoneses principalmente que participan en el proceso.

 

MIGRACIÓN: es el desplazamiento de una persona de un país a otro.  Puede ser el resultado de medios legales o ilegales y puede ser tanto voluntaria como forzada.

 

PERSONA TRAFICADA: aquella persona que es reclutada, transportada, comprada, vendida, transferida, recibida o alojada, tal como se describe en la Trata de Personas, incluyendo a menores, hayan estos últimos consentido o no.

 

PORNOGRAFÍA INFANTIL: es cualquier representación de un menor participando en actividades sexuales explicitas reales o simuladas o cualquier representación de las partes sexuales de un menor con fines primordialmente sexuales.

 

PREVENIR: preparar, aparejar y disponer con anticipación las cosas necesarias para un fin.

 

PROMOVER: iniciar o adelantar una cosa, procurando su logro. 

PROSTÍBULO: casa de prostitución.

 

PROSTITUCIÓN: comercio sexual con ánimo de lucro.  Acción y efecto de prostituir o prostituirse.

 

PROXENETISMO: favorecer y procurar relaciones sexuales ilícitas.

 

RECLUTADORES: son los que contactan las personas en Colombia, las entrevistan y les informan de los trabajos.

 

RECLUTAMIENTO: en la definición de la trata de personas, este procedimiento  se menciona como aquel que se realiza por medio de violencia o amenaza de violencia, abuso de autoridad o posición dominante, cautiverio por deuda, engaño u otras formas de coacción.

 

REPATRIAR: hacer que una persona que está en país extranjero vuelva a su país de origen.

 

REPRIMIR: contener, refrenar, templar o moderar.

 

SANCIONAR: dar fuerza de ley a una disposición.  Aprobar cualquier acto, uso o costumbre.

 

SOMETIMIENTO POR DEUDA: la condición resultante de una prenda o promesa por parte de un deudor por concepto de sus servicios personales o de aquellos de una bajo su control, como seguridad por una deuda, si el valor de dichos servicios, calculados razonablemente, no se aplica a la liquidación de la deuda, o si la duración o naturaleza de los servicios no están respectivamente definidas o limitadas.

 

TRANSNACIONAL: por fuera de las fronteras nacionales.

 

TRANSPORTISTAS: esperan a las personas en los aeropuertos, les retienen los documentos y el pasaje aéreo inmediatamente ingresan al lugar de destino.  Luego las trasladan al lugar de trabajo.

 

TRATA : tráfico y comercio de mujeres para especular con ellas en lugares y con fines de prostitución.

 

TRATANTE: persona o entidad, que tenga la intención de cometer, sea cómplice, o consienta cualquiera de los actos descritos en la Trata de Personas.

 

VÍCTIMA: persona que se expone a un grave riesgo en obsequio de otra.  Persona que padece daño por culpa ajena o por causa fortuita.

 

VIGILANTES: las cuidan en caso de intento de fuga, las golpean, amenazan y maltratan.

 

VULNERADO: persona a quien se le transgrede, quebranta o violan sus derechos.

 

 

 


 

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A N E X O S

 

 

 

 



[1] FISCALIA GENERAL DE LA NACION. Informe Trata de Personas, Bogota, 2002, Pág. 9.

[2] Nota: locución latina que significa modo de hacer o de obrar, y que a veces sirve para revelar la intención de la gente. En criminalística se emplea muchas veces para identificar a los delincuentes profesionales por la manera peculiar que tienen de realizar los delitos. (Osorio, Manuel. Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales. Buenos Aires. Argentina. Pág 469.).

MODUS OPERANDI. El Enganche. Los delincuentes han ideado diferentes formas de atraer la atención de las mujeres jóvenes desempleadas o con ambiciones de mejorar su salario ; para este fin se apoyan en avisos clasificados en periódicos de mayor circulación regional, ofreciendo empleos en Europa o países orientales como empleadas domesticas, camareras o ayudantes en cruceros, vendedoras de almacenes, modelos, meseras en restaurantes, etc., con buena remuneración laboral y pago en moneda extranjera (yenes, dólares, liras, florines, etc.).

[3] PÉREZ, Gabriel. Trata de Personas, En: Periódico El Tiempo, Abril de 2003, Bogotá, Pág. 3a.

[4] ASOCIACIÓN DE AYUDA A LOS MIGRANTES LATINOAMERICANOS. Documento, Bogotá, 2002. Pág. 8.

[5] FUNDACIÓN ESPERANZA. Proyecto de Investigación y Asistencia para mujeres Colombianas que llegan Deportadas al Aeropuerto Internacional El Dorado de Bogotá, Bogotá, 2002, Págs varias.

[6] Nota: creada en el Tratado de Roma del 17 de Julio de 1.998, y entró en vigencia el 05 de Junio de 2.002.

[7] ONU, N.Y, 2001.

[8] CÓDIGO PENAL COLOMBIANO. Articulo 125, Bogotá, 2003, Pág. 145.

[9] FEDESARROLLO. Informe, Bogotá, 1997. Págs varias.

[10] DANE. Estadísticas de Empleo, Bogotá. 2000, Págs varias.

[11] Ibíd.

[12] CUT. Informe de Desempleo, Bogotá, 2002, Pág. 5.

[13] DANE. Op. Cit, Págs varias.

[14] DOCUMENTO INTERNACIONAL SOBRE ESCLAVITUD Y TRATA DE PERSONAS. E.U, 2000, Pag. 34.

[15] Ibid, pag. 40.

[16] Ibid, pag. 41.

[17] POLANÍA MOLINA, Fanny. El Tráfico de Mujeres en Latinoamérica, En: Tráfico de Mujeres en el Contexto Internacional, Memorias Talleres Especializados,  Bogotá, Cali, Medellín, Pereira,  Fundación Esperanza, 1998, Pág. 34.

[18]  Ibid, pag. 40.

[19]  Ibid, pag. 45.

[20] KEMPADOO. Kamala, Prostitución, Marginality and Empowerment, Caribbean, Women in the Sex Trade.  En: Beyond Law,  Bogotá, Colombia,  Vol. 5, Issue # 14 (March 1996), Pág, 70.

[21] Ibid, pag. 71.

[22] ALIANZA GLOBAL CONTRA EL TRAFICO DE MUJERES.  Tráfico de Mujeres para Prostitución. Trabajo Doméstico y Matrimonio, Informe Preliminar, Santo Domingo, República Dominicana: GAATW, 1996, Pag. 8.

[23]  ALTINK, Sietske.  Stolen Lives, Trading Women into Sex and Slavery, Londres, Reino Unido:  Scarlet Press, 1995, Pag. 16.

[24]  ALIANZA GLOBAL CONTRA EL TRAFICO DE MUJERES. Op. Cit, Pag. 8.

[25] Trata: tráfico. La trata de negros esclavos. La trata de blancas: tráfico que consiste en comerciar con mujeres con vistas a la prostitución.

[26] Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de Personas especialmente mujeres y niños que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional. Naciones Unidas, Ginebra, 2001, Pag. 6.

[27] JANSSEN, Marie-Louise.  Estrategias de Reinserción para las Víctimas del Tráfico de Mujeres,  En: Tráfico de Mujeres en el Contexto Internacional: Memorias Talleres Especializados, Bogotá, Colombia: Fundación Esperanza, 1998, Pág. 11.

[28] WIJERS,  Marjan y LAP-CHEW, Lin. Trafficking in Women, Forced Labour and Slavery-like Practices in Marriage, Domestic Labour and Prostitution, Utrecht, Holanda: GAATW/STV, 1997, Pág. 36.

[29] Objetivo Estratégico D3 130 (b) Plataforma por la Acción de Beijing, 1995,  Declara “...la Trata de mujeres y chicas para la prostitución y otras formas de sexo comercializado, matrimonios forzados y trabajo forzado”.

[30]  Nota de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. El Fondo de Naciones Unidas para la Niñez y la Organización Internacional de Migración en los borradores de los protocolos concernientes al contrabando de migrantes y Trata de Personas, 2000, A/AC, 254/27. Ver: http://www.uncjin.org/Documents/Conventions/dcatoc/8session/27e.pdf.

[31] MILLER, Stewart (Jefe y Relator). ‘Informe de la Mesa Redonda sobre el significado de “Trata de Personas”,  Una Perspectiva de Derechos Humanos’, Informante Legal de Derechos de la Mujer, 20.1: 11, Universida Rutgers, 1998, Pag. 37.

[32] PROTOCOLO CONTRA LA TRATA DE PERSONAS. E.U, 2000, Págs varias.

[33] FUNDACIÓN ESPERANZA. Memorias. Encuentro sobre Tráfico de Personas, 1998.

[34] Relatora Especial sobre Violencia Contra la Mujer.

[35] WIJERS & LAP-CHEW. Trata de Mujeres, Trabajo Forzado y Prácticas Esclavistas en el Matrimonio, El Trabajo Doméstico y la Prostitución, STV, Utrecht, 1997, Pág. 23.

[36] POLANIA MOLINA. Fanny y CLAASSEN. Sandra. Op. Cit, Pag. 33.

[37] INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR MIGRATION. Trafficking in Women to Japan for Sexual Exploitation, a Survey on the case of Filipino Women,  Ginebra, Suiza:  OIM, 1997, Pág. 1.

[38] EL TIEMPO. Lunes 5 de mayo de 2003, Sección Económica, “A.L. no Sale de la Pobreza”.

[39] CENTRO DE NOTICIAS DEL PROTECTION PROJECT. 14 de Mayo de 2003.

[40] POLANIA MOLINA. Fanny y CLAASSEN. Sandra. Op. Cit, Pag. 39.

 

[41] PEARSON. Elaine. Alianza Global Contra la Trata de Mujeres, Manual de Derechos Humanos y Trata de Personas, Bogotá, 2001, Pag. 57.

[42] Ibíd, pág. 58.

[43] PEARSON, Elaine. Alianza Global Contra la Trata de Mujeres, Manual de Derechos Humanos y Trata de Personas, Bogotá, 2001, Pág. 60.

[44] INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR MIGRATION. Trafficking in Women to Japan for Sexual Exploitation, A Survey on the case of Filipino Women, Op. Cit, Pag. 12.

[45] LLADÓ. Patricia y SUÁREZ MEDINA. Dhenya, Op. Cit,  Pag. 4.

[46] PEARSON, Elaine. Alianza Global Contra la Trata de Mujeres, Manual de Derechos Humanos y Trata de Personas, Bogotá, 2001, Pag. 62.

[47] COOMARASWAMY. Radhika.  Informe rendido por la Relatora Especial sobre Violencia  Contra la Mujer, Sus Causas y Consecuencias, Entregado en concordancia con la Resolución de la Comisión de Derechos Humanos, U. N, Doc E/ CN.4/ 1997/ 47, Pág. 45.

[48] Ibid, pág. 47.

[49] El ‘trokosi’ es una práctica cultural en Ghana que a su vez es una forma tradicional de esclavitud.  ‘Trokosi’ significa ‘esclava de una deidad’. Una familia se vuelve apta para ofrecer ‘trokosi’ a un sacerdote cuando uno de sus miembros comete un delito o cuando una calamidad golpea a dicha familia, por ejemplo una muerte repentina. La familia entrega una niña o chica virgen (integrante de la familia extendida) a un templo donde la chica es sometida a la voluntad del sacerdote del templo, prestando servicios domésticos y sexuales sin remuneración alguna. Son muchas las muchachas que se convierten en esclavas, de manera que el sacerdote tiene un ‘harem’ de chicas. Frecuentemente se les castiga a latigazos o negándoles el alimento por ofensas como rehusarse al sexo, salir del templo sin permiso, huir o por tardanza en sus ‘deberes’.

[50] WIAFE, P.  “Esclavos de la Tradición”, New Internationalist, Vol. 328, Oct 2000, en 8, Todas las Mujeres Africanas por la Paz, Sudáfrica en conjunto con WILDAF Ghana.

[51] GALLEGO, Leonardo. Modos de operar, Revista Tráfico de Personas en Colombia-Memorias; P. 68: Imprenta Ltda, Bogotá 2000.

[52] Ibid, Pag. 68.

[53] Ibid, Pag. 69.

[54] Tráfico de Personas. Naufragio de Sueños:   Fundación Esperanza, Bogotá, Capítulo I, Pag. 33.

[55] ZAMORA ÁVILA, Martha Lucía.  Revista Tráfico de personas en Colombia,  Memorias;  Pag. 56: La Imprenta Ltda,  Bogotá, 2000.

 

[56] Tráfico de Personas. Naufragio de Sueños:   Fundación Esperanza, Capítulo I, Pag 27,  Bogotá.

 

 

[57] Tráfico de Personas. Naufragio de Sueños:   Fundación Esperanza,  Testimonio, Archivos, Pag. 28.  Bogotá.

 

[58]  Ibid.  Pag . 29.

 

 

[59]  Ibid. Pag. 29.

 

[60] Ibid

[61] Ibíd. Pag. 31.

[62] Caso Real de la DIJIN.  Bogotá, abril de 2000.

[63] PLAZA HERRERA, Carlos Iván.  La Asistencia a connacionales en el exterior, una tarea de todos,  Revista Tráfico de personas en Colombia – Memorias;  pag. 47: La Imprenta Ltda,  Bogotá, 2000.

 

[64] Trafico de personas.  Naufragio de Sueños,  Fundación Esperanza, Capítulo I, Bogotá, 2003, Pag. 36.

[65] Ibid,  Pag. 36.

[66] POLANIA MOLINA, Fanny y CLAASSEN, Sandra. Op. Cit, Pag.67.

 

[67] Ibíd. Pag. 68.

[68] FUNDACIÓN ESPERANZA. Trafico de Personas, Bogotá, 2003, Pág. 37.

[69] Ibid, Pag. 38.

[70] Basado  en discusiones  durante los talleres especializados sobre tráfico de Mujeres en el Contexto Internacional, Fundación ESPERANZA, 1998. 

[71] POLANIA MOLINA, Fanny y CLAASSEN, Sandra. Op. Cit, Pág.72.

[72] Ibid, Pag. 74.

[73] Ibíd, Pág. 75.

[74] KEMPADO, Kamala. Op. Cit. Pag 77.

[75] POLANIA MOLINA, Fanny y CLAASSEN, Sandra. Op. Cit, Pág. 80.

[76] Ibíd, Pág. 82.

 

[77] Ibíd, Pág. 89.

[78] CENTRO DE INFORMACIÓN DE NOTICIAS DE LAS NACIONES UNIDAS. Resumen semanal de noticias (del 24 al 28 de marzo 2003), en: www.un.org/spanish/audiovis/radio/latest.htm.

[79]  Para un análisis de la Ley se puede consultar a Roberta Tatafiore, “Sexo al Trabajo”. Ed. II Saggiatore, Milán, 1994.

[80] CENTRO DE NOTICIAS DEL PROTECTION PROJECT. 14 de Mayo de 2003.

[81] CENTRO DE INFORMACIÓN DE NOTICIAS DE LAS NACIONES UNIDAS. Resumen semanal de noticias (del 24 al 28 de marzo 2003), en: www.un.org/spanish/audiovis/radio/latest.htm

[82] Intervención del Fiscal General de la Nación. Luis Camilo Osorio Isaza, Marzo 20 de 2003, en la instalación del diplomado “El Estado Colombiano frente a la Trata de Personas”.

[83] Organización Internacional para las Migraciones, Esto no es un cuento…es trata de personas, En: www.oim.int.