Cardona López, Claudia EsperanzaCaicedo, Luz DaryCambindo Larrahondo, Elioel2021-11-032021-11-03https://ridum.umanizales.edu.co/handle/20.500.12746/5636En Colombia la Carta Política (CP) de 1991, además de trabajar todo el tema de los derechos humanos en todas sus expresiones, entre ellos el de la educación y el reconocimiento de los derechos de los pueblos minoritarios como los afrocolombianos, para el caso que nos atiende, permitió al apertura, en conjunto con la Ley 115/1994 – Ley General de Educación, una articulación interinstitucional y con organizaciones comunitarias de base para lo que hoy se conoce como Etnoeducación, exactamente, en Catedra de Estudios Afrocolombianos (Decreto 1122/1998), la cual también se sustenta en la Ley 70/1993 o Ley de Comunidades Negras a través del artículo transitorio 55 en la CP. Este articulado base, bajo los principios constitucionales donde se reconoce los conceptos de interculturalidad, pluri-etnicidad, entre otros., otorga una responsabilidad, no solo al estado en términos de capacidad instalada, sino también a estas comunidades a impartir servicios educativos a grupos y comunidades propias y extrañas para que conozcan sobre la lengua, las tradiciones, temas de territorialidad uy autonomía, costumbres, y otros aspectos de la cultura afro. Ene se sentido, también hace un llamado a la instituciones educativas oficiales y no oficiales de integrar esta catedra dentro de su planeación curricular, es decir, en la generalidad del Proyecto Educativo Institucional (PEI).application/pdfspahttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.esEducación desde la diversidadAlteridadInterculturalidadCátedra de Estudios AfrocolombianosSignificados de la alteridad en los docentes Etnoeducadoresinfo:eu-repo/semantics/masterThesisAtribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0info:eu-repo/semantics/openAccess